Resolución General N° 4

EmisorEnte regulador de los servicios públicos
Fecha de la disposición28 de Enero de 2016
AÑO CIII - TOMO DCXIV - Nº 23
CORDOBA, (R.A.), LUNES 1° DE FEBRERO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS1a
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Artículo 1º: RECTIFICASE el artículo primero de la Resolución 38/2015 el
que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º: APROBAR un incremento del 26,26% sobre los valo-
res tarifarios correspondiente a la prestadora del Servicio de Agua
Potable Cooperativa Aguas Ltda. en los términos propuestos en
el informe técnico de la Unidad de Costos y Tarifas, resultando
de aplicación el cuadro tarifario que se agrega como Anexo I a la
presente,- El mismo empezará a regir a partir de los consumos
registrados a partir del primero de enero de 2016.-
Artículo 2°: PÓNGASE EN CONOCIMIENTO del Poder Concedente el
Incremento Tarifario aprobado a los nes pertinentes.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese y dése copias.-
DR. MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE / LUIS ANTONIO SANCHEZ, VI-
CEPRESIDENTE / ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR / FACUNDO CARLOS
CORTES, DIRECTOR
Anexo: http://goo.gl/C691EX
Resolución General N° 4
Córdoba, 28 de Enero de 2016,-
VISTO:
La necesidad de establecer dentro de la estructura del Ente Regulador de
los Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba (ERSeP) en el carácter
de “Área” a la Mesa General de Entradas la que actualmente depende de
la Secretaría de Directorio del ERSeP (Conforme Resolución General N°
02/2012 y Reglamento Interno de Directorio aprobado por Acta 43/2004).
Y CONSIDERANDO:
Que el ERSeP ha sido creado y se encuentra regido por la Carta del
Ciudadano (artículos 21 a 33 de la Ley N° 8835), con carácter de organis-
mo autárquico con personalidad jurídica de derecho público del Estado
Provincial y capacidad para actuar pública y privadamente, individualidad
nanciera y patrimonio propio.
Que a tenor de la normativa citada, el ERSeP se da su propia orga-
nización interna y aprueba su estructura orgánica (artículos 21 y 30 de la
Ley 8835). Asimismo, entre las atribuciones del Directorio, se cuenta la de
incorporar al personal del Organismo, jándole sus funciones y remunera-
ciones (artículo 28 inc. d) de la Ley N° 8835).
Conforme lo prescripto por el art. 28 inc. “C” (Ley N° 8835), dice: “EL
Directorio del ERSeP tendrá las siguientes atribuciones: … c) Establecer la
estructura orgánica de acuerdo con la presente Ley y dictar las normas de
procedimiento interno.
Que la Mesa General de Entradas se ubicará a los efectos del orde-
namiento legal como Titulo IV, Capitulo 8 de la Resolución General N°
02/2012, la cual se modica en el sentido que expresan los artículos que
más abajo se disponen.
Que por otra parte, a efectos de mantener la coherencia y claridad en
la estructura orgánica vigente, resulta necesario modicar las disposicio-
nes contenidas en el artículo 3 de la referida Resolución N° 2/2015, como
así también el Reglamento Interno del Directorio aprobado por Acta N°
43/2004 en su articulo 16, el que quedará suprimido.
Por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los
artículos 21 y siguientes de la Ley Nº 8835 – Carta del Ciudadano,
el Honorable Directorio del
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (ERSeP),
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: INCORPÓRESE a continuación del Capitulo 7 del Titulo IV
de la Resolución General N° 2/2012 “Estructura Orgánica ERSeP”, de fecha
18/01/2012, publicada en el Boletín Ocial de la Provincia de Córdoba con
fecha 14/03/2012, el “Capitulo 8 – Área Mesa General de Entradas”, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
“CAPITULO 8
ÁREA MESA GENERAL DE ENTRADAS
Art. 36 BIS) CREACION: Créase dentro de la estructura orgáni-
ca del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP), el Área
“Mesa General de Entradas”, conforme con las siguientes disposi-
ciones.
Art. 36 TER) FUNCION: El “Área Mesa General de Entrada” ten-
drá a su cargo la reaceptación de documentación tanto interna
como externa; llevar el archivo electrónico de la documentación;
confeccionar y distribuir noticaciones; diligenciar ocios judiciales;
receptar y distribuir el correo; Caratular, tipicar, registrar y distri-
buir los trámites a las diferentes áreas y delegaciones del interior e
informar al público sobre el trámite en particular.
Art. 36 QUATER) INTEGRACIÓN: La Mesa General de Entradas
dependerá del Departamento de Administración y Economía del
ERSeP y se integrará con el personal que se asigne.
ARTÍCULO 2: MODIFICÁSE el artículo 3 de la Resolución General N°
2/2012 “Estructura Orgánica ERSeP”, de fecha 18/01/2012, publicada en
el Boletín Ocial de la Provincia de Córdoba con fecha 14/03/2012, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 3) El Directorio será asistido por un Secretario (art. 30 de la ley
8835), quien tendrá las responsabilidades que le asigne el Regla-
mento Interno del Directorio.
ARTÍCULO 3: SUPRÍMASE el artículo 16 del Reglamento Interno del Di-
rectorio aprobado por Acta N° 43/2004.
ARTÍCULO 4: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Ocial de la
Provincia de Córdoba, hágase saber y dése copia.-
DR. MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE / LUIS ANTONIO SANCHEZ, VI-
CEPRESIDENTE / ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR / FACUNDO CARLOS
CORTES, DIRECTOR
Ciudadano Digital de nivel 2 (Vericado)
Presentarse por única vez en alguno de los Centros de
Constatación de Identidad (CCI) con su DNI, y la constancia de Cuil.

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