Resolucion 590/2008 - Mtess

Fecha de publicación05 Junio 2008
Fecha de disposición05 Junio 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31420

ASOCIACIONES SINDICALES fecha 24/11/07, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió imponer al señor Manuel FRIEDBERG (C.I.P.F. Nº 7.057.018) multa de $ 1.400.000 (pesos un millón cuatrocientos mil) e inhabilitación por 14 (catorce) años, en los términos del artículo 41, incisos 3) y 5), de la Ley Nº 21.526.

El importe de la multa deberá ser depositado en este Banco Central en 'CUENTAS TRANSITORIAS PASIVAS MULTAS - LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS - ARTICULO 41', dentro de los 5 (cinco) días contados a partir de la última publicación del presente, bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de la ejecución fiscal. De conformidad con la Sección 3 de la Comunicación 'B' 9239 del 8 de abril de 2008 --B.O. del 02.05.08-- podrán optar por el régimen de facilidades para el pago de las multas; toda presentación al respecto deberá dirigirse a la Gerencia Principal de Liquidaciones y Recuperos, Subgerencia de Control de Fideicomisos, con copia a la Gerencia de Asuntos Contenciosos. De interponer recurso de apelación se deberá cumplir con el art. 2º, inc. 3º, de la Acordada 13/05 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Los escritos deberán dirigirse a la Gerencia de Asuntos Contenciosos. Publíquese por 3 (tres) días en el Boletín Oficial.

RUBEN E.CARMONA, Analista Sr.de Sustanciación de Sumarios Financieros, Gerencia de Asuntos Contenciosos. -- CARLOS H. BOVERIO, Analista Ppal. de Asuntos Contenciosos en lo Financiero,

Gerencia de Asuntos Contenciosos.

e. 04/06/2008 Nº 579.491 v. 06/06/2008 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA El Banco Central de la República Argentina notifica, en el Sumario Nº 727, Expediente Nº 101.278/ 85, caratulado 'ORFINA SOCIEDAD ANONIMA COMPAÑIA FINANCIERA', que, mediante Resolución Nº 236 de fecha 14.11.07, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió imponer al señor Osvaldo Jorge BELLOMO (L.E. Nº 7.772.867) multa de $ 540.000 (pesos quinientos cuarenta mil) e inhabilitación por 5 (cinco) años, y al señor Oscar Hugo GIULIETTI (L.E.

Nº 1.905.948) multa de $ 540.000 (pesos quinientos cuarenta mil) e inhabilitación por 5 (cinco) años, en los términos del artículo 41, incisos 3) y 5), de la Ley Nº 21.526. El importe de la multa deberá ser depositado en este Banco Central en 'CUENTAS TRANSITORIAS PASIVAS-MULTAS-LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS-ARTICULO 41', dentro de los 5 (cinco) días contados a partir de la última publicación del presente, bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de la ejecución fiscal. De conformidad con la Sección 3 de la Comunicación 'B'...

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