Resolucion Nº 006/18 Gral

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Marzo de 2018
EmisorAdministración Provincial de Impuestos
Fecha de la disposición28 de Enero de 2018

RESOLUCION Nº 006/18 GRAL

SANTA FE "Cuna de la constitución Nacional",

23/02/2018

V I S T O :

El expediente N° 13301-0284139-9 del registro del Sistema de lnformación de Expedientes y lo dispuesto por las Resoluciones Generales Nos. 14/2017, 22/2017 y 29/2017 - API, y;

CONSIDERANDO:

Que la RG N° 14/2017 aprobó la aplicación informática denominada "Padrón Web Contribuyentes Locales", mediante la cual los contribuyentes y/o responsables del lmpuesto sobre los lngresos Brutos y quienes resulten designados para actuar como Agentes de Retención y/o Percepción del citado tributo, como del lmpuesto de Sellos, deberán realizar los trámites de inscripción, modificación de datos y cese de actividad, con vigencia a partir del 27 de marzo de 2017;

Que el artículo 8° de la misma resolución dispuso que no serían pasibles de la multa por infracción a los deberes formales prevista en el inciso c) del Artículo 1° de la Resolución General N° 05/2015 –API, los contribuyentes que actualizasen sus datos hasta el 30 de junio de 2017;

Que la mencionada aplicación informática tiene por objeto la actualización de los datos existentes en la base de datos de la Administración Provincial de lmpuestos;

Que, oportunamente, por RG N° 22/2017-API se dispuso la prórroga para realizar la actualización de los datos por parte de los contribuyentes;

Que por RG N° 07/2017 y su modificatoria N° 12/2017 de la Comisión Arbitral se aprobó el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación -NAES-que entró en vigencia a partir del día 1° de enero de 2018;

Que por RG N° 28/2017 -APl se adoptó el NAES para la totalidad del universo de Contribuyentes del lmpuesto sobre los lngresos Brutos de Santa Fe con vigencia a partir del 1° de enero de 2018;

Que atento a ello, por Resolución General Nº 29/2017 – API, se dispuso una nueva prórroga para realizar la actualización de datos por parte de los contribuyentes;

Que en razón de lo manifestado precedentemente, resulta aconsejable extender el plazo dispuesto en el artículo 8° de la Resolución General N° 14/2017 -APl con el objeto de permitir a los contribuyentes y/o responsables establecer la conversión de los códigos de actividades de CUACM en el nuevo nomenclador;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y c...

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