Resolucion 102/2008 - Ms

Fecha de la disposición14 de Marzo de 2008

RESOLUCIONES DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Resolución 14/2008

SistemaAduanero de Operadores Confiables.Actuación SIGEANº 13653-46-2007. Havanna S.A.

Bs. As., 10/3/2008

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13653-46-2007 en trámite ante esta Dirección General de Aduanas y,

CONSIDERANDO:

Que la firma HAVANNA S.A. solicita su incorporación al Sistema Aduanero de Operadores Confiables normado por Resolución General Nº 2350 (AFIP) y Nota Externa Nº 37 (DGA) del 18 de Agosto de 2006, dictadas en el marco de los lineamentos generales emanados de la Organización Mundial de Aduanas.

Que con los informes y dictámenes adjuntos la firma ha dado cumplimiento a los requisitos formales, aludidos en el Anexo I de la Nota Externa Nº 37 (DGA) del 18 de agosto de 2006, como también los requerimientos técnicos mínimos establecidos en su Anexo II.

Que en atención a lo expuesto y previa evaluación de la viabilidad de la instrumentación operativa del sistema en trato, se impone calificar a la firma requirente para actuar en el Sistema Aduanero de Operadores Confiables.

Que la calificación aludida se emite en relación a las rutas, puertos, mercaderías, Despachantes de Aduana, Agentes de Transporte Aduanero indicados en los Anexos que forman parte de la presente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inc.

p) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, Resolución General Nº 2350 (AFIP) y el artículo 2º, apartado 2.2 de la Nota Externa Nº 37 (DGA) del 18 de agosto de 2006.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º

Otórgase a la firma HAVANNA S.A., CUIT Nº 33-69723504-9, con domicilio real en Brandsen 3251 de la Ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, la calificación de Operador Confiable para actuar en jurisdicción de la Aduana de Mar del Plata, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución General Nº 2350 (AFIP), conforme a la Nota Externa Nº 37 (DGA) del 18 de agosto de 2006.

Art. 2º

Déjase estipulado que la calificación referenciada tendrá vigencia, mientras se verifique por parte del Servicio Aduanero, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa enunciada precedentemente y las que en el futuro se determinen.

Art. 3º

Establécese que la habilitación concedida sólo la habilitará para operar en relación a los puertos indicados en el Anexo I, respecto de la exportación de las mercaderías identificadas en el Anexo II de la presente, con la intervención de los Despachantes de Aduana indicados en Anexo III y Agentes de Transporte Aduanero referenciados en el anexo IV.

Art. 4º

Apruébanse los Anexos I, II, III y IV denominados 'Puertos de Destino de la Mercadería', 'Descripción de la Mercadería a Exportar', 'Despachantes de Aduana' y 'Agentes de Transporte Aduaneros' respectivamente.

Art. 5º

Regístrese. Comuníquese. Notifíquese al representante legal de HAVANNA S.A. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. -- Ricardo Echegaray.

ANEXO I PUERTOS DE DESTINO DE LA MERCADERIA PAIS MARITIMO AEREO TERRESTRE Estados Unidos Long Beach Los Angeles Brasil Santos Guarulho, Sao Paulo Vitoria, Espiritu Santo Bolivia - Santa Cruz Paraguay - - Asunción Israel - Tel Aviv Venezuela - Caracas España Barcelona Barcelona Chile - Santiago Santiago Perú - Lima Australia - Sydney Costa Rica - San José de Costa Rica ANEXO II DESCRIPCION DE LA MERCADERIA A EXPORTAR 1704.90.10.119U 1806.32.10.220Q 1806.32.10.920D 1806.90.00.210N 1806.90.00.990C 1905.31.00.119T 1905.90.90.400X ANEXO III LISTADO DE DESPACHANTES DE ADUANA NOMBRE DOMICILIO CUIT Hernán Marotta & Asociados S.A. Perú 690

Cdad. Autónoma de Buenos Aires 30-65298062-3

Nicolás Stella S.R.L. El Cano Mar del Plata 30-63618439-6

Domingo Antonio Buscafusca D.A.B Belgrano 430

Cdad. Autónoma de Buenos Aires 20-12076217-7

ANEXO IV AGENTES DE TRANSPORTE ADUANEROS NOMBRE DOMICILIO CUIT HAMBURG SUD SUCURSAL AV. DEL LIBERTADOR Nº 1969. 30-68893820-8

ARGENTINA. VICENTE LOPEZ CMA CGM ARGENTINA S.A. DE LA BARRA, EMMA 353 - 01. 30-70919790-4

CAP. FED.

MEDITERRANEAN SHIPPING AV. BOUCHARD AV. 547 19 30-69318494-7

COMPANY S.A. CAP.FED.

TRANSPLATA S.A. AV CORDOBA Nº 629 '6' 30-55725143-6

CAP. FED.

