Resolución Nº 1.589/07 de 18 de Octubre de 2007
La Plata, 18 de octubre de 2007.
VISTO el expediente Nº 2914-20126/07, iniciado por la Agremiación Médica Platense, caratulado: "ELEVA PROYECTO DE CONVENIO ENTRE IOMA Y LA AGREMIACION MEDICA PLATENSE (AMP)", y
CONSIDERANDO:
Que el día 29 de mayo de 2007 la Agremiación Médica Platense (AMP) comunicó al IOMA mediante carta documento CD 84147634 3 que en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 24 de mayo de 2007 los afiliados de aquella entidad, presentes, resolvieron denunciar el convenio vigente entre ambas instituciones y solicitar un cien por ciento (100 %) de aumento lineal sobre todos los aranceles, honorarios, y prácticas médicas;
Que a consecuencia de ello desde el IOMA se remitió a la AMP, una propuesta integral por la cual se propiciaba modificar el valor de los aranceles de las consultas y prácticas médicas acorde la capacidad económico financiera del Instituto, aunque no en la proporción solicitada;
Que con fecha 25 de julio de 2007 se notificó a la AMP el rechazo del IOMA a la decisión tomada por aquella entidad de dejar de prestar servicios en el marco del convenio celebrado entre ambas partes a partir del día 29 del mismo mes, además de intimárselo y exhortárselo para que por intermedio de su entidad se continuaran brindando las prestaciones convenidas;
Que el Honorable Directorio del IOMA según consta en Acta Nº 30, encomendó al señor Fiscal de Estado el inicio de las acciones judiciales que resulten pertinentes a fin de evitar la interrupción de los servicios que se prestan a los afiliados de este Instituto por parte de los profesionales médicos agrupados a través de la Agremiación Médica Platense en el marco del convenio que liga a las partes, dictándose consecuentemente la Resolución Nº 762/07;
Que el señor Fiscal de Estado se presentó en sede judicial y solicitó el dictado de una medida cautelar anticipada conforme las instrucciones impartidas por...
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