Resolucion 235/2008 - Inet

Fecha de disposición28 Abril 2008
Fecha de publicación28 Abril 2008
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31393

Que la presente resolución se dicta en función de las facultades conferidas por el Artículo 21 del Decreto Nº 774/05.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA RESUELVE:

Artículo 1º

El costo que demanden las actividades de verificación y contralor de la operatoria del Régimen establecido por el Decreto Nº 774 de fecha 5 de julio de 2005, fijado en el UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5%), será abonado por los beneficiarios sobre el monto de reintegro que en cada proyecto sea aprobado por la Autoridad de Aplicación.

Art. 2º

La Dirección Nacional de Industria dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION verificará que los depósitos efectuados por este concepto no superen la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($ 240.000), por beneficiario y por año de ejecución de cada proyecto.

Art. 3º

Los montos de reintegro que sean aprobados al amparo del Régimen creado por el Decreto Nº 774/05, serán transferidos a sus beneficiarios con la condición que éstos acrediten previamente el pago aludido en el Artículo 1º de la presente resolución mediante la presentación de la correspondiente constancia de pago, la cual deberá ser incorporada en cada expediente administrativo.

Art. 4º

Los pagos por las actividades de verificación y contralor, deberán ser ingresados en la Delegación II de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, destacada en la sede de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del mencionado Ministerio.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Fernando J. Fraguío.

Instituto Nacional de Educación Tecnológica REGIMEN DE CREDITO FISCAL Resolución 235/2008

Apruébase el Procedimiento para la Presentación, Evaluación, Asignación y Rendición de Proyectos de Educación Trabajo, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal de la Ley Nº 22.317, para la asignación del cupo anual previsto por la Ley Nº 26.337, para el Ejercicio 2008.

Bs. As., 17/4/2008

VISTO la Ley Nº 22.317 y sus modificatorias y la Ley Nº 26.337 relativas al Régimen de Crédito Fiscal en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACION a través del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA, la Ley Nº 25.300 de Fomento de las MiPyMEs, y CONSIDERANDO:

Que resulta necesario establecer el procedimiento para la administración del Régimen de Crédito Fiscal de la Ley Nº 22.317, conforme el cupo anual establecido por la Ley Nº 26.337 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2008.

Que para ello, se han tenido en cuenta las experiencias recogidas durante los años 1999, 2001, 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Decreto Nº 1895/02, dispone expresamente que la Dirección Ejecutiva del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA, tiene la atribución de administrar el Régimen de la Ley Nº 22.317 del Crédito Fiscal, y fijar en consecuencia el procedimiento a tal fin.

Que el saldo del cupo anual fijado por la Ley 26.337 y cuya administración corresponde a este INSTITUTO dependiente del MINISTERIO DE EDUCACION asciende a la suma de PESOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS ($ 15.456.426).

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA RESUELVE:

Artículo 1º

Aprobar el Procedimiento para la Presentación, Evaluación, Asignación y Rendición de Proyectos de Educación Trabajo, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal de la Ley Nº 22.317, para la asignación del cupo anual previsto por la Ley Nº 26.337, para el ejercicio 2008, y que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- María R. Almandoz.

ANEXO I Ministerio de Educación INET Régimen de Crédito Fiscal Ley 22.317

Procedimiento para la Presentación, Evaluación y Ejecución de Proyectos de Educación - Trabajo - Tecnología Año 2008

  1. REGIMEN DE CREDITO FISCAL 1.1 Objetivo General del Régimen de Crédito Fiscal El Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET) a través del Régimen de Crédito Fiscal financia proyectos que vinculen la educación técnica con el empleo y el desarrollo tecnológico.

    Los proyectos tienen por objeto mejorar las condiciones de empleabilidad para estudiantes y miembros de la comunidad local mediante actividades conjuntas con instituciones del ámbito socioproductivo y educativo-tecnológico.

    1.2 Acceso al Régimen de Crédito Fiscal Las instituciones educativas deberán presentar hasta el día 30 de junio 2008 un proyecto patrocinado por una o más empresas, según las pautas establecidas en el presente Procedimiento.

    Aquellas instituciones educativas que no cuenten con patrocinante/s al momento de su presentación, podrán incorporarlo/s junto con la documentación respectiva hasta el día 29 de agosto 2008.

    Los establecimientos educativos no podrán participar en más de un proyecto como solicitantes.

    1.3 Condiciones de presentación Toda la documentación que integre la presentación deberá ser suscripta por el Director en el caso de escuelas de gestión pública o el representante legal y/o apoderado en el caso de instituciones educativas de gestión privada. En el supuesto de carecer de legajo en el INET o tenerlo desactualizado deberá acompañarse por los instrumentos que acrediten la representación invocada.

    No se aceptarán solicitudes sin la documentación mencionada en el presente Procedimiento.

    Todos los proyectos deberán ir acompañados de los formularios debidamente completados en papel y en soporte magnético (diskette, CD o correo electrónico).

    Los proyectos deberán ser presentados ante el INET - Régimen de Crédito Fiscal, Saavedra 789, piso 3º, sección Mesa de Entradas de RCF, Ciudad de Buenos Aires (1229), hasta el 30 de junio de 2008. Las solicitudes remitidas por correo considerarán válida la fecha que conste en el sello de envío.

    1.4 Asignación del cupo El saldo del cupo anual fijado por la Ley de Presupuesto Nacional 26.337, cuya administración corresponde al INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA, asciende a un TOTAL DE PESOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS ($ 15.456.426).

    Se asignará un importe mínimo y equivalente al 2% (dos por ciento) de dicho cupo a cada Jurisdicción en tanto cuenten con proyectos aprobados por ese monto mínimo...

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