Resolución N° 1 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Febrero de 2023
EmisorSECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y ECNOMÍAS DEL CO-
Fecha de la disposición30 de Enero de 2023
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCVIII - Nº 25
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 3 DE FEBRERO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
Que conforme se desprende de la evaluación de la oferta incorporada, la
efectuada por el proveedor “AGUAS JELSI S.A” CUIT 30-70929020-3, por
un importe total de pesos setecientos treinta y un mil novecientos sesenta
y cuatro ($ 731.964,00), es conveniente y se halla ajustada a los pliegos de
la contratación de que se trata.
Que se encuentra incorporado en autos el documento de contabilidad Nota
de Pedido N° 2022/000030 a efectos de atender la erogación de autos.
Que se ha incorporado orden de compra N° 2022/000207 debidamente
autorizada dando cuenta de la existencia de crédito presupuestario para la
contratación propiciada.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los artículos 6
inciso b), 8 y 11 de la Ley Nº 10.155 y su Decreto Reglamentario N° 305/14,
en concordancia con el artículo 40 de la Ley N° 10.788, y lo dictaminado
por la Subdirección Asuntos Legales de este Ministerio al N° 79/2022;
EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y LEGALES
DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
R E S U E L V E
Artículo 1º ADJUDICAR la Subasta Electrónica Inversa, solicitud de coti-
zación N° 2022/000013, destinada a la contratación del servicio de provi-
sión de agua envasada en 1.920 bidones de 20 litros anuales, a razón de
160 bidones mensuales, en nueve (9) dispensers para agua Fría/Caliente
entregados en comodato, para la sede del Ministerio de Ciencia y Tecnolo-
gía, a favor del proveedor AGUAS JELSI S.A CUIT 30-70929020-3, por un
importe total de pesos setecientos treinta y un mil novecientos sesenta y
cuatro ($ 731.964,00), conforme lo detallado en el “Pliego de Especicacio-
nes Técnicas” el que como Anexo I compuesto de dos (2) fojas útiles, forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de la pre-
sente Resolución por la suma total de pesos setecientos treinta y un mil
novecientos sesenta y cuatro ($ 731.964,00) a Preventivo Futuro año 2023
conforme se indica en la orden de compra N° 2022/000207.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: VASSIA, JUAN MANUEL, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y LE-
GALES MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
ANEXO
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y
ECNOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N° 1
Córdoba 30 de enero de 2023
VISTO: la solicitud de inscripción en el Registro de Beneciarios del Ré-
gimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia
de Córdoba (RECOR), efectuada por la rma “MACENA S.A. (C.U.I.T 30-
68542807-1)”.
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 10.649 y su modicatoria, se creó el “Registro
de Beneciarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conoci-
miento de la Provincia de Córdoba (RECOR)”, en el que deben inscribirse
quienes, cumpliendo los requisitos, estén inscriptos previamente en el Re-
gistro Nacional y se encuentren gozando de los benecios estipulados en
la Ley Nacional Nº 27.506 y deseen acceder a los benecios creados por
la precitada Ley.
Que por medio del Decreto Nº 193/2021, se aprobó la Reglamentación
de la Ley Nº 10.649 y su modicatoria, y se dispuso que el Ministerio de
Ciencia y Tecnología, a través de esta Secretaría de Nuevas Tecnologías y
Economía del Conocimiento, o el organismo que en el futuro lo sustituya en
sus competencias, fuera la Autoridad de Aplicación del precitado régimen
de promoción.
Que, con fecha 10/01/2023, la rma “MACENA S.A. (C.U.I.T 30-68542807-
1)” presentó la solicitud de inscripción en el RECOR, mediante la presen-
tación del formulario y la documentación respaldatoria (N° de Expediente
0279-012703/2023) de conformidad a lo dispuesto en el Anexo I de la Re-
solución N°02/2021 de esta Secretaría;
Que la rma “MACENA S.A. (C.U.I.T 30-68542807-1)” está inscripta ante
la Dirección General de Rentas en el impuesto sobre los Ingresos Brutos,
según informa la Constancia de Convenio Multilateral que se adjunta al
expediente.
Que la empresa desarrolla la actividad promovida “Software y servicios
informáticos y digitales”, con el Código NAES N° 620101, denominado: “De-
sarrollo y puesta a punto de productos de software.
Que la rma se encuentra en situación regular ante el organismo recau-
dador provincial, habiéndose vericado en el día de la fecha, conforme los
ordenado en el artículo 6° de la Resolución Nº 126/16, del Ministerio de
Finanzas.
Que la Dirección de Jurisdicción Economías del Conocimiento, dependien-
te de esta Secretaría, en mérito a lo normado en el Anexo I de la Resolu-
ción N° 02/2021 de esta Secretaría, examinó el cumplimiento de los requi-
sitos y demás formalidades establecidas en la normativa vigente, conforme
surge del Informe de admisibilidad y procedencia.
Que, en consecuencia, habiendo cumplimentado los requisitos exigidos
por la normativa aplicable al Régimen, corresponde inscribir a la rma
“MACENA S.A. (C.U.I.T 30-68542807-1)” en el RECOR creado por Ley Nº
10.649 y su modicatoria N° 10.722.
Que, en virtud de tal inscripción, la empresa accederá a los benecios
promocionales contemplados en el Artículo 3 de la Ley N° 10.649 y su
modicatoria 10.722, Reglamentada por Decreto N° 193/2021.
Que la rma desarrolla las actividades promovidas en la totalidad del in-
mueble empadronado ante la D.G.R. con la Cuenta N° 110102460316, lo
que detenta a través de Escritura Pública de dominio. El benecio otorgado
en el presente inciso entrará en vigencia a partir del 1° de enero del año
siguiente a esta resolución.
Que a los nes de la exención del impuesto a los Sellos la rma benecia-
ria deberá acreditar que los contratos y/o instrumentos que se celebren,
sean con motivo de la ejecución, explotación y/o desarrollo de las activida-
des promovidas desde la fecha de la inscripción en el RECOR.
Que los benecios que por este instrumento se otorgan entrarán en vigen-
cia de conformidad y con las limitaciones establecidas en los artículos 1 a
6 del Decreto N° 193/2021.
Que a los nes de acceder al “Programa de Promoción de Empleo a la
Economía del Conocimiento” creado por artículo 4 de la ley 10.649 y su
modicatoria, la rma “MACENA S.A. (C.U.I.T 30-68542807-1)” deberá,
oportunamente, dar cumplimiento a las Bases y Condiciones aprobadas

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