Resolucion 800/2007 - Mtess

Fecha de disposición03 Agosto 2007
Fecha de publicación03 Agosto 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31210

e. 2/8 N° 552.953 v. 6/8/2007 ASOCIACIONES SINDICALES MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución 799/2007

Inscríbese en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Trabajadores de la Carne y sus Derivados de la Provincia de Buenos Aires - Zona Oeste.

Bs. As., 30/7/2007

VISTO el expediente N° 1.193.260/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, su modificatoria por Ley N° 25.674, Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03; y CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES-ZONA OESTE, con domicilio en Agüero N° 540, Marcos Paz, Provincia de BUENOS AIRES solicita su Inscripción Gremial.

Que conforme lo prescribe el artículo 14 Bis de la CONSTITUCION NACIONAL, es competencia de este Ministerio proceder a la inscripción de las entidades sindicales en el registro pertinente.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 23.551, encontrándose acreditados los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista de adherentes, nómina y nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el estatuto.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad, que sobre la carta orgánica, ordena el artículo 7 del Decreto N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, no mereciendo objeciones, no obstante lo cual prevalecerá de pleno derecho la Ley N° 23.551 y su reglamentación sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieran oponerse.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley N° 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que consecuentemente, corresponde disponer la Inscripción Gremial de la entidad peticionante y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional, a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad, conforme el procedimiento establecido en el Estatuto que se aprueba.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1°

Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES-ZONA OESTE, con domicilio en Agüero N° 540, Marcos Paz, Provincia de BUENOS AIRES, con carácter de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar a los trabajadores, sin distinción de categorías, que desarrollan tareas y prestan servicios en relación de dependencia en empresas y establecimientos, cualquiera sea su constitución jurídica, dedicados a la producción, faena, industrialización, procesamiento, manufactura, conservación, transporte, comercialización, importación y exportación de carnes de ganados y animales de cualquier tipo, especie, origen y destino; y sus derivados en todas sus etapas y a los jubilados que se hayan desempeñado en la actividad y que al momento de acogerse al beneficio jubilatorio estuviere afiliado a la entidad; con zona de actuación en los Municipios de Merlo, Marcos Paz, General las Heras, Cañuelas y Navarro todos de la Provincia de BUENOS AIRES.

ARTICULO 2°

Apruébase el texto del estatuto de la citada entidad obrante a fojas 5/64 del Expediente N° 1.193.260/06, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial. Ello sin perjuicio de los recaudos que puedan exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

ARTICULO 3°

Establécese que a los fines de la publicación referida en el artículo anterior, dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada conforme a lo previsto en la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4°

Intímase a que, con carácter previo a toda petición, regularice la situación institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva bajo apercibimiento de lo establecido por el artículo 56, inciso 4), de la Ley N° 23.551.

ARTICULO 5°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución 800/2007

Inscríbese en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores a la Asociación Sindical de Trabajadores de la Carne y Afines, de la provincia de La Pampa.

Bs. As., 30/7/2007

VISTO el expediente Nº 82.046/05 del Registro de la AGENCIA TERRITORIAL SANTA ROSA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, su modificatoria por Ley Nº 25.674, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y CONSIDERANDO:

Que la ASOCIACION SINDICAL TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES, con domicilio en Churrinche Nº 1492...

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