Resolución Nº 0023/17 -TCP

Fecha de Entrada en Vigor14 de Abril de 2017
EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2017

TRIBUNAL DE CUENTAS

RESOLUCIÓN Nº 0023/17 -TCP

SANTA FE, 09 de marzo de 2017

VISTO:

El Expediente Nº 00901-0076540-0 del Sistema de Información de Expedientes -Tribunal de Cuentas de la Provincia-, referido a modalidades de presentación de documención por parte de los Hospitales Descentralizados – Ley N° 10608 para el ejercicio del Control Externo legislado en el Título VI – Capítulo I de la Ley N° 12510; y,

CONSIDERANDO:

Que, con el dictado de la Resolución R N° 0008 de fecha 23 de diciembre de 2015 y Memorandos SAP N°s 0009/16 y 557/16 este Tribunal de Cuenta adecuó procedimientos de control relacionados con los establecimientos S.A.M.Co. y los Hospitales Descentralizados – Ley N° 10608;

Que, a los fines de continuar con la aplicación de criterios de efectivización y actualización de los procedimientos y resultados del control, como así también seguir con la optimización de los recursos de este Organismo, resulta necesario reglamentar sobre las modalidades de presentación de documentación por parte de los Hospitales Públicos Descentralizados;

Que, este Tribunal de Cuentas está plenamente revestido de las atribuciones otorgadas por la Ley Nº 12510 para emitir normativas vinculadas a los procedimientos de control y verificación que recaen sobre las jurisdicciones contraladas;

Que, el artículo 203º, en sus incisos j) y k), atribuye al Tribunal de Cuentas, entre otras, las facultades de "Realizar exámenes especiales de actos y contratos que estime de significación, por sí o por indicación de las Cámaras Legislativas o de la Comisión Legislativa de Control y Revisión de Cuentas" y "Fiscalizar en forma integral los procesos de privatización o concesión en todas sus etapas, con los alcances que establezcan las leyes especiales";

Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 200º, inciso g) de la Ley Nº 12510, este Tribunal de Cuentas se reúne en acuerdo plenario a efectos de "Dictar las normas reglamentarias a las que debe ajustarse el organismo en materia de control externo, examen de legalidad y de gestión y juicio de cuentas, juicio de responsabilidad y procedimientos de auditoría externa, y formular criterios de interpretación de la normativa vigente”;

Que, el artículo 203º de la Ley Nº 12510 en su inciso w) determina como atribución y competencia de este Órgano de Control Externo“ establecer los plazos y modalidades que deben observar los responsables para la presentación de las rendiciones de cuentas, y...

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