Resolución General Conjunta 4428. Ley de Inversiones Mineras. Procedimiento de reclamo por afectación de estabilidad fiscal.

Fecha de disposición27 Febrero 2019
Fecha de publicación27 Febrero 2019
SecciónResoluciones Generales

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Y

SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA

Resolución General Conjunta 4428/2019

Ley de Inversiones Mineras. Procedimiento de reclamo por afectación de estabilidad fiscal.

Ciudad de Buenos Aires, 26/02/2019

VISTO la Ley N° 24.196 y sus modificaciones y los Decretos N° 2.686 del 28 de diciembre de 1993 y sus modificaciones y N° 1.089 del 7 de mayo de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el Artículo 8º de la Ley de Inversiones Mineras N° 24.196 y sus modificaciones, los emprendimientos mineros que así lo soliciten y cumplan con las condiciones legales exigidas, gozarán de estabilidad fiscal por el término de TREINTA (30) años, contados a partir de la fecha de presentación de su estudio de factibilidad ante la autoridad de aplicación.

Que a tal fin, el aludido estudio de factibilidad debe ser presentado con la certificación de profesionales competentes específicos, debidamente matriculados, conforme a las pautas reglamentarias vigentes.

Que el citado instituto fue oportunamente receptado en la Ley N° 24.196 y sus modificaciones con la clara finalidad de atender y respetar la "ecuación económico-financiera" considerada por el inversor en el momento de decidir su inversión en el país, habida cuenta de las especiales características de la actividad minera.

Que según lo señalado, la Ley N° 24.196 y sus modificaciones estableció que el beneficio de estabilidad fiscal significa que las empresas que desarrollen actividades mineras, en el marco del citado régimen de inversiones, no podrán ver incrementada su carga tributaria total, considerada en forma separada en cada jurisdicción y determinada al momento de la presentación del citado estudio de factibilidad.

Que en mérito a lo indicado en el párrafo precedente, la citada ley dispuso que la estabilidad fiscal alcanza a todos los tributos, entendiéndose por tales a los impuestos directos, tasas y contribuciones impositivas...

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