RESOLUCION Nº 0221

Fecha de publicación13 Febrero 2019
Fecha15 Febrero 2019
Número de registro27719
EmisorMINISTERIO DE SALUD

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

31 ENE 2019

VISTO:

El expediente N° 00501-0149494-9 deI S.I.E., relacionado con el concurso interno interjurisdiccional destinado a la cobertura del cargo de Supervisor de Enfermería (Categoría 7) en la Región de Salud Nodo Rosario, cuyo llamado fuera dispuesto por Resolución N° 2794 de fecha 26/11/18; y

CONSIDERANDO:

Que en ocasión de la realización de la Etapa 1 - Evaluación de Antecedentes prevista por dicho acto administrativo, el Jurado Evaluador acordó la adecuación del perfil para el concurso de marras, ante el planteo efectuado por las entidades sindicales, quienes solicitaron incorporar como requisito excluyente el título de Enfermería Profesional, y como preferente el de Licenciatura en Enfermería;

Que ante esta situación, se requirió además la apertura de un nuevo período de inscripción para posibles postulantes, solicitándose la reserva de los sobres de aquellos aspirantes que se hayan inscripto en la convocatoria inicial;

Que las medidas propiciadas se estiman convenientes a los fines de evitar posibles impugnaciones que pudieran alterar el normal desenvolvimiento del procedimiento de concurso;

Que de acuerdo con lo informado en autos por la Dirección General de Personal, deberá actualizarse la composición del jurado interviniente, incorporándose formalmente a los miembros propuestos por U.P.C.N., quienes integrarán el Comité Evaluador en representación de dicha entidad sindical;

Que corresponde modificar -en lo pertinente- la mencionada Resolución N° 2794/18, conforme a lo previsto en los artículos 90º y concordantes del Decreto-Acuerdo N° 2695/83 y modificatorios;

POR ELLO

LA MINISTRA DE SALUD

Resuelve:

ARTICULO 1°.- Modificase la Resolución N° 2794 de fecha 26/11/18, en lo que respecta a su artículo 3º , Anexo "A", apartado "Requisitos", dejándose establecido que se solicita como excluyente el título de Enfermería Profesional, y como preferente el de Licenciatura en Enfermería (no excluyente).

Asimismo, se requerirá Matrícula Profesional y Constancia de no haber recibido sanciones de ética profesional, ambas expedidas por el respectivo Colegio de Profesionales (excluyente).-

ARTICULO 2º .-Modifícase la Resolución N° 2794/18, sustituyéndose el Anexo "B" que forma parte de su artículo 3º , por el que se adjunta y forma parte de la presente, quedando actualizada la Composición del Jurado y los períodos de Difusión e Inscripción previstos para el concurso convocado por dicho acto...

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