Resolucion 210/2008 - Mtess

Fecha de publicación08 Abril 2008
Fecha de disposición08 Abril 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31379

ASOCIACIONES SINDICALES MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución 206/2008

Otórgase Personería Gremial a la Agremiación Docentes Universitarios de Formosa (ADUFOR).

Bs. As., 26/3/2008

VISTO el Expediente Nº 1.100.893/04 del Registro de este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, su modificatoria por Ley Nº 25.674, Decretos reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03; y,

CONSIDERANDO:

Que en el expediente mencionado tramita la solicitud de reconocimiento de la Personería Gremial formulada por la AGREMIACION DE DOCENTES UNIVERSITARIOS DE FORMOSA (ADUFOR) con fecha 26 de noviembre de 2004.

Que por Resolución Nº 318 de fecha 23 de abril de 1996 del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL la mencionada entidad obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo el Nº 1961.

Que el ámbito reconocido a la entidad conforme su inscripción gremial, comprende al personal docente universitario, en todas las categorías (profesores, investigadores y auxiliares de la enseñanza y/o investigación), que cumplen sus funciones en las unidades académicas universitarias ubicadas dentro del territorio provincial; con zona de actuación en todo el territorio de la Provincia de FORMOSA.

Que se ha valorado la acreditación de la representatividad pretendida, por el período que comprende los meses de mayo de 2004 a octubre de 2004 inclusive, de conformidad con lo establecido por el artículo 25 de la Ley Nº 23.551.

Que la entidad acreditó representación cotizante sobre los trabajadores docentes universitarios en todas las categorías que cumplen funciones en las unidades académicas de la Universidad Nacional de Formosa con zona de actuación en la Provincia de FORMOSA, ámbito sobre el cual versará la presente Resolución, conforme lo previsto por el artículo 25 de la Ley Nº 23.551.

Que pudiendo existir en el ámbito y zona de actuación solicitado, colisión con los ámbitos que detentan sindicatos de primer grado con personería gremial preexistente, se corrió traslado en virtud de lo prescripto en el artículo 28 de la Ley Nº 23.551 a las siguientes entidades: UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO y UNION DOCENTES ARGENTINOS.

Que la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION plantea su oposición entendiendo que debe aplicarse en autos lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley Nº 23.551, y subsidiariamente el artículo 30 de dicho ordenamiento legal, llegado el caso que pudiera tipificarse a la entidad peticionante, como un sindicato de oficio, profesión o categoría.

Que la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO plantea que debe sostenerse la coexistencia de representación sindical en el ámbito del Sector Público.

Que la UNION DOCENTES ARGENTINOS invoca poseer una gran afiliación y cotización dentro del universo de los trabajadores docentes públicos provinciales en la Provincia de Formosa e invoca además la vigencia de la Resolución Nº 255 de fecha 22 de octubre de 2003 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que con fecha 21 de febrero de 2007 se realizó en la Agencia Territorial FORMOSA la audiencia de cotejo de representatividad a la que acudió la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION a ejercer su derecho de control sobre la documentación que exhibiera la peticionante.

Que las restantes entidades preexistentes no comparecieron a ejercer el derecho de control en la citada audiencia, pese a que se encontraban debidamente notificadas.

Que con fecha 27 de abril de 2007 se realizó audiencia de cotejo en la Sede de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales a la que sólo compareció la entidad peticionante, pese a que el resto de las entidades fueron notificadas de su citación a comparecer para exhibir documentación que acredite su representación en el ámbito pretendido.

Que de la inspección realizada por personal de la Agencia Territorial FORMOSA de este Ministerio en la UNIVERSIDAD NACIONAL DE FORMOSA surge que ningunas de las entidades preexistentes poseen afiliados cotizantes en el período semestral requerido.

Que la peticionante ha acreditado una representación superior al cuarenta y ocho (48%) promedio, cumpliendo la exigencia del artículo 21 del Decreto Reglamentario Nº 467/88.

Que obra dictamen jurídico de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales al tomar intervención, receptando favorablemente la petición de autos.

Que conforme lo previsto por la Resolución Nº 255 de fecha 22 de octubre de 2003 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no se produce desplazamiento alguno respecto del reconocimiento de la Personería Gremial de las entidades preexistentes en el ámbito del Sector Público.

Que consecuentemente, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 25 y siguientes de la Ley Nº 23.551, corresponde otorgar la personería gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1º

Otórgase a la AGREMIACION DE DOCENTES UNIVERSITARIOS DE FORMOSA (ADUFOR), con domicilio en la Avenida Gutnisky Nº 3200, Módulo II, Planta Alta, Ciudad de Formosa de la Provincia de FORMOSA, la Personería Gremial sobre los trabajadores docentes universitarios en todas las categorías que cumplen funciones en las unidades académicas de la Universidad Nacional de Formosa con zona de actuación en la Provincia de FORMOSA.

ARTICULO 2º

Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo de sus estatutos y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales Nº 12/01.

ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR