Resolucion 1243/2007 - Mtess
Fecha de disposición | 29 Octubre 2007 |
Fecha de publicación | 29 Octubre 2007 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31269 |
ASOCIACIONES SINDICALES MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución 1230/2007
Rectificación de la Resolución Nº 609/2005, en relación con la inscripción de la Asociación Gremial de Empleados del Registro Civil de la Provincia de Mendoza, en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores.
Bs. As., 22/10/2007
VISTO el Expediente Nº 266.386/03 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO:
Que vienen las presentes actuaciones en orden al pedido de rectificación, obrante a fojas 466, interpuesto por la ASOCIACION GREMIAL DE EMPLEADOS DEL REGISTRO CIVIL DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, con relación a la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 609 de fecha 10 de agosto de 2005, obrante a fojas 464.
Que cabe adelantar que a la presentación efectuada corresponde acordarle el carácter de rectificatoria del artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991).
Que por el referido resolutorio se dispuso inscribir en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores a la mencionada entidad para agrupar a aquellos empleados que presten servicios en relación de dependencia en la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de MENDOZA, con zona de actuación en las Municipalidades de Mendoza, General Alvear, Godoy Cruz, Guaymallén, Junín, Las Heras,
Lavalle, Luján de Cuyo, Maipú, Malargüe, Rivadavia, San Martín y San Rafael.
Que manifiesta la recurrente que la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de MENDOZA, no es una organización municipal o de las municipalidades, sino del gobierno provincial que tiene actuación en todo el territorio de la Provincia, con total independencia de los Municipios que existen en los DIECIOCHO (18) Departamentos en que se divide el territorio provincial.
Que sentado ello, advierten que cuando el artículo 1º del referido resolutorio indica el ámbito de actuación espacial, omite consignar los Departamentos de Santa Rosa, La Paz, Tunuyán,
Tupungato y San Carlos, razón por la cual solicitan que se salve la omisión o en su defecto se suprima la denominación de todos ellos, dejándose consignado que, como lo establece el artículo 1º de la Carta Orgánica, la entidad tiene como zona de actuación la totalidad del territorio de la Provincia de MENDOZA.
Que en mérito a las consideraciones vertidas y lo acreditado en autos, se aconseja efectuar la rectificación solicitada incorporando al artículo 1º los Departamentos Municipales de Santa Rosa, La Paz, Tunuyán, Tupungato y San Carlos.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos...
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