Resolución N° 0169 - Tcp

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Noviembre de 2018
EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición 1 de Enero de 2018

TRIBUNAL DE CUENTAS

RESOLUCIÓN N° 0169 - TCP

SANTA FE, 29 de octubre de 2018

VISTO:

El expediente n.º 00901-0087651-1 del Sistema de Información de Expedientes – Tribunal de Cuentas de la Provincia y la Resolución Nº 0121/18 TCP que dispone la asignación de competencias jurisdiccionales a los Vocales titulares del Tribunal de Cuentas dela Provincia y la composición de sus Salas; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 201º de la Ley Nº 12510, establece que el Tribunal de Cuentas de la Provincia (TCP), funciona ordinariamente dividido en Salas, integradas cada una por el Presidente TCP y dos Vocales;

Que, el segundo párrafo del citado artículo, determina que las Salas forman quórum con los tres miembros, completándose automáticamente en caso de ausencia o impedimento, con un Vocal de la otra Sala;

Que, la Ley Nº 12510, en su Artículo 4º, estructura la organización institucional del Estado Provincial, definiendo las actividades sujetas al control externo de este Tribunal de Cuentas sobre el Sector Público Provincial No Financiero;

Que, en oportunidad del dictado de la Resolución Nº 0024/01 TCP (parte pertinente), se aprobaron las Vocalías Jurisdiccionales que conforman dichas Salas, identificadas con las letras “A” y “B”; disponiéndose que, cada Vocal Jurisdiccional, es el responsable de las decisiones que adopte respecto de los asuntos que competan a cada una de las áreas institucionales que le fueran asignadas;

Que, teniendo en consideración la asunción de nuevos Vocales del Tribunal de Cuentas a partir del 1° de agosto del corriente año, como así también la excepcional situación de ausencia por enfermedad por un lapso prolongado de la Vocal titular CPN María del Carmen Crescimanno; mediante la citada Resolución Nº 0121/18 TCP, se constituyen las Salas TCP y se atribuyen a las mismas y a sus Vocalías Jurisdiccionales, las Jurisdicciones que comprenden el Sector Público Provincial No Financiero, que devienen de la Ley de Ministerios Nº 13509, disponiéndose además, por excepción a lo establecido en el “Reglamento Interno del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe” artículo 2º del Anexo de la Resolución Nº 0054/18 TCP, la asignación de las competencias de la Vocalía Jurisidiccional “B” de Sala II entre los distintos Vocales en ejercicio efectivo del cargo;

Que, atento a que en el día de la fecha la titular de la aludida Vocalía Jurisdiccional “B” de Sala II, CPN María del Carmen Crescimanno se reintegra al desempeño de sus funciones, resulta necesario adecuar el estado de la composición de las Salas y reasignar las competencias de las Vocalías Jurisdiccionales entre los Vocales titulares que conforman el Tribunal;

Que, corresponde ratificar la asignación de las Jurisdicciones residuales, con vigencia anterior a las Leyes Nºs 12817 y 13509, como así también de los Establecimientos SAMCO, que aún se encuentran con trámites pendientes, a la Sala en la que oportunamente se encontraban y atribuir su competencia a las Vocalías Jurisdiccionales que...

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