RESOLUCION Nº 0940

EmisorDIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
Fecha19 Marzo 2019
Número de registro28000

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

11 MAR 2019

VISTO:

El Expte. Nº 15201-0140065-5 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que han sido detectadas situaciones de irregularidad respecto de la Unidad Habitacional identificada como: MB. 15 - DPTO. 241 - (2D) - Nº DE CUENTA 0218-0241-2 - PLAN Nº 0218 - 372 VIVIENDAS - BARRIO ACERÍA - SANTA FE - DPTO. LA CAPITAL, cuya titular es la señora ASINARI, AMALIA HERMENEGILDA según Boleto de Compra-Venta de fs. 03, consistentes en falta de pago y ocupación del bien;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 97564 (fs. 13) manifiesta que el expediente había sido iniciado por la nombrada en el año 2009 solicitando una reubicación por razones de seguridad (fs. 01 y 02);

Que ahora se agrega a fs. 8 la planilla con las resultas del relevamiento general que se llevara a cabo en el Expediente 15201-0175007-7, surgiendo de la misma que el inmueble está habitado por la señora Lugo, Isabel Guadalupe, sus cuatros hijos y una nieta, por haberla comprado al ocupante anterior y percibiendo un ingreso demostrable;

Que a fs. 09/12 se agrega el estado de la cuenta del que surge una alta mora;

Que así las cosas, se considera que se ha configurado el abandono, por lo que aconseja el dictado de una resolución que desadjudique el inmueble y rescinda el boleto por aplicación de los Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, disponiendo el lanzamiento por el procedimiento del Artículo 27 de la Ley N° 21.581 a la que adhiere la Provincia por Ley N° 11.102. Se notificará al domicilio contractual y por edictos;

Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.

de la Ley 6690;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

VIVIENDA Y URBANISMO

R e s u e l v e :

ARTICULO 1º: Desadjudicar la Unidad Habitacional identificada como: MB. 15 - DPTO. 241 - (2D) - Nº DE CUENTA 0218-0241-2 - PLAN Nº 0218 - 372 VIVIENDAS - BARRIO ACERÍA – SANTA FE - DPTO. LA CAPITAL a la señora ASINARI, AMALIA HERMENEGILDA (D.N.I. N° 1.712.932), por aplicación de los Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, dándose por

rescindido el Boleto de Compra-Venta oportunamente suscripto y por modificada en tal sentido la Resolución N° 0983/99.-

ARTICULO 2º: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21.581 homologada por Ley Provincial Nº 11.102 que expresa:

Quedan facultados los Organismos por medio de los que se hubieran ejecutado o ejecuten programas habitacionales financiados con recursos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, para requerir y obtener el auxilio de la fuerza, pública, y éstas obligadas a prestarlo, con el objeto de posibilitar la ejecución inmediata de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR