Resolucion Nº 1.111

EmisorMin. Infraestructura
Fecha de la disposición 4 de Septiembre de 2008

RESOLUCION Nº 1.111

Mendoza, 4 de setiembre de 2008

CONSIDERANDO:

Que según surge del Acta de Apertura de fojas 383/384 de la pieza referenciada anteriormente, se presentaron tres firmas de plaza: “Revin Ingeniería”, “Grupo Cuyo S.A.” y “Compañía Argentina Constructura S.A. (C.A.C.S.A.)”.

Que la Comisión de Estudio de Propuestas, designada por Resolución Nº 08/08 de la DACOP, se expide a través del acta obrante a fojas 391/399 de autos, luego de analizar la documentación de cada empresa en el marco de lo establecido en el Artículo 1-13 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y el Artículo 25 del Decreto-Ley Nº 4416/80 (de Obras Públicas), modificado por la Ley Nº 7038 Provincial.

Que respecto a la firma “Grupo Cuyo S.A.” manifiesta el Cuerpo actuante que ante la falta de presentación de la totalidad de los requisitos exigidos en el pliego licitatorio, que tampoco cumplimentó a los dos días hábiles posteriores al Acto de Apertura, conforme lo solicitado, corresponde desestimar su oferta.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta lo dispuesto por del Decreto-Ley Nº 4416/1980 (de Obras Públicas) y en conformidad con lo dictaminado al respecto por el Consejo de Obras Públicas, Asesoría Letrada de esta jurisdicción y Fiscalía de Estado,

En Ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto-Acuerdo N° 720/98 y Artículo 19º del Decreto N° 1497/02 y ampliatorio

El Ministro de Infraestructura, Vivienda y Transporte

Resuelve:

Artículo 1º

Desestímese, por las razones expuestas en el cuarto considerando de la presente disposición, la oferta presentada por la firma “Grupo Cuyo S.A.” a la Licitación Pública autorizada por Resolución Nº 675-IVT-08, con destino a la contratación de las obras “Remodelación Local para Centro de Control de Tránsito ETOM planta alta ala este Guaymallén Mendoza”. Ello sin pérdida de garantía, conforme lo previsto en el Punto 1-11.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, por no encontrarse la causal contemplada entre los supuestos de la Cláusula 1-14 del referido pliego.

Artículo 3º

Facúltese a la Dirección de Administración de Contratos de Obras Públicas (DACOP) para que realice las gestiones necesarias con destino a la suscripción y aprobación del respectivo contrato de obra pública.

• Presupuesto Obra Básica

• Previsión para Variaciones de Precios

• Gastos Generales de Obra

Total General

Artículo 5º

El gasto autorizado por el artículo...

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