Resolución General N° 2109

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 1 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 222
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 9 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Que lo actuado debe ser raticado a nivel ministerial, previo a la rendi-
ción de cuentas.
Que no existe objeción técnica a lo actuado.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y
modicación.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente en el sentido que es necesaria la ampliación propiciada para el co-
rrecto funcionamiento del servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto en el Artículo
1° de la Resolución Ministerial N° 341/09, lo informado por la Dirección
General de Tesorería General y Crédito Público a fs. 12 y de acuerdo con
lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº
796/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º RATIFICAR la ampliación transitoria por PESOS UN MI-
LLÓN DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000.-) del Fondo Permanente “D”
DEVOLUCIÓN DE TRIBUTOS Y TASAS-, de este Ministerio autorizada
mediante Memorandum N° 022/16 de la Secretaría de Administración Fi-
nanciera, el que como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte integrante
de la presente Resolución y materializada mediante Documento Único de
Ejecución de Erogaciones Nº 4 – Intervención Nº 24 – Ejercicio 2016, emiti-
do por el Servicio Administrativo de este Ministerio, que como Anexo II con
una (1) foja útil, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección Ge-
neral de Tesorería y Crédito Público y al Servicio Administrativo de este
Ministerio, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/jZxVzH
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución General N° 2109
Córdoba, 01 de Noviembre de 2016.
VISTO:
Lo establecido en los Artículos 17 y 21 del Código Tributario vigente,
Ley N° 6006 – T. O. 2015 y modicatoria,
Y CONSIDERANDO:
QUE a los nes de mejorar la gestión de la Dirección General de Ren-
tas, se estima conveniente optimizar el uso adecuado y racional de sus
recursos, bajo la premisa de la capitalización de conocimientos y experien-
cias adquiridos.
QUE en ese sentido es necesario adaptar las funciones asignadas
oportunamente al Agente Lic. Oscar Alfredo HARO, mediante Resolución
General N° 1911 (B.O. 30-05-2013).
QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la
Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía
de avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 17 y 21 del Códi-
go Tributario - Ley N° 6006 - T.O. 2015 y su modicatoria,
EL SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS EN SU CARÁCTER DE
SUPERINTENDENTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE RENTAS Y POR AVOCAMIENTO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- DESAFECTAR al Lic. Oscar Alfredo HARO - D.N.I. Nº
26.896.532 de las funciones otorgadas por Resolución General N° 1911
(B.O. 30-05-2013).
ARTÍCULO 2º.- ASIGNAR al Lic. Oscar Alfredo HARO - D.N.I. N°
26.896.532 las funciones que a continuación se detallan:
- Establecer y monitorear indicadores que permitan la visualiza-
ción de datos, el reconocimiento de patrones y su rotación, de acuerdo
con las variables de interés del Organismo.
- Analizar información proveniente de las diferentes fuentes, que
pueden ser los sistemas internos o externos a la Organización.
- Dar soporte a la toma de decisiones en los niveles tácticos y
estratégicos, además del operativo, detectando oportunidades para
maximizar el rendimiento de los procesos internos.
- Ejecutar un proceso sistemático y continuo de colección, clasi-
cación, análisis y diseminación de datos e información.
- Participar en la denición de la Planicación Estratégica y cola-
borar en el seguimiento de la misma.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín O-
cial, NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y ARCHÍVESE.
FDO. LIC. HEBER FARFÁN, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS

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