Resolución Interna N° 3611 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 23 de Marzo de 2022 |
Emisor | Dirección de Catastro |
Fecha de la disposición | 21 de Marzo de 2022 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 61
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
EL SECRETARIO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE
LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- OTORGAR a la rma “CLARIPHY ARGENTINA S.A.”
(C.U.I.T 30-70966333-6) inscripta ante la Dirección General de Rentas en el
Impuesto sobre los Ingresos Brutos para las actividades promovidas con los
Códigos NAES N° 620104 y N° 721010, “Servicios de consultores en informá-
tica y suministros de programas de informática” e “Investigación y desarrollo
experimental en el campo de la ingeniería y la tecnología”, respectivamente, el
benecio de exención en el pago del Impuesto Inmobiliario, previsto en el Artí-
culo 3º inciso “d” de la Ley Nº 10.649 y su modicatoria, por los inmuebles afec-
tados al desarrollo de las actividades promovidas, empadronados ante la Di-
rección General de Rentas con las Cuentas N° 110140306321, 110140306312,
110140306347, 110140306355, 110140306401, 110140306363, 110140306398 y
110140306380, desde el 1° de enero del año siguiente a esta resolución y hasta
el día 30 de noviembre de 2024, pudiendo ser renovado en su oportunidad a
solicitud del interesado, mediante la presentación de la documentación respal-
datoria exigida por la normativa vigente.
Los benecios que por este instrumento se otorgan entrarán en vigencia
de conformidad y con las limitaciones establecidas en los artículos 1 a 6
del Decreto N° 193/2021.
Asimismo deberá considerarse en relación a los mencionados benecios
lo dispuesto en los artículos 181 y siguientes de la Resolución Normativa
N° 1/2021 y sus modicatorias de la Dirección General de Rentas.
ARTÍCULO 2.- COMUNÍQUESE, Notifíquese, Publíquese en el Boletín
Ocial, y archívese.
FDO: SEDEVICH FONS FEDERICO IVÁN, SECRETARIO DE NUEVAS TECNOLO-
GÍAS Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
Resolución Interna N° 3611
Córdoba, 21 de marzo de 2022
VISTO la Resolución Interna N° 3600 de fecha 7 de enero de 2019, por la
que se aprobó el revalúo general de todos los inmuebles de la Provincia
Y CONSIDERANDO
QUE, mediante trámites GOBDIGI-844197111-521 y 844197111-421 se
presentan dos reclamos por los valores asignados a dos inmuebles en la
zona periurbana de la localidad de Malagueño;
QUE, durante los años 2020 y 2021, ante algunos reclamos en el mis-
mo sector, se procedió a hacer una revisión de los valores rurales en la
misma zona;
QUE el equipo a cargo del Estudio Territorial Inmobiliario, luego de las
revisiones, produjo un informe de los análisis realizados, y como conse-
cuencia de los mismos, sugirió modicar el valor unitario para un grupo de
3 celdas de la grilla rural (compuesta de 652.727 celdas), lo que se aprobó
mediante Resolución Interna Nº 3609 de fecha 20 de julio de 2021;
QUE, ante los nuevos reclamos, el referido equipo sugiere aplicar el mismo
criterio para modicar el valor de un grupo de 6 celdas de la grilla rural.
POR TODO ELLO, en vir tud de los dispuesto por Artículos 6, 7 inc. g),
36, 37 y 44 de la Ley N° 10.454;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: APROBAR el Infor me Técnico del 2 de marzo de 2022
producido por el equipo de Estudio Territorial Inmobiliario, el que se adjunta
a la presente como anexo.
ARTÍCULO 2: RECTIFICAR los valores aprobados por resolución in-
terna N° 3600 de fecha 7 de enero de 2019, en 6 celdas del total de las
aprobadas, por los siguientes:
Celda (id) VUT 2019 ($/ha) al 100% Nuevo Valor ($/ha) al 100%
22264 $ 2.904.000 $ 122.000
22265 $ 1.700.000 $ 122.000
21651 $ 58.000 $ 36.000
21652 $ 89.000 $ 38.000
21653 $ 107.000 $ 42.500
21654 $ 138.000 $ 42.500
ARTÍCULO 3: DISPONER que los valores recticados por la presente
Resolución serán publicados en el sitio Web http://mapascordoba.cba.gov.
ar/ Geoportal de la Infraestructura de Datos Espaciales de la Provincia de
Córdoba (IDECOR, creada por Decreto 1075 del año 2013) y en el Sistema
de Información Terr itorial de la Provincia.
ARTÍCULO 4: ESTABLECER que, para los valores unitarios básicos
de la tierra libre de mejoras, se tomará el setenta por ciento (70 %) de los
valores jados en el Artículo 2 de la presente Resolución, los que tendrán
la misma vigencia que los recticados.
ARTÍCULO 5: Protocolícese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: GUSTAVO MARCELO GARCÍA, DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
ANEXO
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