Resolución General N° 31 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Mayo de 2021
EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos - ERSEP
Fecha de la disposición28 de Abril de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVII - Nº 89
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
pobres en el país. Los entramados sociales y económicos del país – y de
la provincia de Córdoba en él- están mucho más deteriorados que antes.
En porcentajes, del 35.5 por ciento de la población se pasó al 42 por ciento,
seis puntos y medio más de personas cuyos ingresos no les alcanza para
satisfacer sus necesidades más básicas.
En este punto las reexiones de la Licenciada Leiza Camilo Caro, In-
vestigadora del Instituto para el Desarrollo Social Argentino (Idesa) gra-
can de la mejor manera, esta acuciante situación: “ Vemos que estamos
mucho menos preparados en materia económica porque la gente que tenía
ahorros, ya los gastó, y la que no tenía, ya se endeudó, con lo que el que
podría haber habido el año pasado, se terminó”. Finalmente, plantea que
tal situación no sólo afecta en los sectores más bajo de la pirámide social
sino que también se observa en las familias de clase media. Según una
encuenta de D’ Alessio Irol dice que en 2020 las familias de este grupo
tenía deudas del 62% y ahora, el 73% de los hogares está endeudada.
Si a lo predicho, le sumamos que para no “poner en riesgo la capa-
cidad de pago de los usuarios” el nivel de ingresos de los mismos debe
mejorarse, el universo de usuarios debe encontrar un nuevo y adicional
empleo o fuente de ingresos, de otra manera, seguimos alimentando una
bola de nieve casi imposible de deshacer.
En el mismo artículo precitado, el economista Micael Salomón habla
de la realidad pre-segunda ola y dice que si bien “..muestra un proceso
de recuperación, no es de mejoría respecto de los valores anteriores a la
cuarentena. Luego de la exibilización de las medidas sanitarias, como
era de esperar, una gran masa de personas intentó ingresar o regresar al
mercado. Si bien la tasa de empleo creció, la oferta laboral fue absorbida
mayoritariamente en trabajos de media jornada, informales, o una mezcla
de ambos. Eso los coloca en una situación de alta vulnerabilidad, ya que
casi el 90% de ese universo busca trabajar más horas básicamente por
razones económicas y de necesidad” (la negrita y el subrayado es mío).
Es decir, que más allá de las razones técnicas y de costos considera-
das en los informes pertinentes y sin perjuicio de ellos, la decisión de esta
Vocalía es tomar en cuenta este contexto crítico planteado y del cual no
podemos permanecer indiferentes. Habrá que anar con inteligencia las
estrategias para que la gestión, calidad de servicio y “facturación” de la
prestadora sean coherentes con una realidad más que dura y marque con
responsabilidad una proyección posible y viable.
Por todo lo dicho, mi voto es negativo.
Así Voto.
Que por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de
los arts. 21 y siguientes de la Ley N° 8835 – Carta del Ciudadano, y lo
dictaminado por la Sección de Asuntos Legales de la Gerencia de Agua
y Saneamiento bajo el N° 65/2021, el Honorable Directorio del ENTE RE-
GULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (ERSeP) por mayoría (voto
del Presidente Mario A. Blanco y de los vocales José Luis Scarlatto, Luis A.
Sanchez, Walter Scavino y Facundo C. Cortes):
RESUELVE:
Artículo 1º: APRUÉBASE un incremento global del 115,99% sobre los
valores tarifarios correspondiente a la prestadora del Servicio de Agua Po-
table Cooperativa de Trabajo Aguas Cuenca del Sol Limitada a aplicarse de
manera escalonada en un tramo de 48,00% que empezará a regir a partir
de los consumos registrados desde el primero de mayo de 2021 sobre los
valores tarifarios vigentes al 30/04/2021, y un tramo de 45,94% a aplicarse a
partir de los consumos registrados desde el primero de julio de 2021 sobre
los valores tarifarios vigentes al 30/06/2021, en los términos propuestos en el
Informe Técnico Conjunto N° 100/2021 y 58/2021 de la Sección Técnica de la
Gerencia de Agua y Saneamiento y Área de Costos y Tarifas, resultando de
aplicación el cuadro tarifario que se agrega como Anexo I y II
Artículo 2°): APRUÉBASE el Plan de Inversiones incorporado como
Anexo III de la presente en concepto de Cargo tarifario por Amortización
e inversiones. El monto a recaudar se calcula para un plazo de 12 meses
(01/05/2021 al 30/04/2022), a partir del cual se suspenderá el cobro del
mismo, debiendo dar acabado cumplimiento a las disposiciones de la Re-
solución General ERSeP N° 04/2019-
Artículo 3°): ORDENASE a la Cooperativa que proceda a la apertura
de la cuenta bancaria establecida en el artículo 6 de la Resolución General
ERSeP N° 04/2019 en el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos,
debiendo acompañar a este Regulador las constancias correspondientes a
los nes de su seguimiento y dar estricto cumplimiento a todas las demás
disposiciones en el marco del Cargo Tarifario autorizado.-.-
Artículo 4°): ORDENASE a la Cooperativa que proceda a realizar la
apertura de la nueva categoría “Domestico Jubilado” en función de los con-
siderandos y emplear para su aplicación los requisitos establecidos en el
Anexo IV que se agrega a la presente.-
Artículo 5°): INSTRÚYASE a la Gerencia de Agua y Saneamiento a
los nes de que, en cumplimiento de lo previsto por el art. 25 inc. g. de
la ley 8835 y lo dispuesto por la Resolución General ERSeP N° 04/2019,
efectué el control y seguimiento de las obras a realizar sobre los bienes
afectados al servicio de agua potable y desagües cloacales brindado por
la Prestadora, Cooperativa de Trabajo Aguas Cuencas del Sol Limitada y
de las inversiones a realizar.-
Artículo 6°): PÓNGASE EN CONOCIMIENTO del Poder Concedente
con copia..-
Artículo 7°): PROTOCOLÍCESE, comuníquese, y dese copias.-
FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - JOSÉ LUIS SCARLATTO, VICE-
PRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VOCAL - WALTER SCAVINO, VOCAL
- FACUNDO CARLOS CORTES, VOCAL - DANIEL ALEJANDRO JUEZ, VOCAL
ANEXO
Resolución General N° 31
Córdoba, 28 de abril de 2021.-
Y VISTO: Que vienen las presentes actuaciones vinculadas con la pre-
sentación promovida por la prestadora del Servicio de Agua Potable y Sa-
neamiento Cooperativa de Obras, Servicios Públicos y Consumo Barrio
Patricios Limitada, por la cual solicita incrementar en un 67 % la tarifa,
aduciendo un incremento en los costos del servicio.-

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