Resolución General N° 41 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor16 de Junio de 2022
EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos - ERSEP
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXC - Nº 122
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 16 DE JUNIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Resolución General N° 41
Córdoba, 01 de junio de 2022.-
Ref.: Expte. N° 0521-063554/2022/R10.-
Y VISTO: Que vienen las presentes actuaciones vinculadas con la pre-
sentación promovida por la prestadora del Servicio de Agua Potable y Sa-
neamiento Cooperativa de Obras y Servicios Públicos y Sociales de Los
Surgentes Limitada, por la cual solicita incrementar en un 94,51% para
el servicio de agua y de un 49,14 % para el servicio de cloacas la tarifa,
aduciendo un incremento en los costos del servicio.-
Y CONSIDERANDO:
Voto del Presidente, Mario A. Blanco, y de los Vocales, Jose Luis Scarlatto,
Luis A. Sanchez y Walter Scavino
Que atento a la normativa vigente corresponde al ERSeP el tratamiento
de la cuestión planteada. En efecto, el artículo 22 de la Ley Nº 8835 –Carta
del Ciudadano- dispone “El ERSeP tendrá como cometido la regulación de
todos los servicios públicos que se presten en el territorio provincial, con
excepción de los de carácter nacional y los municipales que no excedan el
ámbito de un solo municipio o comuna (...)”.-
Que por su parte, el artículo 25 inciso h) del cuerpo legal precitado es-
tablece que es competencia de este Organismo, Aprobar las modicaciones,
revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a cargo
de los prestadores (...)”; como así también (Art. 25, inc g):”Controlar el cum-
plimiento de los planes de mejora y expansión de los servicios y de los de
inversión, operación y mantenimiento, a cargo de los prestadores.
Que asimismo resulta aplicable al caso el marco normativo que rige la
materia, esto es el Decreto Nº 529/94 -Marco Regulador de los Servicios
Públicos de Agua Potable y Desagües Cloacales en la Provincia de Cór-
doba-, el Decreto 4560–C–1955– Reglamentación de Servicios Sanitarios
por Particulares y demás reglamentación contemplada en los mismos.-
Que así el decreto 529/94, en su artículo 2 –Ámbito de Aplicación-
establece: “Se dene como ámbito de aplicación a todo el territorio de la
Provincia de Córdoba”, ámbito servido de la prestadora presentante, y en
su artículo 5 -Alcances de la Normativa- dispone: “Este Marco Regulador
es de cumplimiento obligatorio para la prestación de los Servicios Públicos
de Agua Potable y Desagües Cloacales en el ámbito de aplicación denido
en el Artículo 2. Rigen igualmente “(…) Los decretos, reglamentos y orde-
nanzas de carácter provincial o municipal, vigentes al momento de la pro-
mulgación de este Marco Regulador continuarán en vigor en todo aquello
que no se oponga al mismo, del que constituirán normativa supletoria”.-
Que por su parte, los artículos 35 a 43 del Decreto 529/94 –Modica-
ciones de Precios y Tarifas - establecen que los precios y tarifas podrán
sufrir ajustes derivados de cambios en las condiciones de prestación y los
distintos criterios del Régimen Económico de la Prestación de los Servicios
en un todo concordante con lo prescripto por la ley 8836.-
Que por su parte el Honorable Directorio en el Expediente N°0521-
050276/2016 con fecha 13 de marzo de 2016, dicta Resolución Número
14/2016 que en su Artículo 1 y 2 dispone “ARTÍCULO 1°: APRUEBASE
el Régimen Tar ifario Único de los prestadores de Agua Potable y Sanea-
miento de la Provincia de Córdoba, conforme los términos del Anexo I de
la presente Resolución. ARTÍCULO 2°: APRUEBASE la Estructura Tarifaria
Única para los Cuadros Tarifarios de los prestadores abarcados por el pre-
sente régimen conforme lo previsto en el Anexo II de esta Resolución (…)”
Que a los nes de fundamentar el pedido de Revisión Tarifaria se agrega,
en el presente Referente, documentación acompañada por la prestadora men-
cionada, entre la que se cuenta: a) Análisis y fundamentación del incremento
de costos y b) información relativa a ingresos y costos, y demás documentación
a los nes de cumplimentar con lo previsto por el Artículo 2 de la Resolución
General ERSeP N° 14/2016 requerida a los nes de la evaluación.-
Que en relación a lo anterior se puede destacar que obra en autos la
siguiente documental a saber: a) Presentaciones efectuadas por la Coope-
rativa de Obras y Servicios Públicos y Sociales de Los Surgentes Limitada
por la que solicita la recomposición de la tarifa, aduciendo incremento de
costos operativos 18 de marzo de 2022, 21 de marzo de 2022, 13 de Abril
de 2022, 09 de mayo de 2022 y 10 de mayo de 2022, b) Infor me Técnico
N° 52/2022 del Área de Costos y Tarifas c) Copia de la Resolución General
ERSeP N° 33/2021 de fecha 28 de abril de 2021; y d) Copia de la Resolu-
ción ERSeP N° 754 de fecha 23 de marzo de 2022, por la que se dispuso
en su artículo primero: “……CONVÓCASE a Audiencia Pública para el día
13 de Abril de 2022, según lo detallado en el Anexo I, a los nes del trata-
miento de las solicitudes de revisión tarifaria de las prestadoras de los Ser-
vicios de Agua Potable y Desagües Cloacales de la Provincia de Córdoba,
a saber: (….) 10) Cooperativa de Obras y Servicios Públicos y Sociales de
Los Surgentes Limitada ( …)”.-
Que por su parte, el artículo 20 de la Ley Nº 8835, según modicación
introducida por la Ley Nº 9318, dispone que la autoridad regulatoria deberá
convocar a audiencia pública “(…) Cuando el informe o tratamiento se rela-
cione con la modicación de los cuadros tarifarios de los servicios públicos,
en forma previa a su implementación (...)”.-
Que en vir tud de la norma señalada, se da cumplimiento a los recaudos
legales establecidos para el referido procedimiento, según las disposiciones
contenidas en el Reglamento General de Audiencias Públicas aprobado por
Resolución General E.R.Se.P. N° 60/2019; a saber: Publicación en el Boletín
Ocial de la convocatoria a audiencia pública (Resolución ERSeP 754/2022),
Constancias de difusión mediante avisos en diarios de circulación provincial
y regional; Solicitudes de inscripción y listado de participantes; Acta de au-
diencia, trascripción literal de la misma e Informe al Directorio.-
Que producida la audiencia, se da cumplimiento a lo previsto por el
art. 18 del Reglamento General de Audiencias Públicas aprobado por la
referida Resolución General.
Que en las presentes actuaciones, la prestadora presenta solicitud de
incremento tarifario en un 94,51% para el servicio de Agua y 49,14% para
el servicio de cloacas en función de los incrementos de los costos operati-
vos del servicio. Asimismo, en la Audiencia Publica llevada a cabo el 13 de
Abril de 2022, la Cooperativa ratica su solicitud.-
Que analizado el pedido por el Área de Costos y Tarifas la misma se
expide mediante Informe Técnico N° 52/2022 en el sentido de que: “(…) El
período de costos analizado para el análisis retrospectivo, comprende los
meses desde diciembre de 2020 a diciembre 2021 atento a que la última
revisión tarifaria consideró la variación de costos para el período noviem-
bre de 2019 a diciembre de 2020 (…)”
Que continua el informe del Área de Costos armando que: “ (…) Respecto
de la solicitud pretendida por la prestadora se debe aclarar que la presente revi-
sión contempla solo los incrementos del año 2021, y no considera la proyección
de costos para el período 2022/2023 como lo requiere la prestadora.
Asimismo, dentro del porcentaje pretendido se considera un excedente
de costos para futuras inversiones que asciende al 20,00%, montos que
deben analizarse dentro un cargo por amortización e inversiones. Conside-
ra además una pérdida extraordinaria que asciende a $1.260.106.39, que
es el 16,19% del total de costos de agua y saneamiento declarados en la
planilla de costos.

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