Resolución General Nº 600/2012

Fecha de disposición24 Enero 2012
Fecha de publicación01 Febrero 2012
SecciónResoluciones Generales

Bs. As., 24/1/2012

VISTO el Expediente Nº 3011/2011 rotulado “TRANSPORTISTAS Y DISTRIBUIDORAS DE GAS S/CONSULTA SOBRE APLICACION DE CINIIF 12”, y

CONSIDERANDO:

Que diversas sociedades emisoras, cuya actividad es la del transporte y distribución de gas natural, han consultado sobre si corresponde o no la aplicación, en sus estados financieros, de la Interpretación Nº 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios” (CINIIF 12) emitida por el Comité de Interpretación de Normas Internacionales de Información Financiera (CINIIF) del CONSEJO DE NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD o INTERNATIONAL ACCOUNTING STANDARDS BOARD (IASB).

Que dicha consulta fue trasladada a la Comisión Interinstitucional creada por esta COMISION NACIONAL DE VALORES junto con la FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS y la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES para el análisis de consultas relativas a la implementación de las NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA (NIIF).

Que dicha Comisión Interinstitucional, además de analizar la presentación efectuada, revisó todo el material técnico relacionado y los antecedentes del caso.

Que el concepto central para definir la aplicabilidad de la CINIIF 12, es el de la situación de control por la concedente de cualquier participación residual significativa en la infraestructura operada por el licenciatario al final del plazo del acuerdo de concesión o licencia, sobre el cual si bien la Interpretación o los documentos que la acompañan contienen una serie de consideraciones, la aplicación de éstas a las condiciones de la operación de la industria del gas en la REPUBLICA ARGENTINA hacen muy complejo el balanceo y la asignación de un peso relativo a cada uno de los argumentos a favor y en contra de tal aplicabilidad.

Que para las sociedades transportistas y distribuidoras de gas que están en la oferta pública no es una solución apropiada que la mejor aplicación de la Interpretación se efectúe a nivel individual, imponiéndose una interpretación generalizada.

Que en tal sentido, la Comisión Interinstitucional ha expresado que considera necesario seguir profundizando la evaluación de todas las cuestiones en juego, para lo cual requiere un tiempo adicional dada la complejidad del tema.

Que por tal razón, la Comisión Interinstitucional ha sugerido a la COMISION NACIONAL DE VALORES excluir temporalmente por el plazo de un año, a las sociedades licenciatarias de la prestación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR