Resolucion 971/2007 - Mtess

Fecha de disposición07 Septiembre 2007
Fecha de publicación07 Septiembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31234

ANEXO II MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 971/2007

Inscríbese en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Trabajadores de la Industria del Papel, Cartón y Celulosa.

Bs. As., 3/9/2007

VISTO el expediente N° 1.076.379/03 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, su modificatoria por Ley N° 25.674, Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y CELULOSA, con domicilio en Manuel Belgrano S/Nº entre Mercedes Lacroze y Libertad, Ibicuy, Provincia de Entre Ríos, solicita su Inscripción Gremial.

Que conforme lo prescribe el artículo 14 Bis de la CONSTITUCION NACIONAL, es competencia de este Ministerio proceder a la Inscripción de las entidades sindicales, en el registro pertinente.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 23.551, encontrándose acreditados los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista de adherentes, nómina y nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el estatuto.

Dispongo: Art. 1° Dásele por decaído, a la sumarida, el derecho dejado de usar para presentar el descargo y ofrecer prueba, en los términos del art. 1 inc. e) ap. 8 de la Ley N° 19.549. Art. 2° Declárase la cuestión de puro derecho. Art. 3° Concédase a la sumariada el plazo de DIEZ (10) días para que proceda a tomar vista de las actuaciones sumariales, en los términos y a los efectos previstos en el art. 60 del Decreto N° 1759/72 (T.O. 1991). Art. 4°: Vencido el plazo acordado pasen estos actuados a resolver. Publíquese en el Boletín Oficial por TRES (3) días seguidos. -- Fdo. Abogado NICOLAS FERNANDEZ, Instructor Sumariamente.

e. 6/9 N° 556.314 v. 10/9/2007 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL Se notifica que por Resolución N° 1883 del 22/08/07, el Directorio del INAES resuelve dar por finalizado el proceso liquidatorio dispuesto mediante Resolución N° 1211 del 21/04/2005 a la ASOCIACION MUTUAL AMIGOS DEL CLUB CICLISTA JUNINENSE, disponiendo además, la cancelación de la matrícula 2403 de la provincia de Bs. As. Queda notificado de acuerdo al Art. 42 - Dto. 1759/72 t.o.

1991 - Firmado: Sr. OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable del INAES.

e. 6/9 N° 556.307 v. 10/9/2007 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por Resolución Nro. 1919/07-INAES dispuso RETIRAR LAAUTORIZACION PARA FUNCIONAR a la COOPERATIVA DE TRABAJO 7 DE AGOSTO LTDA., mat. 17.235, con domicilio legal en la localidad de Zárate, provincia de Buenos Aires. Y por Resolución Nro. 1927/07-INAES resolvió CANCELAR la matrícula correspondiente a la COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS, OBRAS, COMUNICACION SOCIAL, OTROS SERVICIOS PUBLICOA Y ASISTENCIALES, CREDITO Y VIVIENDA 'INTEGRIDAD' LTDA., mat. 21.041, con domicilio legal en Capital Federal. Contra la medida dispuesta (Art. 40,

Dto. N° 1759/72 t.o. 1991) son oponibles los siguientes recursos: REVISION (Art. 22, inc, a) --10 días-- y Art. 22, incs. b), c) y d) --30 días-- Ley N° 19.549). RECONSIDERACION (Art. 84, Dto. N° 1759/72 t.o. 1991 --10 días--). JERARQUICO (Art. 89, Dto. N° 1759/72 t.o. 1991 --15 días--). Y ACLARATORIA (Art. 102, Dto. N° 1759/72 t.o. 1991 --5 días--). Quedan debidamente notificadas. -OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.

e. 6/9 N° 556.304 v. 10/9/2007 Q6I8H 9rpvpvyÃqrÃyhÃHrphqrth WhyÃAià VÇT Vvqhq BÃqrà Qhtr 0406.90.10

Los demás quesos, con un contenido de humedad inferior al 36,0% en peso (pasta dura), en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 8 Kg, elaborado con leche distinta de cabra, oveja o búfala.

5,940 Kg GR2, GR3, GR7,

GR8, GR10,

GR13, GR15,

GR16

Los demás quesos, con un contenido de humedad inferior al 36,0% en peso (pasta dura), en envases inmediatos de contenido neto superior a 8 Kg, elaborado con leche distinta de cabra, oveja o búfala.

5,643 Kg GR2, GR3, GR7,

GR8, GR10,

GR13, GR15,

GR16

0406.90.20

Queso tipo Cheddar, en hormas o en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 1 Kg, elaborado con leche distinta de cabra, oveja o búfala.

4,620 Kg GR2, GR3, GR7,

GR8, GR10,

GR13, GR15,

GR16

Los demás quesos, con un contenido de humedad superior o igual al 36,0% pero inferior al 46,0% en peso (pasta semidura), en hormas o en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 1 Kg, elaborados con leche distinta de cabra, oveja o búfala.

4,620 Kg GR2, GR3, GR7,

GR8, GR10,

GR13, GR15,

GR16

Queso tipo Cheddar, en hormas o en envases inmediatos de contenido neto isuperior a 1 Kg pero inferior o igual a 8 Kg, elaborado con leche distinta de cabra, oveja o búfala.

4,620 Kg GR2, GR3, GR7,

GR8, GR10,

GR13, GR15,

GR16

Los demás quesos, con un contenido de humedad superior o igual al 36,0% pero inferior al 46,0% en peso (pasta semidura), en envases inmediatos de contenido neto superior a 1 Kg pero inferior o igual a 8 Kg, elaborados con leche distinta de cabra, oveja o búfala.

4,620 Kg GR2, GR3, GR7,

GR8, GR10,

GR13, GR15,

GR16

Queso tipo Cheddar, en envases inmediatos de contenido neto superior a 8

Kg, elaborado con leche distinta de cabra, oveja o búfala.

4,400 Kg GR2, GR3, GR7,

GR8, GR10,

GR13, GR15,

GR16

Los demás quesos, con un contenido de humedad superior o igual al 36,0% pero inferior al 46,0% en peso (pasta semidura), en envases inmediatos de contenido neto superior a 8 Kg, elaborados con leche distinta de...

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