Resolución General N° 120 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Enero de 2023
EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos - ERSEP
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
3
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCVII - Nº 2
CORDOBA, (R.A.) MARTES 3 DE ENERO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA,
EN SESIÓN DE LA FECHA;
RESUELVE:
I. ADHERIR a lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 1.622/2022,
disponiendo a tal efecto receso administrativo desde el 02 hasta el 31 de
enero del año 2023, ambas inclusive.
II. DISPONER el otorgamiento de las licencias anuales ordinarias del
personal, conforme las normas que las regulan, y teniendo presente lo
establecido en el artículo precedente, la que deberá materializarse a partir
del día 02 de Enero del año 2023 con excepción del personal que resulte
necesario afectar a guardias mínimas.
III. AUTORIZAR que por Presidencia se establezcan las guardias ne-
cesarias para atender los requerimientos de las jurisdicciones y el cumpli-
miento de las funciones de este Tribunal de Cuentas.
IV. DECLARAR inhábil a los efectos de los plazos relacionados con los
Procedimientos Administrativos de Rendición de Cuentas y de Determina-
ción de Responsabilidad, el periodo establecido en el receso administrativo
dispuesto en el artículo I.
V. DISPONER durante el mencionado receso, que el horario de funcio-
namiento se extenderá desde las 08:00 hs. hasta las 14:00 hs., sin perjuicio
de lo dispuesto en el artículo III.
VI. PROTOCOLÍCESE, hágase saber y publíquese en el Boletín Ocial.
FDO.: LUCIANA A. SIGNORINI, SECRETARIA DE FISCALIZACIÓN LEGAL - MARIA
ANDREA ABRAMO, PRESIDENTA - DAVID A. CONSALVI, VOCAL - JULIO CÉSAR
OCHOA, VOCAL.
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS
- ERSEP
Resolución General N° 120
Córdoba, 28 de diciembre de 2022.-
Expte. N° 0521-067490/2022.-
Y VISTO: Que viene la solicitud de revisión tarifaria por incremento de cos-
tos promovida por la empresa Aguas Cordobesas S.A de fecha 27 de Oc-
tubre de 2022, formulada por la empresa Aguas Cordobesas S.A., por la
que solicita revisión tarifaria por incremento de costos, conforme al nume-
ral 9.2.3 del Contrato de Concesión del Servicio Público de Suministro de
Agua Potable para la ciudad de Córdoba, con motivo de haberse efectuado
la Audiencia Pública convocada por Resolución ERSeP Nº 3032/2022, en
los términos del numeral 9.2.7.2 párrafo 5º del citado contrato.-
Y CONSIDERANDO:
Voto del Presidente, Mario A. Blanco, y de los vocales José Luis Scarlatto
y Luis A. Sánchez
Que por el numeral 9.2.7.2 párrafo 5º) del Contrato de Concesión se
establece que el Ente de Control, una vez recibida la propuesta de la Mesa
de Estudio de Valores Tarifarios y Precios (en adelante “la Mesa”) convo-
cará a Audiencia Pública, debiendo, una vez nalizada la misma, elevar la
propuesta de modicación de los valores tarifarios, precios, cargos y pena-
lidades del Anexo III al Concedente, juntamente con un informe acerca de
la legitimidad del procedimiento seguido y el resultado de la audiencia.-
Que con fecha 22 de marzo de 2017, se sancionó la Ley 10.433, la cual
en su artículo 1° dispone “Establécese que el Ente Regulador de los Servicios
Públicos de la Provincia de Córdoba (ERSeP) será competente, de manera
exclusiva para determinar y aprobar las modicaciones, revisiones y ajustes
de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a cargo de los prestadores
de servicios públicos que se encuentren bajo su regulación y control.” y en su
artículo 2° establece “Los contratos de concesión o títulos habilitantes de los
prestadores de servicios, que se encuentren vigentes, deben adecuarse a las
disposiciones establecidas en el artículo 1° de la presente Ley, aunque en su
texto se hubiere determinado un mecanismo diferente.”.-
Que en consecuencia, el párrafo 5° del numeral 9.2.7.2 del Contrato
de Concesión resulta parcialmente modicado, siendo el procedimiento a
seguir una vez convocada y nalizada la Audiencia Pública, se eleven los
resultados de la misma así como la propuesta de modicación al Directorio
del Ente Regulador a los nes de su análisis y aprobación de la modica-
ción de los valores tarifarios.-
Que en orden a lo anterior, el numeral 9.2.3.1 especica los supues-
tos que habilitan el proceso de revisión tarifaria por incremento de costos
en los siguientes términos: “Estas revisiones constituyen el reconocimiento
por parte del Concedente de los incrementos de costos por variación de
precios observados en la prestación del servicio objeto del Contrato, ocu-
rridos durante un cierto período de tiempo (...). La habilitación de este me-
canismo de revisión de los valores tarifarios, precios, cargos y penalidades
estará vigente a partir del 1 de Enero de 2008 y podrá ser solicitada por
el Ente de Control en cualquier momento mediante decisión fundada o por
el Concesionario (...) cuando hayan transcurrido seis (6) meses desde la
última revisión (...)”.-
Que la solicitud promovida por la Concesionaria Aguas Cordobesas
S.A., mediante Nota AACC/ERSeP N° 801/2022, a los nes que se habilite
la implementación de los mecanismos de redeterminación de los valores
tarifarios, reere a la variación de costos producida en el período compren-
dido entre Mayo 2022 / Septiembre de 2022. En este sentido expresa “(…)
Conforme lo establecido en el Contrato de Concesión vigente se ha veri-
cado el supuesto previsto en el numeral 9.2.3.1 en el período comprendido
entre Mayo de 2022 y Agosto 2022 ya que se ha producido un incremento
mayor al 8% en el coeciente de variación de los costos de este Conce-
sionario establecido en el numeral 9.2.3.2. (CVC) y en el coeciente de
variación de los costos operativos de este Concesionario establecido en el
numeral 9.2.3.3. (CVCO) del Contrato de Concesión, razón por la cual co-
rresponde que ese ERSeP habilite la implementación de los mecanismos
de redeterminación de los valores tarifarios, precios, cargos y penalidades
prevista contractualmente para el período bajo análisis”. (…) Considerando
la magnitud de los incrementos en relación a la mecánica contractual y al
impacto que produce la demora en el otorgamiento de dichos incrementos,
es que solicitamos al Directorio de ese ERSeP, proceda a la urgente habi-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR