Resolución General N° 48
Emisor | Ente regulador de los servicios públicos |
Fecha de la disposición | 26 de Octubre de 2016 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
17
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 212
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS
PÚBLICOS - (E.R.Se.P.)
Resolución General N° 47
Córdoba, 26 de Octubre de 2016.-
Y VISTO:
El expediente N° 0521-006504/2005, donde lucen agregadas las actua-
ciones del Departamento de Administración y Economía de este Organis-
mo, que expresa la necesidad de implementar un nuevo “REGLAMENTO
PARA LA ADQUISICIÓN Y CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
DEL ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS”, régimen de
contrataciones conforme al proyecto que como Anexo Único forma parte
de la presente.
Y CONSIDERANDO:
I) Que el “Reglamento para la adquisición y contratación de bienes y servi-
cios del Ente Regulador de los Servicios Públicos”, se implementó en base
a la normativa que rige la materia en el orden provincial.
Que con fecha 17/10/16 el Departamento de Administración y Economía
eleva propuesta al Directorio propiciando la sanción de un nuevo régimen
de contrataciones.
Que las modicaciones propuestas aspiran a implementar un procedimien-
to con mayor agilidad, celeridad y eciencia en función de los distintos pro-
cedimientos implementados para las compras y contrataciones de bienes
y servicios de este Organismo.
II. Así las cosas, no se advierten obstáculos para la adopción de un nuevo
régimen de contrataciones, toda vez que los términos y el alcance de la
modicación promovida en autos no implica menoscabo alguno a los prin-
cipios de concurrencia, igualdad y publicidad que deben orientar las con-
trataciones en el ámbito público, a la vez que resulta similar a la normativa
provincial que rige la materia.
III) Que en virtud del art. 1° de la Resolución General ERSeP Número Uno
de fecha 8/05/2001 (modicada por Resolución General ERSeP Nº 06/04),
el Directorio del ERSeP “... dictará Resoluciones Generales en los casos de
disposiciones de alcance general y de aplicación interna y externa, operati-
vas, reglamentarias o interpretativas de la Ley de su creación o de los mar-
cos regulatorios de los servicios públicos y concesiones de obra pública
bajo su control, como también cuando se tratara de pautas de aplicación
general atinentes a su funcionamiento y organización ....”
Por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los artí-
culos 21 y siguientes de la Ley Nº 8835 - Carta del Ciudadano-, el Hono-
rable Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
(E.R.Se.P.),
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APRUÉBASE el “Reglamento para la Adquisición y Contrata-
ción de Bienes y Servicios del Ente Regulador de los Servicios Públicos
(ERSeP)” el que, como Anexo Único, en cuatro (4) fojas, se integra a la
presente resolución.
Artículo 2°: SE DÉJA SIN EFECTO, Las resoluciones 3/2008, 8/2012 y
19/2016, como así toda disposición que se oponga a la presente.
Articulo 3°: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Ocial de la Pro-
vincia, hágase saber y dése copia.
FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VI-
CEPRESIDENTE - ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR - WALTER SCAVINO,
DIRECTOR - FACUNDO CARLOS CORTES, DIRECTOR - MARÍA FERNANDA LEI-
VA, DIRECTOR
Anexo: https://goo.gl/IV9hmi
Resolución General N° 48
Córdoba, 26 de Octubre de 2016.-
Y VISTO:
El Expediente N° 0521-051476/2016 en el cual el Área de Antenas de Tele-
fonía Celular, solicita la Actualización del valor de la UNIDAD ECÓNOMICA
Y/O UNIDAD DE MULTA, en el marco de la Ley N°: 9055 – Ley de Control
de Contaminación Ambiental por Radiación Electromagnética de Antenas
de Telefonía Celular”, Resolución General ERSeP N° 4/2011, Resolución
General ERSeP N° 9/2011.-
Y CONSIDERANDO:
I) Que mediante la Ley N° 8835 – Carta del Ciudadano – se crea el Ente
Regulador de los Servicios Públicos – en adelante el ERSeP, con carácter
de ente autárquico, personería jurídica de derecho público, con capacidad
para actuar pública y privadamente, individualidad nanciera y patrimonio
propio.
II) Que los artículos 4 y 5 de la Resolución General ERSeP N° 4 estable-
cen, respectivamente, el valor de la Unidad de Multa (UM) y de la Unidad
Economica (UE) a los nes de la aplicación de la Ley en “…el equivalente
en pesos a Veinte (20) minutos de comunicación telefónica celular local
mediante línea prepaga en horario pico, valor a consumidor nal para la
Ciudad de Córdoba….”
Asimismo, en sus últimos párrafos disponen que dicho valor “…podrá ser
modicado por este ERSeP, a cuyo efecto será necesario el dictado de
la Resolución pertinente.” La misma Resolución General en su artículo 8,
prescribe que: “…..Previo informe de la Gerencia de Costos y Tarifas los
jará en base al mayor precio de plaza, de entre los establecidos por las
prestadoras, del minuto de comunicación telefónica celular local mediante
línea prepaga en horario pico, valor a consumidor nal para la Ciudad de
Córdoba. A tales nes se tendrá en cuenta los precios publicados por las
empresas prestadoras mediante distintas formas de comunicación con el
Usuario. (Página Web, Publicidades Grácas, etc.)”.-
III) Que desde el Área de Antenas de Telefonía Celular de este Organismo,
se solicitó un Informe Técnico al Área de Costos y Tarifas, atento el mar-
co normativo vigente, el tiempo transcurrido desde la última actualización,
año 2011. Por lo que se considera prudente, oportuna y necesaria la actua-
lización de los valores de referencia.
IV) Que el Área de Costos y Tarifas expide informe Técnico N° 065/2016 de
fecha 24 de Agosto de 2016, en cuyas conclusiones enuncia que: “Se ha
utilizado a los nes de este estudio, la información actual publicada por las
páginas web de cada una de las prestadoras, en relación a sus planes pre-
pagos para la Ciudad de Córdoba. En base al estudio tarifario realizado, es
sugerencia de esta Área se aplique el valor actualizado de $6.55 como pre-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba