Resolucion N° 1.928
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 9 de Septiembre de 2010 |
RESOLUCION N° 1.928
Mendoza, 9 de setiembre de 2010
Visto el expediente 98-H-10-78291, en el cual se solicita la aprobación del Convenio de Servicios Personales para Prestaciones Indispensables, celebrado entre la Provincia de Mendoza, representada por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Juan Carlos Behler y la Dra. Rosana Beatriz Cerutti, quien se desempeñó en el Hospital Arenas Raffo dependiente del Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que resultó imprescindible contar con recursos humanos idóneos para instrumentar diversos programas y tareas implementadas por el Ministerio de Salud.
Que no revistando en la Jurisdicción personal suficiente para la implementación y funcionamiento de los Programas en marcha, resultó indispensable contratar bajo el sistema de Servicios Personales para Prestaciones Indispensables, a personas para la realización de las tareas que posibiliten alcanzar los objetivos que el Ministerio se ha propuesto como metas para el año 2010.
Por ello, habiéndose diligenciado el pertinente volante de imputación, en razón de lo informado por la Subdirección de Personal, lo dictaminado por Asesoría Letrada, lo aconsejado por la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, en conformidad con lo dispuesto por Leyes Nros. 7557, Arts. 2°, 3°, 4° y 5° Ley de Presupuesto N° 8154 y su Decreto Reglamentario N° 366/10 y demás normativas aplicables.
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Aprobar por las fechas que se detallan, el Convenio de Servicios Personales para Prestaciones Indispensables, celebrado oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Juan Carlos Behler y la profesional que se menciona, quien se desempeñó en la siguiente dependencia del Ministerio de Salud:
Hospital Arenas Raffo
A partir del 01 de junio y hasta el 31 de julio de 2010
Dra. Cerutti, Rosana Beatriz, DNI N° 12.157.050, expediente 98-H-10-78291.
Previo al pago se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 4° de la Ley N° 7557.
Establecer que el gasto que demandó el cumplimiento de la presente resolución, será atendido por la habilitación del Hospital Fernando Arenas Raffo, con cargo a la siguiente partida del Presupuesto año 2010:
Cuenta General...
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