Resolucion 109/2008 - Mjsdh

Fecha de disposición18 Enero 2008
Fecha de publicación18 Enero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31326

Determínase el Calendario de Depósito del Impuesto sobre el Valor de los Pasajes Fluviales al Exterior y el Calendario de Presentación de las Certificaciones Contables Cuatrimestrales, para el año 2008.

Bs. As., 28/12/2007

VISTO las normas establecidas por el artículo 24 inc. b) de la Ley 25.997, los artículos 23 y 24 del Decreto Reglamentario Nº 1297/06 y la Resolución Nº 1080/06 de esta SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9º del Anexo I de la citada Resolución esta Secretaría debe determinar el Cronograma de Presentación y Depósito de las Declaraciones Juradas del impuesto sobre el valor de los pasajes fluviales al exterior.

Que asimismo resulta también conveniente fijar plazo máximo dentro del cual los agentes de percepción, deben cumplimentar la obligación de presentar la Certificación Contable Cuatrimestral, a que se refiere el artículo 8 de la Resolución Nº 1080/06.

Que la Coordinación de Fiscalización de Empresas de Aeronavegación dependiente de la Subsecretaría de Turismo y la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que se ejercitan las facultades emergentes de la Ley Nº 25.997 y los Decretos Nº 1635/2004, 16/2007 y Resolución Nro. 195/2005.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TURISMO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE:

Artículo 1º

Determínase el CALENDARIO DE DEPOSITO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LOS PASAJES FLUVIALES AL EXTERIOR y el CALENDARIO DE PRESENTACION DE LAS CERTIFICACIONES CONTABLES CUATRIMESTRALES, para el año 2008, de acuerdo a lo consignado en la planilla Anexo I a la presente.

Art. 2º

Apruébase como cronograma al que se sujetarán las Declaraciones Juradas y depósito del impuesto del 5% del precio de los pasajes fluviales al exterior Art. 24 inc. b) Ley Nº 25.997 y fechas máximas de presentación de Certificaciones Contables correspondientes a los períodos cuatrimestrales del año, el que figura como Anexo I a la presente.

Art. 3º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Carlos E. Meyer.

CALENDARIO 2008 DE DEPOSITO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LOS PASAJES FLUVIALES AL EXTERIOR AÑO 2008 PERIODO A LIQUIDAR FECHA DE DEPOSITO CERTIFICACION DESDE HASTA CONTABLE ENERO 01/01/2008 31/01/2008 14/02/2008

FEBRERO 01/02/2008 29/02/2008 14/03/2008

MARZO 01/03/2008 31/03/2008 15/04/2008

ABRIL 01/04/2008 30/04/2008 15/05/2008 28/07/2008

MAYO 01/05/2008 31/05/2008 13/06/2008

JUNIO 01/06/2008 30/06/2008 15/07/2008

JULIO 01/07/2008 31/07/2008 14/08/2008

AGOSTO 01/08/2008 31/08/2008 12/09/2008 21/11/2008

SEPTIEMBRE 01/09/2008 30/09/2008 14/10/2008

OCTUBRE 01/10/2008 31/10/2008 14/11/2008

NOVIEMBRE 01/11/2008 30/11/2008 15/12/2008

DICIEMBRE 01/12/2008 31/12/2008 15/01/2009 30/03/2009 Secretaría de Turismo IMPUESTOS Resolución 69/2007

Determínase el Calendario de Depósito del Impuesto sobre el Valor de los Pasajes Aéreos al Exterior en Vuelos Regulares de Pasajeros y el Calendario de Presentación de las Certificaciones Contables Trimestrales, para el año 2008.

Bs. As., 28/12/2007

VISTO las normas establecidas por el artículo 24 inc. b) de la Ley Nº 25.997, los artículos 23 y 24 del Decreto Reglamentario Nº 1297/2006, y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo estipulado en el artículo 5º de la Resolución Nº 877/94 esta Secretaría debe determinar el Cronograma de Presentación y Depósito de las Declaraciones Juradas del impuesto sobre el valor de los pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares de pasajeros.

Que a fin de compatibilizar el calendario de rendición y pago que rige para las operaciones de venta entre líneas aéreas y sus agentes, se ha elaborado un cronograma acerca del cual la CAMARA DE COMPAÑIAS AEREAS EN ARGENTINA (JURCA), ha prestado su conformidad.

Que asimismo resulta también conveniente fijar plazo máximo dentro del cual los agentes de percepción, deben cumplimentar la obligación de presentar la Certificación Contable Trimestral, a que se refiere la Resolución Nº 1511/05.

Que la Coordinación de Fiscalización de Empresas de Aeronavegación dependiente de la Subsecretaría de Turismo y la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que se ejercitan las facultades emergentes de la Ley Nº 25.997 y los Decretos Nos. 1635/2004, 16/2007 y Resolución S.T. Nº 195/2005.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TURISMO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE:

Artículo 1º

Determínase el CALENDARIO DE DEPOSITO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LOS PASAJES AEREOS AL EXTERIOR EN VUELOS REGULARES DE PASAJEROS y el CALENDARIO DE PRESENTACION DE LAS CERTIFICACIONES CONTABLES TRIMESTRALES, para el año 2008, de acuerdo a lo consignado en la planilla Anexo 1 a la presente.

Art. 2º

Apruébase como cronograma al que se sujetarán las Declaraciones Juradas y depósito del impuesto del 5% (cinco por ciento) del precio de los pasajes aéreos al exterior Art. 24 inc. b) Ley Nº 25.997 y fechas máximas de presentación de Certificaciones Contables correspondientes a los períodos trimestrales del año, el que figura como Anexo 1 a la presente.

Art. 3º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Carlos E. Meyer.

ANEXO CALENDARIO 2008 DE PRESENTACION Y DEPOSITO DE LAS DECLARACIONES JURADAS DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LOS PASAJES AEREOS AL...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR