Resolución General N° 24 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Junio de 2022
EmisorADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS - APRHI
Fecha de la disposición30 de Mayo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXC - Nº 111
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 1 DE JUNIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución General N° 35
Córdoba, 24 de mayo de 2022.-
Ref.: Expte. N° 0521-062360/2021/R4.-
Y VISTO: Que vienen las presentes actuaciones vinculadas a la revisión ta-
rifaria del Servicio de Agua Cooperativa de Consumo y Servicios Públicos
de Icho Cruz Limitada, respecto al cual se emitió la Resolución General
E.R.Se.P. N° 28, de fecha 27 de Abril de 2022, aprobando las modicacio-
nes tarifarias.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme constancias de autos la Resolución de referencia apro-
bó las modicaciones propuestas al cuadro tarifario vigente, estableciendo
cada aprobación al mismo mediante la incorporación de Anexos como par-
te integrante de la misma.
Que en este sentido la Resolución General expresa en su parte perti-
nente a saber, “…Artículo 1º): APRUÉBASE un incremento sobre los valo-
res tarifarios correspondiente a la prestadora del Servicio de Agua Potable
Cooperativa de Aguas Corrientes y Servicios Públicos de Villa General
Belgrano Limitada del 40% que empezará a regir a partir de los consumos
registrados desde el primero de Mayo de 2022, en los términos propuestos
en el Informe del Área de Costos y Tarifas, resultando de aplicación el cua-
dro tarifario que se agrega como Anexo I.” ( lo remarcado me pertenece).
Que del análisis de las constancias de autos, surge que por un error
material e involuntario, en el artículo primero se ha consignado el nombre
de otro prestador del servicio.-
Que advertido tal error, se giraron las actuaciones al servicio jurídico de
la Gerencia de Agua y Saneamiento a los nes de correspondiente análisis.-
Que al respecto conforme lo establecido por el artículo 110 de la Ley N°
5350 (t.o. Ley N° 6658) y sus modicatorias –Ley de Procedimiento Admi-
nistrativo de la Provincia de Córdoba, esta administración puede proceder
a la recticación de los errores materiales advertidos.
Que este Organismo de Control y Regulación - autoridad administrati-
va para decidir en última instancia -, puede analizar los actos administrati-
vos emitidos por la misma, para con ello evaluar un posible error material
producido en su pronunciamiento, conforme a la facultad privativa que le
asiste a la propia Administración, según lo establecido por en el plexo nor-
mativo de aplicación.
Que en suma, en virtud del análisis expuesto precedentemente, co-
rresponde ordenar la recticación de la Resolución indicada ut-supra, re-
emplazando el artículo primero el que quedara redactado de la siguiente
manera “…Artículo 1º): APRUÉBASE un incremento sobre los valores tari-
farios correspondiente a la prestadora del Servicio de Agua Potable Coope-
rativa de Consumo y Servicios Públicos de Icho Cruz Limitada del 40% que
empezará a regir a partir de los consumos registrados desde el primero
de Mayo de 2022, en los términos propuestos en el Informe del Área de
Costos y Tarifas, resultando de aplicación el cuadro tarifario que se agrega
como Anexo I., ello de conformidad a la facultad de esta Administración.
Que por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de
los arts. 21 y siguientes de la Ley N° 8835 – Carta del Ciudadano, y lo dic-
taminado por la Servicio Jurídico de la Gerencia de Agua y Saneamiento
bajo el N° 64/2022, el Honorable Directorio del ENTE REGULADOR DE
LOS SERVICIOS PÚBLICOS (ERSeP):
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: RECTIFÍCASE el artículo primero el que quedara re-
dactado de la siguiente manera “…Artículo 1º): APRUÉBASE un incremen-
to sobre los valores tarifarios correspondiente a la prestadora del Servicio
de Agua Potable Cooperativa de Consumo y Servicios Públicos de Icho
Cruz Limitada del 40% que empezará a regir a partir de los consumos
registrados desde el primero de Mayo de 2022, en los términos propuestos
en el Informe del Área de Costos y Tarifas, resultando de aplicación el cua-
dro tarifario que se agrega como Anexo I.”, ello de conformidad a la facultad
de esta Administración.
ARTÍCULO 2º: MANTÉNGASE el artículo 2, 3 y 4 de la Resolución
General N° 28/2022 en todos sus términos..-
ARTÍCULO 3°: PÓNGASE EN CONOCIMIENTO del Poder Conceden-
te con copia.-
ARTÍCULO 4°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese copias y publí-
quese en el Boletín Ocial de la Provincia.-
FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - JOSÉ LUIS SCARLATTO, VICE-
PRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VOCAL - WALTER SCAVINO, VOCAL
- DANIEL ALEJANDRO JUEZ, VOCAL
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE
RECURSOS HÍDRICOS - APRHI
Resolución General N° 24
Córdoba, 30 de mayo de 2022
VISTO el Expediente N° 0733-003696/2022 por medio del cual la Dirección
General de Irrigación de la Administración Provincial de Recursos Hídricos
solicita la Baja del Canal Secundario VII del Sistema Capital Zona Sur en el
tramo comprendido entre las coordenadas 31° 30’ 19.7” S; 64° 11’ 10” W y su
nalización.
Y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 luce intervención de la Dirección General de Irrigación
por la cual propicia la baja del Canal Secundario VII del Sistema Capital
Zona Sur, en el tramo referenciado, ello por cuanto ha constatado su inutili-
zación. A tales efectos, adjunta a fojas 3 nota emitida por el Presidente del
Consorcio de Usuarios de Riego y Otros Usos del Sistema de Riego del
Río Primero (Suquía), por medio de la cual expone “…que el tramo perte-
neciente al Canal Secundario n° VII, concluye su servicio de riego hasta
las siguientes coordenadas 31° 30’ 19.7” s; 64° 11’10.0” o, siendo la Cuenta

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