Resolucion, Ministerio de Economía y Crédito Público, Año 2011 Res. Nº 33

Fecha de publicación21 Marzo 2011
Tipo de documentoRESOLUCION
Número de Gaceta11191
SecciónSección Oficial
BOLETIN OFICIAL PAGINA 3
Lunes 21 de Marzo de 2011
dentro de los sesenta (60) días de su inversión con
copia a la Dirección General de Administración del Mi-
nisterio de la Familia y Promoción Social.
RESOLUCION
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución Nº 33/11
Rawson, 01 de Marzo de 2011
VISTO:
El Expediente Nº 155-EC-11, y;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 12º
de la Ley de Administración Financiera, modificada me-
diante Ley II Nº 76 (antes Ley Nº 5447), se deberán
establecer los Clasificadores de Gastos y Recursos
vigentes;
Que la Dirección General de Presupuesto y Finan-
zas ha realizado las adecuaciones correspondientes
al Clasificador de Recursos y Gastos;
Que ha tomado intervención la Dirección de Aseso-
ría Legal del Ministerio de Economía y Crédito Público;
POR ELLO:
El Ministro de Economía y Crédito Público
RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébese el Clasificador Presu-
puestario de Recursos y Gastos que será utilizado
por la Administración Central y Organismos Descentra-
lizados en el ejercicio presupuestario del año 2011, que
como Anexo I forma parte integrante de la presente
Resolución.-
Artículo 2º.- La presente Resolución será re-
frendada por el Subsecretario de Gestión Presu-
puestaria.-
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, dése al
Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la
Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finan-
zas y cumplido, ARCHÍVESE.-
Cr. VICTOR HUGO CISTERNA
SERGIO ENRIQUE SARDA
ANEXO I
I. ASPECTOS GENERALES SOBRE CLASIFICA-
CIONES PRESUPUESTARIAS
A. CONCEPTO
Las clasificaciones presupuestarias son instrumen-
tos normativos que agrupan los recursos y gastos de
acuerdo a ciertos criterios, cuya estructuración se basa
en el establecimiento de aspectos comunes y diferen-
ciados de las operaciones gubernamentales.
Las clasificaciones presupuestarias al organizar y
presentar todos los aspectos posibles de las transac-
ciones públicas, conforman un sistema de información
ajustado a las necesidades del gobierno y de los orga-
nismos internacionales que llevan estadísticas sobre
los sectores públicos nacionales, posibilitando un aná-
lisis objetivo de las acciones ejecutadas por el sector
público.
Por tanto, el conjunto de clasificaciones presupues-
tarias representa un mecanismo fundamental para el
registro de la información relativa al proceso de recur-
sos y gastos de la actividad pública.
B. IMPORTANCIA Y OBJETIVO
La estructura básica de las clasificaciones presu-
puestarias facilita la adopción de decisiones en todas
las etapas el proceso presupuestario.
Dentro de los múltiples objetivos y finalidades que
se pueden asignar a las clasificaciones, se mencionan
las siguientes:
- Facilitan la determinación del volumen y composi-
ción de los gastos en función de los recursos proyec-
tados, de las necesidades de la sociedad y del impacto
en otros sectores de la economía.
- Facilitan la proyección de variables
macroeconómicas fundamentales para el diseño de la
política económica y la política presupuestaria. En es-
tas circunstancias permiten valorar el grado de partici-
pación del gobierno en el desarrollo económico y social
y medir las metas y políticas gubernamentales.
- Permiten la valoración de los resultados económi-
co y financiero y el análisis de sus consecuencias.
- Las clasificaciones presupuestarias facilitan el
análisis de los efectos económicos y sociales de las
actividades del sector público y su impacto en la eco-
nomía o en sectores particulares de la misma. Por con-
siguiente, es preciso contar con sistemas de informa-
ción que posibiliten el estudio de esos efectos; de ahí
que las cuentas generan elementos de análisis como la
participación de los recursos y gastos públicos en el
PBI, nivel de empleo del sector público, grado de endeu-
damiento, tributación, concesión de préstamos, etc.
Hacen posible la ejecución financiera del presu-
puesto. Para ello las clasificaciones coadyuvan a la
generación de información económico financiera, re-
querida para la adopción de decisiones administrati-
vas.
C. ASPECTOS CONCEPTUALES Y OPERACIONALES
BÁSICOS
Las cuentas deben ser proyectadas para servir a
los propósitos de un sistema de información sobre la
gestión financiera del Sector Público Provincial, donde
las transacciones deben ser registradas una sola vez
y, a partir de allí sea posible la obtención de todas las
salidas de información que se requieran. En su estruc-
tura deben contemplarse las necesidades de informa-
ción de los macrosistemas de cuentas con los que está
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relacionado el sector público, como son las Cuentas
Nacionales y las Estadísticas de las Finanzas Públicas.
Para este efecto, el sistema de clasificaciones pre-
supuestarias considera como «ingreso» toda transac-
ción que implica la utilización de un medio de
financiamiento (fuente de fondos); y, como «gasto» toda
transacción que implica una aplicación financiera (uso
de fondos).
De esta conceptualización ampliada, se desprende
que los recursos se originan en transacciones que re-
presentan resultados positivos (ingresos corrientes),
disminución de activos e incremento de pasivos, en
tanto que los gastos son transacciones que represen-
tan resultados negativos (gastos corrientes), incremento
de activos y disminución de pasivos.
Los clasificadores de cuentas se utilizan tanto para
la programación como para el análisis y seguimiento de
la gestión económico-financiera de las instituciones
públicas. Su mayor desagregación se emplea en los
niveles donde se administra dicha gestión y su mayor
agregación en los máximos niveles políticos de deci-
sión de la gestión pública.
Cada clasificador responde a un propósito u objeti-
vo determinado; no obstante ello, en su diseño debe
considerarse las necesarias interrelaciones que exis-
ten entre todos ellos. El requisito esencial para que una
transacción realizada por una institución pública sea
registrada una sola vez y sea posible la obtención de
todas las salidas de información que se requieran, es
que se definan en forma clara y precisa dichas
interrelaciones. De esta manera los clasificadores de
cuentas serán la base fundamental para instrumentar
un sistema integrado de información financiera del sec-
tor público y para realizar el análisis de las transaccio-
nes públicas y sus efectos.
A fin de precisar las interrelaciones que deben te-
ner los clasificadores, es necesario distinguir los ana-
líticos o primarios -a través de los cuales se registra
cada transacción de los agregados que surgen de la
combinación de dos o más clasificadores.
Los clasificadores analíticos son: a) institucional,
b) por rubros de recursos, c) por objeto del gasto, d)
por localización geográfica, e) por tipo de moneda, f)
por fuente de financiamiento y g) por categoría
programática. Los demás son clasificadores agrega-
dos; es decir, se estructuran automáticamente por com-
binación de los analíticos y, por lo tanto, no se utilizan al
registrar cada transacción en particular.
En términos operacionales, las clasificaciones pre-
supuestarias presentan las siguientes características:
1. Cobertura
La Administración Central, los Organismos Descen-
tralizados, las Instituciones de Seguridad Social y las
Empresas y Sociedades del Estado. Esta definición es
precisamente la que explica la cobertura que se consi-
dera en la formulación de las clasificaciones presu-
puestarias. Sin embargo, las actividades públicas tie-
nen un ámbito más amplio; de ahí que también se hayan
tomado en cuenta los diferentes niveles de gobierno,
esto supone incluir a las administraciones municipales.
Con esta particularidad la cobertura alcanza todos los
niveles posibles de aplicación.
2. Frecuencia de elaboración
La frecuencia de elaboración de las clasificacio-
nes no tiene un patrón definido, no obstante se puede
señalar que su realización está en función de la nece-
sidad que de ellas se tenga.
Las mismas deben ser flexibles con el objeto de
permitir su adecuación a las diversas situaciones que
se presenten.
3. Interrelación con otros sistemas de información
Está plenamente demostrado en la realidad la es-
trecha relación existente entre el sistema presupuesta-
rio y otros sistemas administrativos. El desarrollo y fun-
cionamiento eficaz y eficiente de cada sistema se halla
directamente influido por los sistemas de su contexto.
Para la preparación de las clasificaciones se considera
el carácter interdependiente de los sistemas adminis-
trativos, a los efectos de determinar una adecuada
compatibilidad de las metodologías, normas y procedi-
mientos que son necesarios en el desarrollo de un sis-
tema de información de la gestión pública.
Por otro lado se debe tomar en cuenta que la infor-
mación que produce el sistema de cuentas puede dis-
tinguirse de otros sistemas de información: por una
parte, las cuentas del gobierno que llevan las unidades
operativas (ministerios, organismos descentralizados,
etc.) para fines de administración presupuestaria y res-
ponsabilidad legal. Por otra parte, las Cuentas Provin-
ciales, en que los datos se estructuran en forma común
para todos los sectores, a fin de medir y agregar la
producción, el ingreso, el consumo, la acumulación de
capital y el financiamiento y, por último, las Estadísticas
de las Finanzas Públicas, que resumen las distintas
transacciones del gobierno para orientarlas fundamen-
talmente a la medición del impacto monetario de las
medidas económicas. Cada uno de los sistemas de in-
formación mencionados responden a necesidades dis-
tintas e importantes en sí mismas. No obstante, se en-
cuentran interrelacionados; esta situación influye en la
forma que adopta cada uno de éstos, por consiguiente
las clasificaciones deben facilitar su acoplamiento mo-
dular, requisito que permite establecer un grado de in-
terdependencia entre los sistemas, ya que las cuentas
presupuestarias sirven para las transacciones que rea-
lizan las unidades administrativas y éstas a su vez
proporcionan insumos necesarios para compilar las
Cuentas Provinciales y las Estadísticas de las Finanzas
Públicas.
