Resolución N° 0018 / 18 - Tcp

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2018
EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición19 de Enero de 2018

TRIBUNAL DE CUENTAS

RESOLUCIÓN N° 0018 / 18 - TCP

SANTA FE, 9 de febrero de 2018

VISTO:

El Expediente Nº 00901-0078449-4 y agregado Nº 00901-0080020-8 del Sistema de Información de Expedientes – Tribunal de Cuentas de la Provincia; relacionado con la aplicación de la Resolución N° 0028/05 TCP cuando se producen cambios de agentes o funcionarios obligados a rendir cuenta; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 216° de la Ley Nº 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, en su primer párrafo establece lo siguiente: “El obligado a rendir cuentas que cesa en sus funciones, no queda liberado de la jurisdicción del Tribunal de Cuentas, hasta tanto haya sido aprobada la rendición de cuentas de su gestión”;

Que, asimismo, el segundo párrafo del texto legal mencionado en el párrafo precedente dispone que: “Cuando se produce un cambio de agente o funcionario obligado, debe practicarse un arqueo y formalizarse un acta con intervención del responsable de la unidad de auditoría interna y, en su caso, del reemplazante. El incumplimiento genera responsabilidad solidaria del del agente o funcionario entrante y saliente”;

Que, la citada Resolución N° 0028/2005- TCP reglamentaria del artículo 207° de la Ley de Contabilidad (Decreto- Acuerdo Nº 1757/56), se continúa aplicando atento que la ley vigente no modifica las condiciones para el caso de cese en las funciones de los obligados a rendir cuentas;

Que, en este contexto, se entiende conveniente readecuarla, dictando un nuevo cuerpo normativo, que reglamente las normas que deben ser observadas para el cumplimiento de las disposiciones del artículo 216º de la Ley Nº 12510, de Administración, Eficiencia y Control del Estado;

Que, resulta oportuno además establecer formalmente el procedimiento interno a seguir, el que será comunicado mediante Memorando SAP a cada uno de los estamentos intervinientes en la aplicación de la presente normativa;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 200° inciso g) de la Ley Nº 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado; y conforme con lo resuelto en Reunión Plenaria realizada el 09-02-2018 y registrada en Acta Nº 1565;

EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Artículo1º: El Acta a suscribir entre el agente o funcionario entrante y saliente con intervención del responsable de la Unidad...

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