Resolucion 632/2007 -incaa

Fecha de disposición11 Mayo 2007
Fecha de publicación11 Mayo 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31153
Art. 3º

Las erogaciones emergentes de la presente resolución se imputarán a la Jurisdicción 56, Programa 55, Partida 5.2.6., Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional, Presupuesto del Ejercicio 2007.

Art. 4º

Autorízase el pago a la UNIDAD DE GESTION OPERATIVAFERROVIARIADE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA del VEINTE POR CIENTO (20%) del presupuesto aprobado por el Artículo 1º de la presente resolución, en concepto de anticipo financiero.

Art. 5º

Autorízase a la UNIDAD DE GESTION OPERATIVAFERROVIARIADE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA a disponer de los fondos depositados en la Cuenta Corriente Nº 52.039/ 71 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo, con el fin de percibir hasta la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TRES ($ 249.603.-), más el Impuesto al Valor Agregado, en orden a lo establecido en los Artículos 4º y 5º del Acuerdo de Gerenciamiento Operativo de fecha 27 de octubre de 2004.

Art. 6º

Notifíquese a la UNIDAD DE GESTION OPERATIVAFERROVIARIADE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA.

Art. 7º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Ricardo R. Jaime.

Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales CINEMATOGRAFIA Resolución 632/2007

Apruébase el régimen para la adquisición de los derechos de exhibición para los proyectos documentales cuyo soporte de filmación sea digital y finalización en Beta, calidad Broadcasting Internacional. Cronograma de presentación. Requisitos.

Bs. As., 25/4/2007

VISTO la Ley 17.741 (t.o. 2001), y CONSIDERANDO:

Que se hace necesaria la adecuación de la normativa vigente atendiendo a la evolución tecnológica en las formas de producción, distribución y exhibición de realizaciones documentales.

Que el apoyo por parte del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES a las producciones audiovisuales en 35 mm se encuentra contemplado en la normativa vigente.

Que resulta procedente reconocer que es significativa la cantidad de realizaciones documentales cuyo soporte de filmación es digital finalizado en Beta con calidad Broadcasting Internacional.

Que se estima conveniente fomentar, también, a las realizaciones aludidas en el párrafo precedente.

Que se considera pertinente a los fines del fomento citado, adquirir los derechos para exhibición televisiva de los proyectos de realización audiovisual en otras formas distintas a las producciones destinadas a ser exhibidas en 35 mm.

Que es necesario establecer los requisitos y el procedimiento correspondiente a fin de hacer efectivo el fomento aludido en el párrafo anterior.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha dictaminado al respecto.

Que la presente medida es dictada por la suscripta en virtud de encontrarse ausente el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE y ARTES AUDIOVISUALES.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001).

Que corresponde dictar Resolución.

Por ello,

LA VICEPRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébese el régimen para la adquisición de los derechos de exhibición en el territorio nacional para proyectos...

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