4. Período de referencia
Las cuentas que se organizan y se expresan en
las clasificaciones pueden ser utilizadas para distintos
fines y para cubrir períodos determinados. Por ejemplo,
en la formulación de la política presupuestaria las cuen-
tas se ordenan de manera que sirvan de base para las
decisiones que se deben adoptar a nivel de los progra-
mas y proyectos, así como de los diferentes cambios
recomendados; en este caso las cuentas se organizan
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de manera anterior a la sucesión de hechos, es decir,
se proyectan los acontecimientos en base a un deter-
minado ejercicio financiero, pudiendo utilizar datos men-
suales, trimestrales o semestrales.
Cuando los datos se organizan sobre la base de la
información que proviene de la ejecución presupuesta-
ria, se dice que su elaboración es ulterior a las accio-
nes realizadas por las instituciones públicas, en cuyo
caso brindan elementos de análisis importantes para
evaluar las metas y políticas gubernamentales.
D. TIPOS DE CLASIFICACIÓN
En el presente manual se adopta una estructura útil
para expresar las informaciones que se originan como
consecuencia de las transacciones que en materia de
recursos y gastos realizan las instituciones públicas. A
continuación se presentan los esquemas desarrolla-
dos.
1. Válidas para todas las transacciones
- Institucional
2. Recursos públicos
- Por rubros
3. Gastos públicos
- Por objeto
- Por finalidades y funciones
- Por categoría programática
- Por fuente de financiamiento
II. CLASIFICACIONES VÁLIDAS
PARA TODAS LAS TRANSACCIONES
II. CLASIFICACIONES VÁLIDAS PARA TODAS LAS
TRANSACCIONES
A. CLASIFICACIÓN INSTITUCIONAL
1. Concepto
La clasificación institucional ordena las transaccio-
nes públicas de acuerdo a la estructura organizativa
del sector público y refleja las instituciones y áreas
responsables a las que se asignan los créditos y re-
cursos presupuestarios y, consecuentemente, las que
llevarán adelante la ejecución de los mismos.
2. Finalidad
- Permite distinguir los diferentes niveles
institucionales encargados de la toma de decisiones,
respecto de la obtención de ingresos y de la realización
de gastos.
- Facilita el establecimiento de la responsabilidad
administrativa que tiene cada institución en todo el pro-
ceso presupuestario, ante quien jurídicamente aprueba
su presupuesto.
- Posibilita distinguir la tecnología institucional de
producción que emplea el organismo, para el logro de la
producción de bienes y servicios que constituyen su
razón de ser.
- Permite establecer las orientaciones del gasto
en función de la política gubernamental.
3. Aspectos generales
Se define a las jurisdicciones como organizaciones
públicas sin personalidad jurídica, que integran la Admi-
nistración Central y que representan a cada uno de los
poderes establecidos por la Constitución Provincial. En
tanto que los Organismos Descentralizados, las Institu-
ciones de Seguridad Social y las Empresas y Socieda-
des del Estado, son entidades que tienen personalidad
jurídica y patrimonio propio.
Para el ordenamiento institucional se ha adoptado
una codificación múltiple de diez dígitos numéricos divi-
didos en seis campos definidos según los siguientes
criterios:
a) El primer dígito corresponde al sector público
provincial no financiero
b) El segundo dígito incluye a la Administración Pro-
vincial y al sector de Empresas y Sociedades del Esta-
do.
c) El tercer dígito se asigna a los niveles que con-
forman la Administración Provincial (Administración
Central, Organismos Descentralizados y las Institucio-
nes de Seguridad Social) y a los tipos de Empresas y
Sociedades del Estado. En este sentido, se tiene un
código diferenciado para la Administración Central, los
Organismos Descentralizados, las Instituciones de Se-
guridad Social y cada tipo de Empresas y Sociedades
del Estado.
d) El cuarto y quinto dígito identifica a las jurisdic-
ciones.
e) El sexto y séptimo dígito corresponde a las juris-
dicciones auxiliares.
f) Los tres últimos dígitos corresponden a la nume-
ración correlativa asignada a las entidades públicas.
CLASIFICADOR INSTITUCIONAL
CATALOGO DE CUENTAS
CLASIFICADOR INSTITUCIONAL
1.0.0.00.00.000 SECTOR PUBLICO PROVINCIAL NO FINANCIERO
1.1.0.00.00.000 Administración Provincial
1.1.1.00.00.000 Administración Central
1.1.1.01.00.000 Poder Legislativo Provincial
1.1.1.02.00.000 Poder Judicial
1.1.1.03.00.000 Consejo de la Magistratura
1.1.1.04.00.000 Tribunal de Cuentas
1.1.1.05.00.000 Fiscalía de Estado
1.1.1.06.00.000 Contaduría General de la Provincia
1.1.1.08.00.000 Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos
1.1.1.10.00.000 Ministerio de Coordinación de Gabinete
1.1.1.14.00.000 Secretaría de Cultura
1.1.1.15.00.000 Secretaría de Trabajo
1.1.1.18.00.000 Secretaría de Justicia y Derechos Humanos
1.1.1.20.00.000 Ministerio de Gobierno
1.1.1.30.00.000 Ministerio de Economía y Crédito Público
1.1.1.40.00.000 Ministerio de la Familia y Promoción Social

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