Resolucion 467/2008 - Mtess

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición19 de Mayo de 2008

Que la Federación preexistente posee una zona de actuación reconocida con Personería Gremial en todo el territorio de la Nación.

Que consecuentemente podrá reconocérsele la Personería Gremial a la peticionante respecto al ámbito de actuación efectivamente acreditado y en la que sus adherentes posean mayor representatividad.

Que se produce entonces un desplazamiento parcial del ámbito reconocido con Personería Gremial a la preexistente, respecto al ámbito de actuación que poseen con Personería Gremial las entidades de base adheridas a la peticionante.

Que respecto a la zona de actuación comprendida por los municipios de Almirante Brown, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, General Sarmiento (actuales municipios de San Miguel,

José C. Paz y Malvinas Argentinas), Lanús, Moreno, Pilar; todos de la Provincia de BUENOS AIRES, la peticionante conservará la simple Inscripción Gremial.

Que de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 25, 32 y concordantes de la Ley Nº 23.551 corresponde otorgar la Personería Gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial.

Que obra dictamen jurídico de la DIRECCION NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES al tomar intervención, receptando favorablemente la petición de autos, con el alcance que surge de los presentes considerandos.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1º

Otórgase la Personería Gremial a la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA con domicilio en la calle Tucumán Nº 1452 Piso 5º Departamento 10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para agrupar a las organizaciones sindicales que representan a todo el personal obrero, administrativo y técnico que presten servicios en los establecimientos y/o administraciones de las empresas de industrias químicas y petroquímicas; con zona de actuación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los municipios de Avellaneda, Cañuelas,

San Fernando, San Isidro, General Las Heras, Vicente López, General San Martín, La Matanza, Merlo, Morón, La Plata, Quilmes, San Vicente, Tigre, Florencio Varela, Tres de Febrero,

Berazategui, Zárate y Campana, todos de la Provincia de BUENOS AIRES; las ciudades de Fray Luis Beltrán y Capitán Bermúdez de la Provincia de SANTA FE y la Provincia de SAN LUIS. La referida Federación mantendrá su representación con simple Inscripción Gremial respecto de los ámbitos restantes.

ARTICULO 2º

Exclúyase a los sindicatos que agrupan trabajadores dentro del ámbito personal y territorial reconocido en este acto con Personería Gremial a la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, del ámbito de la Personería Gremial que fuera reconocida a la FEDERACION ARGENTINA DE...

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