Resolucion Nº 022/18 Gral
Fecha de Entrada en Vigor | 9 de Junio de 2018 |
Emisor | Administración Provincial de Impuestos |
Fecha de la disposición | 8 de Enero de 2018 |
ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCION Nº 022/18 GRAL
SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”,
01/06/2018
VISTO:
El Expediente Nº 13301-0287341-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes y las disposiciones referidas al Régimen de Retenciones y Percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Resolución General Nº 15/97 (t.o. s/RG 18/2014 y sus modificatorias)) y al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) (Resolución General Nº 07/2008 y modificatorias), y;
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de la aplicación de las mencionadas resoluciones generales, en algunas situaciones, los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, pueden haber sido objeto de retenciones y/o percepciones y/o recaudaciones que les generaron un exceso en el cumplimiento de la obligación fiscal;
Que, cuando se genera la situación antes planteada, el Artículo 26 de la Resolución General Nº 15/97 (t.o. s/RG 18/2014 y sus modificatorias) posibilita que los sujetos retenidos y/o percibidos puedan solicitar una constancia de exclusión;
Que, a los fines de evitar la acumulación indefinida de saldos a favor, esta Administración Provincial de Impuestos ha considerado conveniente establecer un procedimiento alternativo para aquellos contribuyentes en esa condición, en la medida que califiquen sin riesgo fiscal (conforme a lo estipulado en la Resolución General Nº 11/2012 –API- y modificatorias) y se ajusten a los parámetros que la Administración Provincial determine;
Que para concretar el objetivo propuesto se ha dispuesto incorporar una herramienta informática web, ágil y sencilla, a través de la cual puedan gestionar la Constancia de Exclusión de retenciones, percepciones o recaudaciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;
Que, en tal sentido, la Administración Provincial de Impuestos determinará los parámetros, a partir de los cuales los contribuyentes podrán gestionar dicha constancia. Los parámetros aludidos serán analizados por este Organismo con el objeto de incorporar gradualmente a los contribuyentes alcanzados;
Que dichos parámetros serán informados en la aplicación informática que se pondrá a disposición de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;
Que la aludida aplicación informática, disponible en el sitio www.santafe.gov.ar/tramites , permitirá a los contribuyentes consultar si se encuentran incluidos en el padrón habilitado para obtener la pertinente Constancia de Exclusión;
Que, a tales efectos, los contribuyentes deberán acceder con su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y Clave Fiscal otorgadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), previa habilitación del servicio en el sitio del organismo tributario nacional;
Que asimismo la precitada aplicación tendrá incorporado un servicio que permitirá a los Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos consultar la vigencia de las constancias de exclusión de los contribuyentes;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y c.c. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);
Que la Dirección General Técnica y Jurídica ha emitido el Dictamen Nº 195/2018 de fs. 11, no encontrando observaciones de orden técnico legal que formular;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR
PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESUELVE:
Apruébese la aplicación informática denominada “Constancia de Exclusión de Retenciones y/o Percepciones de Ingresos Brutos” mediante la cual, los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos locales, comprendidos en el Régimen General –Capítulo I a VI del Título Segundo de la Parte Especial del Libro Segundo del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias) o en el Convenio Multilateral, que acumulen saldos favorables como consecuencia de haber sufrido retenciones y/o percepciones y/o recaudaciones, en el marco de los respectivos regímenes vigentes, podrán gestionar la “Constancia de...
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