Procuración General de la Nación MINISTERIO PUBLICO Resolución 15/2008

Dispónese el traslado de un Fiscal General, para desempeñarse como titular de la Fiscalía ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, provincia del Chaco.

Bs. As., 11/3/2008

VISTO:

El expediente interno M.1129/08 del registro de la Mesa General de Entradas y Salidas de la Procuración General de la Nación y,

CONSIDERANDO:

Que, la actuación de referencia se originó en esta Procuración General, con la presentación efectuada por el señor Fiscal General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia, doctor Jorge Eduardo Auat, por la que solicitó se contemple la posibilidad de disponer su traslado conforme lo normado por el artículo 15º de la Ley 24.946, a la Fiscalía ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, Provincia del Chaco.

Que la mencionada dependencia se encuentra vacante desde el 20 de diciembre de 2007, por la renuncia presentada y aceptada mediante resolución Per. Nº 1767/07, por el doctor Roberto Domingo Mazzoni.

Que la Asesoría Jurídica de la Procuración General de la Nación a través del dictamen Nº 8691 de fecha 3 de marzo de 2008, opinó que no existe óbice para disponer el traslado del doctor Auat, remitiéndose a los fundamentos ya expuestos en numerosos dictámenes emitidos en relación al traslado de magistrados de este Ministerio Público Fiscal (v. expedientes internos M. 5737/98, M. 1313/02,

M. 2263/02 y M. 882/03 entre otros).

Que al respecto se expuso: 'los integrantes del Ministerio Público solo con su conformidad y conservando su jerarquía, podrán ser trasladados a otras jurisdicciones'.

Que, de acuerdo a los antecedentes obrantes en esta Procuración General de la Nación, y en el marco de lo dispuesto por el artículo 15º de la Ley 24.946, resulta pertinente disponer el traslado del señor Fiscal General Jorge Eduardo Auat, para que se desempeñe como titular de la Fiscalía ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, Provincia del Chaco.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 120 de la Constitución Nacional y la Ley 24.946,

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION RESUELVE:

I -- Disponer el traslado del señor Fiscal General, doctor Jorge Eduardo Auat, a la Fiscalía ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, Provincia del Chaco, para desempeñarse como titular de la misma, a partir del 10 de marzo de 2008, ello, en virtud de lo normado por el artículo 15º de la Ley 24.946.

II --Declarar vacante el cargo de Fiscal General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia, Provincia del Chaco.

II -- Protocolícese, hágase saber al doctor Auat, al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al señor Presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, Provincia del Chaco, comuníquese a la Secretaría Permanente de Concursos del Ministerio Público Fiscal, a la Dirección General de Administración y a la Secretaria Disciplinaria Técnica y de Recursos Humanos de la Procuración General de la Nación, a los efectos pertinentes; dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Official de la República Argentina; cúmplase y, oportunamente, archívese. -Esteban Righi.

Ministerio de Salud SALUD PUBLICA Resolución 102/2008

Apruébanse las Directrices de Organización y Funcionamiento de Centrales de Esterilización y Procesamiento de Productos Médicos en los Establecimientos de Salud, Públicos y Privados.

Bs. As., 7/3/2008

VISTO el Expediente Nº 1-2002-12493/06-3 del Registro del Ministerio de Salud, y Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.366 7Viernes 14 de marzo de 2008

CONSIDERANDO:

Que las políticas tienen por objetivo primero y prioritario asegurar el acceso de todos los habitantes de la Nación a los Servicios de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones de carácter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitación, sean éstos de carácter público estatal, no estatal o privados; con fuerte énfasis en el primer nivel de atención.

Que en el marco de las políticas del Ministerio de Salud de la Nación se desarrolla el PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA, en el cual se agrupan un conjunto de acciones destinadas a asegurar la calidad de las prestaciones en dichos Servicios.

Que entre dichas acciones se encuentran la elaboración de guías de diagnóstico, tratamiento y procedimientos de patologías y directrices de organización y funcionamiento de los Servicios de Salud.

Que las citadas guías y directrices se elaboran con la participación de Entidades Académicas, Universitarias y Científicas de profesionales asegurando de esa forma la participación de todas las áreas involucradas en el Sector Salud.

Que la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD ha coordinado el proceso de elaboración de las DIRECTRICES DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE CENTRALES DE ESTERILIZACION Y PROCESAMIENTO DE PRODUCTOS MEDICOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD, PUBLICOS Y PRIVADOS, de acuerdo con la normativa vigente contando con la participación de las siguientes entidades: COLEGIO DE FARMACEUTICOS Y BIOQUIMICOS DE LA CAPITAL FEDERAL,

MINISTERIO DE SALUD DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, COLEGIO DE FARMACEUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DIRECCION DE TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT), FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LA ESTERILIZACION EN LA ARGENTINA, CLUB ARGENTINO DE ESTERILIZACION, FACULTAD DE FARMACIA Y BIOQUIMICA DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES.

Que la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION, Coordinadora General del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA...

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