Resolución General N° 60 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor29 de Junio de 2021
EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos - ERSEP
Fecha de la disposición18 de Junio de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 129
CORDOBA, (R.A.) MARTES 29 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución General N° 57
Córdoba, 27 de Mayo de 2021
Y VISTO: La necesidad de contar con un cuerpo de profesionales y técni-
cos que presten auxilio en las diversas tareas de inspección, constatación,
elaboración de informes y todas aquellas que - orientadas al cumplimiento
de su cometido – este Ente Regulador de los Servicios Públicos, cumple
sus delegaciones del interior de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 8835 – Carta del Ciudadano -, establece en el marco de
las competencias reconocidas al ERSeP las siguientes: “Artículo 25: (…)
d) Resolver las controversias que se susciten con motivo de la prestación
de los servicios regulados. e) Desarrollar acciones destinadas a mejorar
la calidad y eciencia de los servicios. (…) j) Resolver los reclamos de
los usuarios por deciencias en la prestación del servicio o fallas en la
facturación. (…) t) En general, realizar todos los demás actos que sean
necesarios para el buen ejercicio de la función reguladora y la satisfacción
de los objetivos de la presente Ley.”
Que, en este sentido, además de la atención presencial a los usua-
rios que el ERSeP brinda tanto en la sede central del ERSeP como en su
delegación de la Estación Terminal de Ómnibus de la Ciudad de Córdoba,
este organismo cuenta con delegaciones en diversas localidades de la Pro-
vincia (Río Cuarto, Villa María, Villa Dolores, Cruz del Eje, Jesús María,
Carlos Paz y San Francisco).
Que, para una adecuada intervención en la sustanciación de los re-
clamos interpuestos por los usuarios ante dichas delegaciones, así como
para prestar auxilio y colaboración en aquellas tareas de inspección u otra
naturaleza que deriven de los diversos procedimientos que tramitan en las
Gerencias del Organismo, surge la necesidad de implementar la modalidad
para el requerimiento de tales colaboraciones.
En consecuencia, cuando por razones de servicio, celeridad procesal
o la naturaleza del trámite, los señores Gerentes o responsables de Área
lo estimasen necesario, podrán requerir la colaboración de profesionales
o técnicos que se encuentren en las localidades próximas a las delegacio-
nes en las que se ha interpuesto el reclamo, o bien cuando habiéndose
iniciado de manera online, o de modo presencial en la ciudad de Córdoba,
los asuntos versen sobre prestadores, suministros u otras cuestiones que
correspondan al interior de la provincia.
Que, a tal n, deberán requerirlo de conformidad al procedimiento que
como Anexo Único forma parte de la presente, y que tendrá la correspon-
diente intervención del Área de RRHH, Personal y Sueldos a los nes del
control de tipo de tareas, horarios y la respectiva remuneración a abonar
en cada caso.
Que en virtud del art. 1° de la Resolución General ERSeP Número
Uno de fecha 8/05/2001 (modicada por Resolución General ERSeP Nº
06/04), el Directorio del ERSeP “... dictará Resoluciones Generales en los
casos de disposiciones de alcance general y de aplicación interna y exter-
na, operativas, reglamentarias o interpretativas de la Ley de su creación
o de los marcos regulatorios de los servicios públicos y concesiones de
obra pública bajo su control, como también cuando se tratara de pautas de
aplicación general atinentes a su funcionamiento y organización ....
Que por todo lo expuesto, normas citadas y en el marco de las fa-
cultades conferidas por los artículos 21 y siguientes de la Ley N.º 8835
– Carta del Ciudadano-, el Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS (ERSeP),
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: AUTORÍZASE a los Sres. Gerentes y Responsables de
Área, a requerir el auxilio de profesionales o técnicos, según el caso para
la realización de tareas especícas, que por la naturaleza de la cuestión
o para la sustanciación del trámite deban cumplirse en localidades del in-
terior de la Provincia de Córdoba, para lo cual deberán ceñirse al procedi-
miento que obra como Anexo Único a la presente.
ARTICULO 2°: APRUÉBASE el “Procedimiento para requer ir el auxilio
de profesionales o técnicos para la realización de tareas especícas en
localidades del interior de la Provincia de Córdoba” que como Anexo Único
forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 3°: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Ocial de
la Provincia de Córdoba, hágase saber y dése copia.
FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - JOSÉ LUIS SCARLATTO, VICE-
PRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VOCAL - WALTER SCAVINO, VOCAL
- FACUNDO CARLOS CORTES, VOCAL
ANEXO
Resolución General N° 60
Córdoba, 18 de junio de 2021.-
Y VISTO: El Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 469, de fecha vein-
tiocho de mayo de 2021, publicado en el Boletín Ocial de la Provincia de
Córdoba con fecha 29 de mayo de 2021.
Y CONSIDERANDO:
I) Que la Ley provincial Nº 8835 -Carta del Ciudadano- en su artículo
Nº 22, bajo el acápite de Jurisdicción establece “El ERSeP tendrá como
cometido la regulación de todos los servicios públicos que se presten en
el territorio provincial…”, por otra parte el artículo Nº 25 dentro del acápite
Competencias, que corresponde al ERSeP “a) Cumplir y hacer cumplir la
presente ley y sus reglamentos, como así también las normas reguladoras
(...) e) Desarrollar acciones destinadas a mejorar la calidad y eciencia de
los servicios (...) t) En general, realizar todos los demás actos que sean
necesarios para el buen ejercicio de la función reguladora y la satisfacción
de los objetivos de la presente ley.”.
II) Que el Poder Ejecutivo Provincial, por medio del Decreto Nº

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