Resolución General N° 48

EmisorEnte regulador de los servicios públicos
Fecha de la disposición26 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 212
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS
PÚBLICOS - (E.R.Se.P.)
Resolución General N° 47
Córdoba, 26 de Octubre de 2016.-
Y VISTO:
El expediente N° 0521-006504/2005, donde lucen agregadas las actua-
ciones del Departamento de Administración y Economía de este Organis-
mo, que expresa la necesidad de implementar un nuevo “REGLAMENTO
PARA LA ADQUISICIÓN Y CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
DEL ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS”, régimen de
contrataciones conforme al proyecto que como Anexo Único forma parte
de la presente.
Y CONSIDERANDO:
I) Que el “Reglamento para la adquisición y contratación de bienes y servi-
cios del Ente Regulador de los Servicios Públicos”, se implementó en base
a la normativa que rige la materia en el orden provincial.
Que con fecha 17/10/16 el Departamento de Administración y Economía
eleva propuesta al Directorio propiciando la sanción de un nuevo régimen
de contrataciones.
Que las modicaciones propuestas aspiran a implementar un procedimien-
to con mayor agilidad, celeridad y eciencia en función de los distintos pro-
cedimientos implementados para las compras y contrataciones de bienes
y servicios de este Organismo.
II. Así las cosas, no se advierten obstáculos para la adopción de un nuevo
régimen de contrataciones, toda vez que los términos y el alcance de la
modicación promovida en autos no implica menoscabo alguno a los prin-
cipios de concurrencia, igualdad y publicidad que deben orientar las con-
trataciones en el ámbito público, a la vez que resulta similar a la normativa
provincial que rige la materia.
III) Que en virtud del art. 1° de la Resolución General ERSeP Número Uno
de fecha 8/05/2001 (modicada por Resolución General ERSeP Nº 06/04),
el Directorio del ERSeP “... dictará Resoluciones Generales en los casos de
disposiciones de alcance general y de aplicación interna y externa, operati-
vas, reglamentarias o interpretativas de la Ley de su creación o de los mar-
cos regulatorios de los servicios públicos y concesiones de obra pública
bajo su control, como también cuando se tratara de pautas de aplicación
general atinentes a su funcionamiento y organización ....
Por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los artí-
culos 21 y siguientes de la Ley Nº 8835 - Carta del Ciudadano-, el Hono-
rable Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
(E.R.Se.P.),
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APRUÉBASE el “Reglamento para la Adquisición y Contrata-
ción de Bienes y Servicios del Ente Regulador de los Servicios Públicos
(ERSeP)” el que, como Anexo Único, en cuatro (4) fojas, se integra a la
presente resolución.
Artículo 2°: SE DÉJA SIN EFECTO, Las resoluciones 3/2008, 8/2012 y
19/2016, como así toda disposición que se oponga a la presente.
Articulo 3°: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Ocial de la Pro-
vincia, hágase saber y dése copia.
FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VI-
CEPRESIDENTE - ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR - WALTER SCAVINO,
DIRECTOR - FACUNDO CARLOS CORTES, DIRECTOR - MARÍA FERNANDA LEI-
VA, DIRECTOR
Anexo: https://goo.gl/IV9hmi
Resolución General N° 48
Córdoba, 26 de Octubre de 2016.-
Y VISTO:
El Expediente N° 0521-051476/2016 en el cual el Área de Antenas de Tele-
fonía Celular, solicita la Actualización del valor de la UNIDAD ECÓNOMICA
Y/O UNIDAD DE MULTA, en el marco de la Ley N°: 9055 – Ley de Control
de Contaminación Ambiental por Radiación Electromagnética de Antenas
de Telefonía Celular”, Resolución General ERSeP N° 4/2011, Resolución
General ERSeP N° 9/2011.-
Y CONSIDERANDO:
I) Que mediante la Ley N° 8835 – Carta del Ciudadano – se crea el Ente
Regulador de los Servicios Públicos – en adelante el ERSeP, con carácter
de ente autárquico, personería jurídica de derecho público, con capacidad
para actuar pública y privadamente, individualidad nanciera y patrimonio
propio.
II) Que los artículos 4 y 5 de la Resolución General ERSeP N° 4 estable-
cen, respectivamente, el valor de la Unidad de Multa (UM) y de la Unidad
Economica (UE) a los nes de la aplicación de la Ley en “…el equivalente
en pesos a Veinte (20) minutos de comunicación telefónica celular local
mediante línea prepaga en horario pico, valor a consumidor nal para la
Ciudad de Córdoba….”
Asimismo, en sus últimos párrafos disponen que dicho valor “…podrá ser
modicado por este ERSeP, a cuyo efecto será necesario el dictado de
la Resolución pertinente.” La misma Resolución General en su artículo 8,
prescribe que: “…..Previo informe de la Gerencia de Costos y Tarifas los
jará en base al mayor precio de plaza, de entre los establecidos por las
prestadoras, del minuto de comunicación telefónica celular local mediante
línea prepaga en horario pico, valor a consumidor nal para la Ciudad de
Córdoba. A tales nes se tendrá en cuenta los precios publicados por las
empresas prestadoras mediante distintas formas de comunicación con el
Usuario. (Página Web, Publicidades Grácas, etc.)”.-
III) Que desde el Área de Antenas de Telefonía Celular de este Organismo,
se solicitó un Informe Técnico al Área de Costos y Tarifas, atento el mar-
co normativo vigente, el tiempo transcurrido desde la última actualización,
año 2011. Por lo que se considera prudente, oportuna y necesaria la actua-
lización de los valores de referencia.
IV) Que el Área de Costos y Tarifas expide informe Técnico N° 065/2016 de
fecha 24 de Agosto de 2016, en cuyas conclusiones enuncia que: “Se ha
utilizado a los nes de este estudio, la información actual publicada por las
páginas web de cada una de las prestadoras, en relación a sus planes pre-
pagos para la Ciudad de Córdoba. En base al estudio tarifario realizado, es
sugerencia de esta Área se aplique el valor actualizado de $6.55 como pre-

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