Resolución N° 0199

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Septiembre de 2018
EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición31 de Enero de 2018

MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS

RESOLUCIÓN N° 0199

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,

28 AGO 2018

VISTO:

El expediente N° 02001-0038880-0 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- mediante el cual se promueve la realización de un concurso abierto para cubrir un cargo de Jefe de Asociaciones Civiles y Fundaciones en la ciudad de Santa Fe -categoría B04 - Jefatura- de la Inspección General de Personas Jurídicas y un cargo de Jefe de Asociaciones Civiles y Fundaciones y Sociedades por Acciones, en la ciudad de Rosario -categoría B04 - Jefatura- de la Inspección General de Personas Jurídicas y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del dictado del Decreto N° 456 del 12 de marzo de 2018 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe, se modificó la Estructura Orgánico Funcional de la Jurisdicción 21 - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobada por Decretos Nros. 0060/07, 0908/08, 0111/11, 0355/15, 2429/16, 5636/16, 0331/17, 0636/17, 1621/17, 1932/17, 2240/17, 3648/2017, sus modificatorios y complementarios, incorporándose la Inspección General de Personas Jurídicas, bajo la órbita de la Secretaría de Gestión Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con los organigramas, misiones y funciones aprobados por Decreto N° 1406/1993 con las modificaciones dispuestas por el Decreto N° 2057/2015 (art. 1°; Dec. 456/2018);

Que, asimismo, se procedió a redesignar, a partir del 01 de marzo de 2018, en la Jurisdicción 21 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS -Programa 32 - Actividad 01 -a los agentes especificados en uno de los anexos del Decreto de precitado, los que mantienen la denominación de sus cargos y categorías presupuestarias que les corresponden en los términos de los Decretos 1406/93, 3051/90 y modificatorias, y el régimen estatutario, presupuestario y remuneratorio vigentes al momento del dictado del aludido Decreto N° 456/2018 (art. 4º, Dec. 456/2018);

Que en el marco de las disposiciones del Decreto referido, se puso en marcha oportunamente el proceso de transferencia de la Inspección General de Personas Jurídicas desde Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Fe a éste Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ámbito en el cual se proyectaron e implementaron las acciones tendentes a optimizar el desarrollo del proceso mencionado;

Que, sin perjuicio de todas las medidas y acciones de carácter financiero, presupuestario y administrativo en el marco de las normas señaladas en orden a efectivizar el proceso reseñado, el Poder Ejecutivo, por medio de Decreto N° 538 del 21 de marzo de 2018, procedió -ante la necesidad de cubrir el cargo de Inspector General de Justicia- a designar al titular del organismo mentado;

Que, en tal contexto, el Sr. Inspector General de Personas Jurídicas manifestó la necesidad de iniciar las gestiones necesarias a efectos de cubrir una serie de cargos en el ámbito del organismo a su cargo, para lo cual es necesario -en forma paulatina y progresiva- comenzar a llevar a adelante los concursos pertinentes con el objetivo de disponer aquellas acciones que coadyuven a un mejor desenvolvimiento de la Inspección;

Que en tal sentido, por medio del presente se promueve la realización de un concurso abierto para cubrir un cargo de Jefe de Asociaciones Civiles y Fundaciones en la ciudad de Santa Fe -categoría B04 - Jefatura- de la Inspección General de Personas Jurídicas y un cargo de Jefe de Asociaciones Civiles y Fundaciones y Sociedades por Acciones, en la

ciudad de Rosario -categoría B04 - Jefatura- de la Inspección General de Personas Jurídicas;

Que, teniendo en cuenta que la propuesta de desarrollo del concurso que motiva el dictado del presente sería de carácter abierto y lo establecido por el artículo 4º del

Decreto del Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe N° 456/2018 ut supra citado -en cuanto establece, según ya fuera expresado, que los agentes incluidos en su ámbito de aplicación mantienen la denominación de sus cargos y categorías presupuestarias que les corresponden en los términos de los Decretos 1406/93, 3051/90 y modificatorias, y el régimen estatutario, presupuestario y remuneratorio vigentes al momento de su dictado- corresponde identificar el régimen jurídico aplicable a tal procedimiento administrativo;

Que, en esa línea corresponde señalar que en el particular esquema brevemente descripto, el procedimiento de marras se debe regir por el régimen jurídico especial constituido por la Ley N° 11875, la Resolución de Fiscalía de Estado N° 1/03 dictada

a consecuencia de dicha ley y por las especificidades propias que se deben determinar por medio de un acto administrativo de carácter general no normativo a tales efectos, todo respetando los principios de publicidad, igualdad y...

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