Resolucion 386/2007 - Mep

Fecha de disposición11 Junio 2007
Fecha de publicación11 Junio 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31173

Que en este orden de ideas, laADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) dicta la Resolución DE N Nº 241/2006 a fin de incorporar la información remitida por el empleador por medio del Programa de Simplificación Registral a la Base Unica de Personas, al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, al Sistema Unico de Asignaciones Familiares y al Sistema de Reintegros de la ANSES.

Que ante la diversidad de casos presentados en el marco de la citada Resolución, resulta oportuno para ANSES instrumentar un mecanismo para prolongar la recepción de la operatoria en cuestión, a efectos de llevar adelante la carga de los datos de los trabajadores y sus vínculos familiares.

Que, en ese sentido, es misión fundamental de la seguridad social implementar mecanismos ágiles y actualizados para generar las bases de datos con información atinente a las personas, resguardando su identidad y sus relaciones.

Que, asimismo, es importante contar con un alto nivel de actualización sobre los datos de los trabajadores en su relación laboral y de sus vínculos familiares.

Que cabe recordar que la seguridad social tiene una doble finalidad: constituir una garantía de los derechos de los particulares y asegurar la pronta y eficaz satisfacción del interés general, mediante la adopción de medidas y decisiones necesarias, por los órganos de la Administración, sirviendo a su vez como protección jurídica para el particular.

Que la Gerencia deAsuntos Jurídicos ha tomado intervención, no encontrando objeciones a la norma propuesta emitiendo Dictamen Nº 34.292 de fecha 22 de febrero de 2007.

Que en consecuencia corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241, el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, y el Decreto Nº 106/03.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

Artículo 1º

Dispónese que los datos solicitados en el artículo 2º de la Resolución DE N Nº 241/ 2006, se considerarán presentados en término hasta el 31 de mayo de 2007 inclusive.

Art. 2º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. -- Sergio T. Massa.

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Resolución 346/2007

Créanse Oficinas Locales en diversos Departamentos de la Provincia del Chaco. Modifícase el Anexo II de la Resolución Nº 819/2002.

Bs. As., 6/6/2007

VISTO el Expediente Nº 0433541/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Nº 819 de fecha 4 de octubre de 2002, ambos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada en el Visto se crearon en el ámbito del Territorio Nacional,

TRESCIENTAS DIECISEIS (316) Oficinas Locales del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que la Dirección Nacional de Sanidad Animal propicia la creación de las Oficinas Locales de 'Taco Pozo' ubicada en el Departamento de Almirante Brown, 'Santa Sylvina' en el Departamento de Fray Justo Santa María de Oro, 'Tres Isletas', en el Departamento Maipú, y 'Colonia Elisa' ubicada en el Departamento Sargento Cabral, todas en la Provincia del Chaco, a los fines de una mejor y más armónica atención de la zona.

Que en razón de los resultados obtenidos en el desarrollo de los distintos planes sanitarios, corresponde brindar la apoyatura de servicios acorde a los requerimientos de los productores.

Que resulta necesario dotar de personal técnico y administrativo a las zonas mencionadas, según las acciones sanitarias a desarrollar, en concordancia con la producción pecuaria de la Provincia y las concentraciones de productores, como así también en lo referente a trámites administrativos y recaudaciones.

Que la medida propiciada está dirigida a lograr un aprovechamiento integral de los capitales humanos y los recursos económicos disponibles.

Que la Dirección Nacional de Coordinación Técnica, Legal y Administrativa y su dependiente;

la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros han prestado su conformidad.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 680 de fecha 1º de setiembre de 2003.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE.

Artículo 1º

Créanse las Oficinas Locales de 'Taco Pozo', ubicada en el Departamento Almirante Brown, 'Santa Sylvina' en el Departamento Fray Justo Santa María de Oro, 'Tres Isletas' en el Departamento Maipú y 'Colonia Elisa', ubicada en el Departamento Sargento Cabral; todas en la Provincia del Chaco, quedando en este acto, incorporadas al Anexo I de la Resolución Nº 819 de fecha 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, según se detalla en el Anexo I de la presente Resolución.

Art. 2º

Modifícase el Anexo II de la Resolución Nº 819 de fecha 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en lo referente al ámbito geográfico de la jurisdicción correspondiente a las Oficinas Locales de Taco Pozo, Santa Sylvina; Tres Isletas y Colonia Elisa todas en la...

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