Resolucion 988/2007 - Mtess

Fecha de disposición07 Septiembre 2007
Fecha de publicación07 Septiembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31234
ARTICULO 2°

Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 3°

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 988/2007

Apruébase la modificación parcial realizada al texto del Estatuto Social de la Federación Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias.

Bs. As., 3/9/2007

VISTO el Expediente N° 1.218.516/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, su modificatoria por Ley N° 25.674, Decretos reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y CONSIDERANDO:

Que la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS solicita la aprobación de la modificación parcial del texto del estatuto social, respecto al artículo 2.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución N° 492 de fecha 4 de julio de 1963 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla registrada bajo el N° 580.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/88, no obstante prevalecerá dicha normativa sobre la estatutaria en cuanto pudiera oponerse.

Que consecuentemente procede la aprobación de la modificación realizada al texto del estatuto de la entidad de autos y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1°

Apruébase la modificación parcial realizada al texto del Estatuto Social de la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, obrante a fojas 28/145 del Expediente N° 1.218.516/07 de conformidad con las disposiciones de la Ley 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/88, respecto al artículo 2° que luce a fojas 29. El mencionado artículo pasará a formar parte del texto del estatuto que fuera aprobado por Resolución N° 1114 de fecha 12 de diciembre de 2005 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Ello no implica modificar los alcances de la Personería Gremial que le fuera oportunamente otorgada a la entidad por esta Autoridad de Aplicación.

ARTICULO 2°

Establécese que dentro del...

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