Resolución General N° 2192 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor23 de Mayo de 2022
EmisorDireccion general de rentas
Fecha de la disposición19 de Mayo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 104
CORDOBA, (R.A.) LUNES 23 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
determinando que no se acreditan los extremos necesarios para precisar
la naturaleza jurídica pública de la vía de circulación subexámine solicita-
da por el Sr. RICARDO JUAN KHAYAT, al no estar incorporada la misma
al patrimonio estatal de la Provincia mediante título jurídico hábil ya que el
carácter de dominio público debe ser indubitable, a n de no cercenar el
derecho de propiedad; disponiendo, en tal sentido, la desafectación del Plan
de Mantenimiento del camino sub-exámine, actualmente emplazado en las
parcelas descriptas en el plano de mensura N° 0033-055922/2010 de fs. 16
(Art. 84 Ley N° 1005); su baja de la Cartografía Ocial de la Red Provincial de
Caminos de la Provincia y su baja del Plan de Conservación del Consorcio
Caminero N° 375 Yacanto de Calamuchita o 407 Calamuchita Centro…Dr.
Juan Esteban García – Jefe Departamento Asesoría Jurídica”.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Depar-
tamento II Asesoría Jurídica y las facultades conferidas por la Ley N° 8555;
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD
RESUELVE:
Art. 1°.- Determinar que no se acreditan los extremos necesarios
para precisar la naturaleza jurídica pública de la vía de circulación identi-
cada como Camino Terciario T375-12, por las razones expresadas en los
fundamentos de este acto.
Art. 2°.- Disponer la baja del Camino de que se trata de la Cartografía
ocial de la Red Provincial de Caminos de la Provincia.
Art. 3°.- Disponer la desafectación del Plan de Mantenimiento
del Camino relacionado precedentemente, y consecuentemente del Plan
de Conservación del Consorcio Caminero N° 375 de Yacanto de Calamu-
chita o N° 407 de Calamuchita Centro.
Art. 4°.- Remitir las presentes actuaciones a los Departamentos
Conservación Caminos de Tierra y Planicación, Evaluación y Control de
Gestión, en virtud de lo resuelto precedentemente.
Art. 5°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín O-
cial, dése copia al Ministerio de Obras Públicas y pase al Departamento
II - Secretaría General.
FDO.: MARTIN GUTIERREZ, DIRECTOR
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución General N° 2192
Córdoba, 19 de mayo de 2022
VISTO: Lo establecido en los Artículos 19 y 23 del Código Tributario Provin-
cial -Ley Nº 6006, T.O. 2021 y su modicatoria-;
Y CONSIDERANDO:
QUE resulta necesario optimizar la gestión de la Dirección General
de Rentas, mediante el uso adecuado y racional de sus recursos hu-
manos, a fin de profundizar la aplicación de sistemas de trabajo orien-
tados a la mejora continua.
QUE es preciso asignar al personal que actualmente presta servi-
cios en la Dirección General de Rentas, las funciones que se estable-
cen para cada agente.
QUE mediante Resolución General N° 2180 (B.O. 21/12/2020) se asignó
la función de Juez Administrativo para el ejercicio de la función establecida en
el inciso c) del Artículo 19 del Código Tributario - Ley N° 6006 - T.O. 2021 y sus
modicatorias a la Cra. Cintia Leticia RODRIGUEZ - D.N.I. N° 27.955.288 y a la
Cra. Marina del Carmen ASTUDILLA - D.N.I. N° 14.706.813.
QUE resulta oportuno otorgarles a las agentes mencionadas en el párrafo
anterior, la función del inciso e) de la norma del Código Tributario vigente.
QUE como así también, resulta conveniente otorgar al Cr. Martín Anto-
nio QUIROGA las funciones descriptas en el artículo 1° de la presente.
QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la
Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía
de avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 19 y 23 del
Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2021 y su modicatoria-;
EL SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS
EN SU CARÁCTER DE SUPERINTENDENTE
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Y POR AVOCAMIENTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- ASIGNAR al Cr. Martín Antonio QUIROGA - D.N.I. N°
22.348.981, la función de Juez Administrativo para el ejercicio de las funciones
establecidas en el inciso c) y e) del Artículo 19 del Código Tributario Provincial
-Ley Nº 6006, T.O. 2021 y su modicatoria o norma que en el futuro la sustituya.
ARTÍCULO 2°.- ASIGNAR a la CRA. CINTIA LETICIA RODRIGUEZ -
D.N.I. N° 27.955.288 y a la Cra. Marina del Carmen ASTUDILLA - D.N.I. N°
14.706.813, con funciones otorgadas por Resolución General N° 2180, la fun-
ción establecida en el inciso e) del Artículo 19 del Código Tributario Provincial
-Ley Nº 6006, T.O. 2021 y su modicatoria o norma que en el futuro la sustituya.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN
OFICIAL, NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y ARCHÍVESE.
FDO: LIC. HEBER FARFÁN - SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS -

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