Resolución General N° 2105

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 198
CORDOBA, (R.A.), MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
de Ujieres, etiquetas autoadhesivas de diferentes colores según el arancel
que corresponda a cada Cédula (trámite normal, cincuenta por ciento, ur-
gentes, de ocio). Por todo ello, el Lic. Ricardo J. Rosemberg, Director del
Área de Servicios Judiciales;
RESUELVE:
1) Disponer que a partir del 1º de noviembre de 2016, los montos de los
Aranceles correspondientes al diligenciamiento de las Cédulas de Notica-
ción pertenecientes a la Ocina de Ujieres, sean depositados en la cuenta
perteneciente al Poder Judicial en el Banco de la Provincia de Córdoba, de-
biendo los interesados acompañar el comprobante de pago al momento de
requerir los stickers correspondientes que serán adheridos a las Cédulas.
Se adjunta a la presente, el instructivo pertinente a efectos de esclarecer
el procedimiento a seguir para generar la Boleta de pago correspondiente.
2) Protocolícese. Comuníquese al Área de Administración, al Área de Tec-
nologías de Información y Telecomunicaciones, al Colegio de Abogados
de la Provincia de Córdoba, a la Federación de Colegios de Abogados.
Publíquese en el Boletín Ocial y dése la más amplia difusión.-
FDO. RICARDO J. ROSEMBERG, DIRECTOR DEL ÁREA DE SERVICIOS JUDICIA-
LES.
ANEXO: https://goo.gl/2J7llL
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES
Resolución N° 67
Córdoba, 07 de Octubre de 2016
VISTO:
La Ley Nº 10.155 (Régimen de Compras y Contrataciones de la Admi-
nistración Pública Provincial) y su Decreto Reglamentario N° 305/2014,
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones es el órgano
rector encargado de regular y controlar el sistema de compras y contrata-
ciones conforme el artículo 30 de la Ley N° 10.155.
Que el procedimiento de subasta electrónica, es una competencia de
precios dinámica efectuada electrónicamente que debe otorgar las mayo-
res garantías posibles a los oferentes y debe desarrollarse en un marco de
seguridad jurídica.
Que es competencia de esta Dirección General determinar los bienes
y/o servicios que pueden contratarse por subasta electrónica conforme
surge del artículo 8.2.1. del Decreto Reglamentario N° 305/2014.
Que en uso de sus facultades, a través de las Resoluciones N°
32/2014, y complementarias, la Dirección General de Compras y Contrata-
ciones aprobó el nuevo catálogo de bienes y servicios de la Administración
Pública Provincial y denió los bienes subastables.
Que siendo la subasta electrónica un procedimiento tendiente a mejo-
rar la calidad de la gestión pública provincial, que procura primar los prin-
cipios de transparencia, sustentabilidad y eciencia, resulta necesario y
oportuno incorporar nuevos bienes y servicios subastables.
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministe-
rio de Finanzas mediante Dictamen N° 68/2016.
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1°DISPÓNESE que también podrán adquirirse por el procedi-
miento de selección de subasta electrónica, los bienes que se detallan en
el Anexo I.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO. CRA. MA. GIMENA DOMENELLA- DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES
ANEXO: https://goo.gl/P5e0wT
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Córdoba, 06 de Octubre de 2016.
VISTO:
Lo establecido por el Artículo 17° del Código Tributario vigente (Ley N°
6006 – T. O. 2015) y modicatoria;
Y CONSIDERANDO:
QUE resulta necesario, oportuno y conveniente optimizar la gestión de
la Dirección General de Rentas, mediante el uso adecuado y racional de
sus recursos, a n de continuar modernizándola y profundizar la aplicación
de sistemas de trabajo orientados a la mejora continua.
QUE en el sentido antes expresado, considerando la estructura orgáni-
ca dispuesta a través del Decreto N° 774/2016, resulta conveniente ajustar
algunas variables que permitan optimizar acabadamente el cumplimiento
de las funciones y servicios a cargo de esta Dirección, maximizando la utili-
zación de sus recursos, el trabajo en equipo, la integración y capitalización
de conocimientos y experiencias adquiridos.
QUE por diversos instrumentos legales se asignaron Funciones a
Agentes que prestan servicios en esta Dirección, y dado que han cam-
biado su relación laboral en este Organismo y a n de garantizar la ope-
ratividad del mismo y el desempeño de los Agentes, es preciso asignar
al Personal que actualmente presta servicios en la Dirección General de
Rentas que se detalla en la presente Resolución, las Funciones que se
establecen para cada Agente y a la vez resulta necesario dejar sin efecto
aquellas asignaciones no vigentes a la fecha.
QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la
Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía

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