Resolucion 770/2008 - Mtess

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición18 de Julio de 2008

ASOCIACIONES SINDICALES MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL Resolución 770/2008

Apruébase el texto del Estatuto Social del Sindicato de Supervisores y Vigilancia de la Industria Jabonera y Perfumista.

Bs. As., 14/7/2008

VISTO el Expediente Nº 1.232.243/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, su modificatoria por Ley Nº 25.674, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO DE SUPERVISORES Y VIGILANCIA DE LA INDUSTRIA JABONERA Y PERFUMISTA, solicita la aprobación de la modificación parcial de su estatuto social.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución Nº 601 de fecha 15 de setiembre de 1960 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL y se halla registrada bajo el Nº 387.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el Artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88, no obstante lo cual prevalecerá esta normativa, de pleno derecho, sobre el estatuto en cuanto pudiere oponerse.

Que la entidad peticionante mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Personería Gremial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que la peticionante ha cumplido con las pautas de la Ley 25.674 y el Decreto Reglamentario Nº 514/03 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que atento a que las modificaciones efectuadas alteran la normativa estatutaria y que con la incorporación de un artículo se produce un corrimiento en la numeración del articulado, en atención a principios de concentración, técnica legislativa y economía procesal, se hace necesaria la aprobación íntegra del texto del estatuto de la entidad de autos y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 23, inciso 7º, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1º

Apruébase el texto del Estatuto Social del SINDICATO DE SUPERVISORES Y VIGILANCIA DE LA...

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