Resolucion General Nº 17 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorEnte regulador de los servicios públicos
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 100
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 20 DE MAYO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
referencia las tarifas para usuarios nales que surjan de la aplicación de
los artículos precedentes y las tarifas de compra respectivas.
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLÍCESE, hágase saber, dése copia y publí-
quese en el Boletín Ocial de la Provincia.-
FDO: DR. MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE / LUIS ANTONIO SANCHEZ,
VICEPRESIDENTE / ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR / WALTER SCAVINO,
DIRECTOR / DR. FACUNDO CARLOS CORTES, DIRECTOR / DRA. MARÍA FER-
NANDA LEIVA, DIRECTOR
ANEXO: http://goo.gl/w2WOrf
Resolución General N° 17
Córdoba, 27 de Abril de 2016.-
Y VISTO: El Expediente Nº 0521-049912/2015, C.I. Nº 3447/2015, me-
diante el cual se aprobó el Aumento Tarifario de Cooperativas Concesiona-
rias de Energía Eléctrica de Córdoba, por medio de la Resolución General
ERSeP Nº 23/2015, de fecha 30 de Noviembre de 2015.
Y CONSIDERANDO:
Voto del Presidente Dr. Mario Agenor BLANCO y de los Directores Luis
Antonio SANCHEZ, Alicia Isabel NARDUCCI y Walter SCAVINO.
I. Que en virtud de la competencia que le asiste a este Ente, atento a la
normativa vigente, y de conformidad con lo establecido por la Resolución
General ERSeP Nº 23/2015, art. 7º, dictada en el marco del expediente de
marras, corresponde adentrarnos a la temática en cuestión.
II. Que conforme constancias de autos, con fecha 9 de noviembre de 2015
ingresó al ERSeP la Nota Nº 74029705968715, presentada por parte de
la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios
Públicos Limitada (FACE) y de la Federación de Cooperativas Eléctricas y
Obras y Servicios Públicos Limitada de la Provincia de Córdoba (FECES-
COR), elevando formalmente requerimiento de revisión tarifaria relativa al
servicio eléctrico a cargo del sector Cooperativo de la Provincia, destinado
a paliar el incremento de costo acaecido a lo largo de los tres (3) primeros
trimestres del año 2015, especicando que el pretendido ajuste sea otor-
gado en el marco por lo dispuesto por el art. 9º de la Resolución General
ERSeP Nº 32/2014.
Que en este entendimiento, corresponde tener en cuenta lo dispuesto por
el Artículo 2º de la Resolución ERSeP Nº 2133/2014, el cual estableció
que “…a los nes de aprobarse el ajuste de los cuadros tarifarios solicita-
do, cada Cooperativa deberá acreditar y presentar en su caso ante el ER-
SeP, tres días antes de la fecha de la Audiencia Pública, copia de Estados
Contables aprobados del último ejercicio; “DATA COOP V1.xls” actualizado
según las prescripciones de la Orden de Servicio ERSeP Nº 13, de fecha
06 de Diciembre de 2005, o en su defecto, planilla “RESUMEN DE DATOS
COOPERATIVAS ELECTRICAS 2014-0”; y encontrarse al día con el depó-
sito de la Tasa de Regulación dispuesta por Decreto Provincial 2298/2000.”.
Que en dicho sentido, en relación a lo expresado precedentemente, la Re-
solución General ERSeP Nº 23/2015, estableció los aumentos autorizados
y las Cooperativas por ella alcanzadas, a la vez que, por medio de su
Artículo 7º, la misma dispuso que “…para las Distribuidoras Cooperativas
no alcanzadas por los ajustes enumerados precedentemente, con el obje-
to de resultar comprendidas en idéntico procedimiento al dispuesto por el
Artículo 3º de la Resolución ERSeP Nº 2133 del 12 de Noviembre de 2014,
en el marco de la Audiencia Pública celebrada con fecha 4 de Diciembre
de 2014, la correspondiente solicitud y la información pertinente deberán
ser formalmente presentadas y/o acreditadas por cada interesada ante el
ERSeP, para ser consideradas a partir del mes de Enero de 2016..
III. Que conforme constancias de autos, lucen agregadas en los presen-
tes actuados, constancias del cumplimiento de los requisitos referidos,
por parte de Cooperativas que no habían presentado oportunamente la
información técnica requerida en el Artículo 2º de la Resolución ERSeP
Nº 2133/2014.
Asimismo, luce incorporado en autos, el Informe de fecha 26 de abril de
2016, confeccionado por el Departamento de Administración y Economía
del ERSeP, el cual acredita el cumplimiento de las Cooperativas en relación
a la Tasa de Regulación.
IV. Que por su parte es necesario tener en cuenta lo establecido por el
Informe Técnico elaborado por la Unidad de Asesoramiento Técnico de la
Gerencia de Energía Eléctrica de este Organismo, del cual se desprende
que: “En consonancia con los conceptos vertidos en el Informe Técnico
Conjunto de fecha 23 de noviembre de 2015, y por haberse cumplimen-
tado las condiciones exigidas por el Artículo 7º de la Resolución General
ERSeP Nº 23 del 30 de noviembre de 2015, a los nes de recomponer
en el corto plazo la situación económico-nanciera de las Cooperativas
Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica
en la Provincia de Córdoba que han cumplido los requisitos establecidos,
técnicamente se recomienda: 1- Autorizar un incremento del 12,43% sobre
la totalidad de los conceptos incluidos en los Cuadros Tarifarios con Subsi-
dio del Estado Nacional en vigencia al 31 de Octubre de 2015, aplicable a
los servicios prestados a partir del 1 de Abril de 2016, por las Cooperativas
detalladas en el Anexo I de la presente, pertenecientes al “Grupo A”, en vir-
tud de haber dado a la fecha del correspondiente estudio, cumplimiento a
idénticas exigencias que las impuestas por el artículo 2º de la Resolución
ERSeP Nº 2133 del 12 de noviembre de 2014. 2- Autorizar un incremento
del 13,83% sobre la totalidad de los conceptos incluidos en los Cuadros
Tarifarios con Subsidio del Estado Nacional en vigencia al 31 de Octubre
de 2015, aplicable a los servicios prestados a partir del 1 de Abril de 2016,
por las Cooperativas detalladas en el Anexo II de la presente, pertenecien-
tes al “Grupo B”, en virtud de haber dado a la fecha del correspondiente
estudio, cumplimiento a idénticas exigencias que las impuestas por el ar-
tículo 2º de la Resolución ERSeP Nº 2133 del 12 de noviembre de 2014.
3 - Autorizar un incremento del 14,13% sobre la totalidad de los conceptos
incluidos en los Cuadros Tarifarios con Subsidio del Estado Nacional en
vigencia al 31 de Octubre de 2015, aplicable a los servicios prestados a
partir del 1 de Abril de 2016, por las Cooperativas detalladas en el Anexo
III de la presente, pertenecientes al “Grupo D”, en virtud de haber dado a
la fecha del correspondiente estudio, cumplimiento a idénticas exigencias
que las impuestas por el artículo 2º de la Resolución ERSeP Nº 2133 del
12 de noviembre de 2014. 4- Autorizar un incremento del 14,50% sobre la
totalidad de los conceptos incluidos en los Cuadros Tarifarios con Subsidio
del Estado Nacional en vigencia al 31 de Octubre de 2015, aplicable a los
servicios prestados a partir del 1 de Abril de 2016, por las Cooperativas
detalladas en el Anexo IV de la presente, pertenecientes al “Grupo F”, en
virtud de haber dado a la fecha del correspondiente estudio, cumplimiento
a idénticas exigencias que las impuestas por el artículo 2º de la Resolución
ERSeP Nº 2133 del 12 de noviembre de 2014. 5- Establecer que, para las

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