Resolución General N° 2060

EmisorDireccion general de rentas
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2015
CÓRDOBA, 4 de Enero de 2016 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CIII - TOMO DCXIII - Nº 1 Primera Sección
1ª
AÑO CIII - TOMO DCXIII - Nº 1
CORDOBA, (R.A.), LUNES 4 DE ENERO DE 2016
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
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Córdoba, 17 de Diciembre de 2015
VISTO: El Decreto N° 1791 del 10 de diciembre de 2015 por
el que se aprueba la nueva estructura orgánica del Poder
Ejecutivo.
Y CONSIDERANDO:
Que por el citado instrumento legal se dispuso la liquidación de
la Agencia de Promoción de Empleo y Formación Profesional,
siendo la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo su
continuadora.
Que en ese marco y atento el carácter de entidad autárquica
con personalidad jurídica pública y capacidad de actuación en
los ámbitos público y privado, corresponde en esta instancia
designar al funcionario que lleve adelante el proceso de disolución
y liquidación.
Que el Cr. Oscar Farieri reúne los requisitos necesarios de
capacidad e idoneidad para el desarrollo de la función de
liquidador.
Que asimismo será el Ministro de Finanzas será el encargado
de designar los organismos a los que se le transmitirán los bienes
de la Agencia que no hayan sido asignados a la Secretaría de
Equidad y Promoción del Empleo.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- DESÍGNASE al Contador Oscar Alberto Farieri
D.NI. N° 13.370.716) liquidador "ad honorem" de la Agencia de
Promoción de Empleo y Formación Profesional.
Artículo 2°.- El Ministerio de Finanzas designará el o los
organismos y/o dependencias del Sector Público Provincial a los
que se les trasmitirán los bienes inmuebles, muebles y demás
activos y pasivos -en el caso de corresponder- que no hayan
sido asumidos y/o transferidos a la Secretaría de Equidad y
Promoción del Empleo y efectuará las adecuaciones
presupuestarias y contables que la liquidación implique.
Artículo 3°.- A los efectos de la disolución y liquidación de la
Agencia de Promoción de Empleo y Formación Profesional, serán
de aplicación en todos aquellos aspectos no contemplados
especialmente en la legislación provincial o que no resulten in-
compatibles con ella y con el carácter de entidad autárquica con
capacidad jurídica de derecho público, las disposiciones de la
Ley N° 19.550.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora
Secretaria de Equidad y Promoción del Empleo y por los señores
Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
ALEJANDRA VIGO
SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
OSVALDO E. GIORDANO
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1975
Córdoba, 17 de Diciembre de 2015
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir del día diez de diciembre de
dos mil quince a la señora Inés María ZINNY (M.I. N°
24.885.183), como Directora General de Coordinación de Salas
Cunas, dependiente de la Secretaría de Equidad, de la Secretaría
de Equidad y Promoción del Empleo de la Provincia de Córdoba.
Artículo 2°.- FACÚLTASE al Señor Ministro de Finanzas a
realizar todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven
de lo dispuesto en el presente decreto.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
JUAN CARLOS MASSEI
MINISTRO DE GOBIERNO
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
DIRECCIÓN GENERAL DE
RENTAS
Resolución General N° 2060
Córdoba, 29 de Diciembre de 2015.-
VISTO: El diseño del Formulario F-119 REV. 00 bajo sus tres
modalidades “IMPUESTO INMOBILIARIO - RÉGIMEN DE
LOTEOS”, “IMPUESTO INMOBILIARIO - GRUPOS
PARCELARIOS” e “IMPUESTO INMOBILIARIO - ADICIONAL
RURAL”,
Y CONSIDERANDO:
QUE mediante la Resolución General N° 1865/2012 (B.O. 26-
09-2012) se realizó el reordenamiento de los formularios utilizados
por esta Dirección General.
QUE con la mencionada resolución se derogó el Formulario
F–276 “IMPUESTO INMOBILIARIO - RÉGIMEN DE LOTEOS”
utilizado para emitir la liquidación de deuda a vencer de los
Regímenes de Loteo y Grupos Parcelarios, y del Impuesto
Inmobiliario Adicional, según corresponda.
QUE resulta necesario aprobar el formulario descripto
precedentemente con la nueva numeración conforme a la
RECODIFICACIÓN DE LOS FORMULARIOS POR TIPO DE
TRIBUTO establecido en el Artículo 2º de la mencionada
Resolución General.
QUE el Formulario mencionado se ajusta a los requerimientos
del Sector operativo respectivo.
POR ELLO, atento las facultades acordadas por el Artículo 19
del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2015;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- APROBAR el diseño del Formulario F-119
REV. 00 bajo sus tres modalidades “IMPUESTO INMOBILIARIO
- RÉGIMEN DE LOTEOS”, “IMPUESTO INMOBILIARIO -
GRUPOS PARCELARIOS” E “IMPUESTO INMOBILIARIO -
ADICIONAL RURAL”, que se adjunta a la presente, el cual será
utilizado para emitir la liquidación de deuda a vencer de los
Regímenes de Loteo y Grupos Parcelarios, y del Impuesto
Inmobiliario Adicional.
ARTÍCULO 2°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el
Boletín Oficial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes
y Archívese. CR. LUCIANO G. MAJLIS
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
ANEXO
http://goo.gl/qjomaf
PODER
EJECUTIVO

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