Resolución General N° 33 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorEnte regulador de los servicios públicos
Fecha de la disposición26 de Julio de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
8
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXI - Nº 147
CORDOBA, (R.A.), LUNES 31 DE JULIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Del análisis resulta que las inversiones comprometidas por Cargo Tarifario
se han nalizado, mostrando un avance físico del 100%. En resumen, se
han invertido en el período Enero 2016 – Diciembre 2016 $190.564,29 de
$135.254,34 presupuestados, siendo el monto desestimado por parte del
ERSeP de $11.790,80. (…)”.-
Que agrega “(…) La Prestadora Rosario de Punilla S.A., propone el plan
de inversiones analizado anteriormente, cuyo contenido ha sido valorado
por el Área Técnica de la Gerencia de Agua y Saneamiento, adecuando el
mismo a las necesidades actuales y proyectadas del sistema, obtenien-
do un presupuesto estimado en $574.111,44 sin I.V.A. (pesos quinientos
setenta y cuatro mil ciento once con cuarenta y cuatro centavos), que se
resume en el Listado de Inversiones Prioritarias Anexo II. Se concluye que
estas obras son de carácter prioritario para el servicio desde el punto de
vista técnico, por lo que se propicia que las mismas sean incorporadas
para su ejecución por Cargo Tarifario vigente. Asimismo, y sin perjuicio de
lo anterior, se remarca que la actualización de los planos y memorias de
cálculo hidráulicas de las obras en curso y de los proyectos nuevos, no
obran en el presente trámite por lo cual deberán ser presentados para el
seguimiento de la obra, completando la rendición bimestral requerida. Del
balance ingresos – egresos por Cargo Tarifario para el período Enero de
2016 a Diciembre de 2016, resulta que el prestador nalizó las inversiones
propuestas, sin disponibilidad de fondos remanentes. Por lo expuesto ante-
riormente, la recaudación por obras para el nuevo periodo a autorizar es de
$574.111,44 sin I.V.A., resultando un valor por usuario de $20,14, durante
un periodo de 12 meses desde Julio de 2017. (…)”.-
Que atento a todo ello, según las constancias obrantes en nuestros regis-
tros, las Áreas Técnicas concluyen: “(…) 2 - De acuerdo a la evaluación
realizada sobre el plan de obras aprobadas en el Artículo N° 2 de la Re-
solución General ERSeP N° 36/2015, se expone el Listado de Inversiones
Prioritarias como ANEXO II del presente. (…)”.-
Que por otra parte, el Informe Técnico Conjunto N° 48/2017 sostiene “(…)
Finalmente, se detectó que en el caso de los usuarios residenciales sin
medición el cuadro tarifario vigente no fue aplicado correctamente, dado
que el monto denido para esa categoría de usuarios ya incluye un monto
por un consumo presuntivo por 25m3 por lo que no deben ser cobrados por
separado. Es sugerencia se solicite a la Prestadora, proceda a reintegrar
los montos cobrados de más a estos usuarios desde el momento de la
aplicación de la última aprobación de modicación tarifaria, donde se esta-
blece el cuadro tarifario basado en la Estructura Tarifaria Única denida en
la Resolución General ERSeP N°14/2016.(…)”.-
Que en consecuencia, corresponde ordenar a la prestadora Rosario de
Punilla S.A. que proceda a refacturar a los usuarios residenciales no me-
didos eliminando el concepto “consumo estimado” y reintegrar lo que hu-
biere percibido en demasía, desde la vigencia de la Resolución General
N° 28/2016.-
Que en síntesis teniendo en cuenta el análisis realizado por el Área de
Costos y Tarifas, y el Área Técnica de la Gerencia de Agua y Saneamiento,
la propuesta realizada basándose en la documentación aportada por la
prestadora obrante en nuestros Registros y en las normas precitadas, re-
sulta viable la modicación del Cuadro Tarifario vigente, considerando que
se cumplimenta con los procedimientos previstos y no se violenta normati-
va alguna de índole constitucional.-
Que por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los
arts. 21 y siguientes de la Ley N° 8835 – Carta del Ciudadano, y lo dictami-
nado por el Servicio Jurídico de la Gerencia de Agua y Saneamiento bajo
el N° 180/2017, el Honorable Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS (ERSeP):
R E S U E L V E:
Artículo 1º): APRUÉBASE un incremento del 24,47% sobre los valo-
res tarifarios correspondiente a la prestadora del Servicio de Agua Potable
empresa Rosario de Punilla S.A. en los términos propuestos en el Informe
Técnico Conjunto N° 48/2017 del Área de Costos y Tarifas y el Área Técnica
de la Gerencia de Agua y Saneamiento, resultando de aplicación el cuadro
tarifario que se agrega como anexo I a la presente, el cual empezará a regir
a partir de los consumos registrados desde el primero de Julio de 2017.-
Artículo 2°): AUTORÍCESE a la prestadora del Servicio de Agua Po-
table empresa Rosario de Punilla S.A. a continuar con la aplicación de un
cargo tarifario en orden a la ejecución de las obras priorizadas conforme
al listado del Informe Conjunto N° 48/2017 el cual obra como Anexo II de la
presente.
Artículo 3°: INSTRÚYASE a la Gerencia de Agua y Saneamiento a los
nes de que, en cumplimiento de lo previsto por el art. 25 inc. g. de la ley
8835, continúe efectuando el control y seguimiento de las obras a realizar
sobre los bienes afectados al servicio de agua potable brindado por la
Prestadora Rosario de Punilla S.A. y de las inversiones a realizar.-
Artículo 4°): ORDENASE a la prestadora Rosario de Punilla S.A. que
proceda a refacturar a los usuarios residenciales no medidos eliminando
el concepto “consumo estimado” y reintegrar lo que hubiere percibido en
demasía, desde la vigencia de la Resolución General N° 28/2016.-
Artículo 5°): Lo ordenado en el artículo precedente deberá cumpli-
mentarse y acreditarse dentro del plazo de veinte (20) días hábiles desde
la noticación de la presente.-
Artículo 6°): PÓNGASE EN CONOCIMIENTO del Poder Concedente
con copia.-
Artículo 7°): PROTOCOLÍCESE, comuníquese, y dése copias
FDO: DR. MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE / LUIS ANTONIO SANCHEZ,
VICEPRESIDENTE / ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR / WALTER SCAVINO,
DIRECTOR / DR. FACUNDO CARLOS CORTES, DIRECTOR / DRA. MARÍA FER-
NANDA LEIVA, DIRECTOR
ANEXO: https://goo.gl/jnVDgu
Córdoba, 26 de Julio de 2017.-
Ref.: Expte. N° 0521-054900/2017/R21.-
Y VISTO: Que vienen las presentes actuaciones vinculadas con la presen-
tación promovida por la prestadora del Servicio de Agua Potable y Sanea-
miento Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Tanti Limitada, por la
cual solicita incrementar en un 83% la tarifa, aduciendo un incremento en
los costos del servicio-
Y CONSIDERANDO:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR