Resolucion 120/2008 - Mtess

Fecha de disposición26 Febrero 2008
Fecha de publicación26 Febrero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31353

Provincia de LA PAMPA, con carácter de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar a los trabajadores que se desempeñen como peones de taxis, en relación de dependencia con empleadores cuya actividad sea el servicio de automóviles de alquiler con taxímetro, con zona de actuación en la Ciudad de Santa Rosa de la Provincia de LA PAMPA.

ARTICULO 2º

Apruébase el texto del estatuto de la citada entidad obrante a fojas 2/72 del Expediente Nº 1.172.254/06 agregado a fojas 100 del Expediente Nº 81.065/04, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial. Ello sin perjuicio de los recaudos que puedan exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

ARTICULO 3º

Establécese que a los fines de la publicación referida en el artículo anterior, dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada conforme a lo previsto en la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4º

Intímase a que, con carácter previo a toda petición, regularice la situación institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva bajo apercibimiento de lo establecido por el artículo 56, inciso 4), de la Ley Nº 23.551, asimismo deberá adecuar su Estatuto Social a lo dispuesto en la Ley Nº 25.674 y Decreto Reglamentario Nº 514/03.

ARTICULO 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución 120/2008

Declárase la disolución del Sindicato de Obreros y Empleados de la Cervecería Córdoba, con domicilio en la calle Dr. E. Torn Nº 2196, Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.

Bs. As., 14/2/2008

VISTO el Expediente Nº 364.096/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias, y los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988 y 514 de fecha 7 de marzo de 2003, y CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto tramita la solicitud de disolución de la asociación sindical formulada por el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA CERVECERIA CORDOBA con fecha 22 de mayo de 2007.

Que la mencionada entidad posee Personería Gremial, la que se encuentra registrada bajo el número 30, para agrupar a todos los trabajadores de la industria cervecera, que realizan tareas con relación de...

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