Resolucion Nº 1.331

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición30 de Junio de 2011

RESOLUCION Nº 1.331

Mendoza, 30 junio de 2011.

Visto el expediente 211-A-10-04913, en el cual se solicita modificar el Organigrama del Área Sanitaria Malargüe, aprobada por Resolución Nº 1257/07 y aprobar el correspondiente Manual de Funciones, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 1257/07, se aprobó el Organigrama Institucional que refleja la estructura organizativa del Área Sanitaria Malargüe.

Que la propuesta de modificación de la estructura definida a través del organigrama ha sido evaluada por una Comisión armada al efecto, cuyo resultado fue favorable, según informe de fs. 227 del expediente de referencia.

Por ello, en razón del pedido formulado y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Legal del Ministerio de Salud,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º

Dejar sin efecto la Resolución Nº 1257/07, mediante la cual se aprobó el Organigrama Institucional del Área Sanitaria Malargüe.

Artículo 2º

Aprobar el organigrama que como representación gráfica de la estructura orgánica funcional del Área Sanitaria Malargüe, como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3º

Establecer que los nuevos cargos y funciones que se están creando por el presente Organigrama en la estructura del Area Sanitaria Malargüe, no generan derecho a pagos retroactivos, teniendo en cuenta que a la fecha de su modificación estos cargos no existían y por lo tanto no se encuentran comprendidos en los alcances de la Ley Nº 7649 - Art. 12.

Artículo 4º

Aprobar y poner en vigencia el Manual da Funciones correspondiente al Organigrama aprobado por el Art. 2º de la presente resolución y que como Anexo II forma parte da la presente resolución.

Artículo 5º

Establecer que las funciones determinadas en el Manual de Funciones aprobado precedentemente son de carácter enunciativas, siendo también de carácter obligatorias todas aquellas contempladas en la legislación vigente aplicables a la función pública.

Artículo 6º

Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.

Juan Carlos Behler

ANEXO II

MANUAL DE FUNCIONES

AREA SANITARIA MALARGÜE

Año 2011

Manual Supervisado por: Coordinador: Dr. José Orlando Barboza y Jefe de Servicios Profesionales- Enfermero Cristóbal Villar

Compaginación, diseño y corrección de manuales: Prof. Adriana Alvarez, encargada de Estadística- Informática.

MANUAL DE FUNCIONES

COORDINACIÓN

Depende Jerárquica

y Funcionalmente de:

Director de Centros de Salud - Ministerio de Salud

de la Provincia

Definición del Trabajo: El Coordinador es el Profesional responsable de realizar las tareas de conducción en la Coordinación, dispuesto por Resolución Ministerial. Jerárquicamente depende de la Dirección de Centros de Salud, dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia.

Funciones: El Coordinador es el responsable de:

Planear: definir las metas, el establecimiento de una estrategia y el desarrollo de una jerarquía de pasos para integrar y coordinar las actividades de las Divisiones y Servicios que componen la Coordinación (Estadística, Personal, Enfermería, Movilidad, Administración, Recursos Propios, Patrimonio e Inventario, Mantenimiento, Farmacia, Agentes Sanitarios, EPAS, ESI)

Organizar: Es responsable del diseño y estructura, incluye la determinación de las tareas que se han de desarrollar, en las distintas Divisiones y Servicios.

Dirigir: básicamente, da órdenes, determina un estilo de conducción.

Coordinar: Es responsable de cohesionar los distintos sectores, para que las tareas se realicen coherentemente.

Controlar: Tarea en la cual el Coordinador se asegura que se está procediendo cómo se debe, esto involucra el desempeño de las tareas y de la organización en general.

Establecer: Disposiciones Internas.

Establecer: relaciones interinstitucionales y trabajo en redes con Instituciones del medio.

Asegurar la continuidad de los programas: de asistencia sanitaria a toda la comunidad.

Trabajar en la implementación de programas: de asistencia al paciente y su familia, abarcando aspectos educativos, preventivos y curativos.

Desarrollar un sistema de información: adecuado sobre la producción de actividades realizadas y las normas institucionales que afecten al Área de Salud.

Desarrollar un plan de acción: que deberá ser seguido a corto, mediano y largo plazo, incluyendo objetivos, estrategias y disposiciones consideradas necesarias para lograr los objetivos establecidos.

Participar en la preparación del presupuesto del Área Sanitaria

Reorganizar y/o remover al personal: en los distintos Servicios y Divisiones. Por necesidades de gestión en los servicios y trabajos especiales.

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MANUAL DE FUNCIONES

JEFE DE SERVICIO

PROFESIONAL

Depende Jerárquica y Funcionalmente de: Coordinador Area Sanitaria Malargüe

Definición del Trabajo: El Servicio Profesional, Dependiente de esta Área de Salud, es el encargado de elaborar las actividades técnico-administrativas y operativas con métodos de trabajo eficientes, dirigidos principalmente a la asistencia del paciente en régimen de atención ambulatorio. Coordina, prevé y organiza el Recurso Humano Profesional y material necesario a fin de proporcionar las tareas necesarias para la prestación de cuidados del paciente, familia y comunidad, tanto en lo Preventivo como en lo Asistencial.

Funciones

• Elaborar las tareas dispuestas por el Coordinador.

• Participar del proceso de Gestión, Administración, Planificación, y Asistencia Sanitaria a toda la población del Departamento de Malargüe, observando principios científicos, tecnológicos y normas vigentes.

• Proponer criterios para la dotación de recursos humanos y materiales, necesarios para la atención de todos los pacientes.

• Colaborar en la implementación de programas de asistencia al paciente y su familia, abarcando aspectos educativos, preventivos y curativos.

• Promover la evaluación periódica del desempeño del personal y de la asistencia prestada a los pacientes.

• Integrar un sistema de información adecuado sobre la producción de actividades realizadas y las normas institucionales que afecten al área de Salud.

• Colaborar en el desempeño de actividades de Programación asistencial, de prevención, protección y de educación para la salud, diagnóstico y recuperación del paciente.

• Elaborar el programa específico del Servicio Profesional, con total acuerdo de la Jefatura de la Coordinación del Área Sanitaria Malargüe.

• Prever la estructura del Servicio Profesional, considerando los planes de crecimiento y desarrollo del Área Sanitaria.

• Formular la política de trabajo que deberá ser observada por el Coordinador, definiendo los límites de acción.

• Participar en el sistema de selección de candidatos para los diferentes Servicios.

• Orientar y colaborar en los programas de educación en servicios para el personal, teniendo en cuenta las necesidades de asistencia prestada, y perfeccionamiento del Área Sanitaria.

• Distribuir al personal en cuanto a su cronograma de trabajo, vacaciones y tareas.

• Evaluar los programas de trabajo y el desempeño del personal de servicio.

• Establecer medios y métodos de comunicación que contribuyan de manera eficiente a la toma de decisiones (reuniones, informes, entrevistas).

• Establecer métodos y técnicas de asistencia a los pacientes ambulatorios o con internación abreviada.

• Prever la compra de equipo y material permanente y de consumo necesarios para la asistencia del paciente.

• Establecer criterios para la evaluación de la asistencia prestada al paciente.

• Representar al Servicio, ante la Jefatura, Administración u otros órganos.

• Cumplir y hacer cumplir las órdenes de trabajo y reglamentos de Área Sanitaria.

• Participar en la preparación del presupuesto del Área Sanitaria.

• Reemplazar al Coordinador de turno cuando el mismo se encuentre realizando viajes de trabajo en la zona rural o fuera del departamento, como también cuando se encuentre gozando de Licencias. El mismo podrá tomar decisiones que ameriten la resolución mediata o inmediata de lo surgido.

• Desempeñar tareas afines.

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MANUAL DE FUNCIONES - DIVISIÓN ADMINISTRACIÓN

Depende Jerárquica y Funcionalmente de: Servicios Profesionales de Area Sanitaria Malargüe

Definición del Trabajo: La Unidad de Contabilidad y Finanzas es el órgano responsable del control del patrimonio físico y financiero del Área Sanitaria Malargüe.

Funciones:

• Administrar el Recurso Financiero, para ser aplicado de manera eficiente en la consecución de un fin tan importante como es la salud. Siempre con la Supervisión del Coordinador.

• Tener una visión global del funcionamiento del Área Sanitaria y de las Áreas que de la Administración dependen (movilidad, mantenimiento, Unidad Contable), a fin de asistir y cubrir en forma permanente las necesidades de todas las dependencias del Area.

• Controlar la gestión administrativa de las finanzas en su totalidad.

• Rendir periódicamente cuentas a Contaduría General de la Provincia y al Honorable Tribunal de Cuentas como órgano fiscalizador.

• Conocer y controlar los recursos distribuidos a los distintos sectores de la Institución.

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MANUAL DE FUNCIONES

SECCION INVENTARIO

Y PATRIMONIO

Depende Jerárquica

y Funcionalmente de:

Administrador Area Sanitaria Malargüe

Definición del Trabajo: Informar e instruir a los responsables de los centros de salud sobre el sistema de inventario permanente, cuidado, conservación, movimiento y gestión del bien de uso.

Funciones:

• Mantener actualizado el Inventario del Activo lnventariable.

• Realizar viajes a todos los Centros de Salud del departamento (urbanos y rurales) para realizar todas las tareas referentes al Inventario.

• Proceder a la marcación e identificación de la nueva alta de los bienes sujetos a inventario una vez registrados en el Sistema Contable.

• Realizar la conciliación anual sin que la misma arroje diferencia.

• De aparecer diferencia deberá labrarse y suscribirse una acta por cuadriplicado.

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