Resolucion 57/2008 - Mtess
Fecha de disposición | 25 Enero 2008 |
Fecha de publicación | 25 Enero 2008 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31331 |
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº 355/02.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:
Amplíase la personería gremial del SINDICATO UNION OBRERA ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y GOMERIAS DE CUYO con domicilio en la calle Bandera de los Andes Nº 234, Guaymallén, Provincia de MENDOZA, sobre los trabajadores, que se desempeñen en tareas de engrase, lavado y cuidado de vehículos, expendio de combustibles y limpieza de playas de estacionamiento, garajes y cocheras en propiedad horizontal y en tareas auxiliares, recauchutaje, vulcanización y arreglo en general en gomerías, de la Provincia de SAN LUIS.
Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo de sus estatutos y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales Nº 12/01.
Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. -- Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución 57/2008
Apruébase la modificación parcial del Estatuto Social de Profesores de Golf Asociados de Argentina.
Bs. As., 18/1/2008
VISTO el Expediente Nº 1.154.232/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, su modificatoria por Ley Nº 25.674, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y CONSIDERANDO:
Que la entidad PROFESORES DE GOLF ASOCIADOS DE ARGENTINA, solicita la aprobación de la modificación parcial de su estatuto social, respecto a los artículos 1, 9, 16, 25, 64 y 65.
Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución Nº 831 de fecha 2 de diciembre de 1997 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL y se halla registrada bajo el Nº 1601.
Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88, no obstante lo cual prevalecerá esta normativa, de pleno derecho, sobre el estatuto en cuanto pudiere oponerse.
Que se deja constancia que la entidad ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley Nº 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7º, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado...
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