Resolucion Nº 038/17 Gral

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Enero de 2018
EmisorAdministración Provincial de Impuestos
Fecha de la disposición 4 de Enero de 2018

RESOLUCION Nº 038/17 GRAL

SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional

29/12/2017

VISTO:

El expediente Nº 13301-0282607-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes por el cual se propicia la modificación de la Resolución General Nº 23/2013 API, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada resolución se incorporaron al Código Único de Actividades, aprobado por la Resolución General Nº 02/2000 –API-, las actividades de diseño, desarrollo y elaboración del software contenidas en el Anexo Único del Decreto 2469/2013;

Que la Resolución General Nº 02/2000 –API- aprobó el Código Único de Actividades del Convenio Multilateral (CUACM) para la totalidad de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Santa Fe, ya sean locales como de convenio multilateral;

Que la mencionada resolución quedará sin efecto a partir del 01 de Enero de 2018, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° de la Resolución General Nº 28/2017 –API-,

Que mediante la resolución mencionada se adoptó para la totalidad de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Santa Fe el “Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación – NAES-” aprobado por la Resolución General Nº 07/2017 y modificatoria Nº 12/2017 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral;

Que el nuevo nomenclador contempla las actividades aprobadas por el Anexo Único del Decreto 2469/2013 de la Provincia y por tal motivo con el objeto de mantener criterios únicos respecto a la identificación de las actividades, resulta aconsejable reemplazar el Anexo I de la Resolución General Nº 23/2013 –API- por un nuevo anexo que determine las equivalencias entre los dos nomencladores de actividades;

Que en tal sentido, y como consecuencia de la puesta en producción de la aplicación informática denominada “Padrón Web Contribuyentes Locales” corresponde redefinir el artículo 4º de la resolución que nos ocupa en relación a la tramitación de la inscripción y/o modificación en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos;

Que corresponde asimismo, en ese sentido, adecuar lo dispuesto en el Artículo 5º de la Resolución General Nº 23/2013 –API-;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas los artículos 19, 21 y c.c. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que la Dirección General Técnica y Jurídica de esta Administración Provincial de Impuestos ha emitido Dictamen Nº...

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