Resolución General Conjunta 4098-E. Adecuación.

Fecha de disposición28 Julio 2017
Fecha de publicación28 Julio 2017
SecciónResoluciones Conjuntas

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

E

INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA

SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS

Resolución Conjunta General 4098-E/2017

Adecuación.

Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2017

VISTO las Leyes N° 26.047 y N° 27.349, la norma conjunta Resolución General N° 2.325 (AFIP) y Resolución General N° 5/2007 (IGJ) del 22 de octubre de 2007 y la Resolución General N° 7/2015 (IGJ) del 28 de julio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.349 fue dictada con el objeto de apoyar la actividad emprendedora en el país y su expansión internacional, así como la generación de capital emprendedor en la República Argentina y en ese marco se creó una nueva figura jurídica denominada Sociedad por Acciones Simplificada (SAS).

Que la citada ley instó a los registros públicos a dictar las normas reglamentarias a los efectos de la inscripción registral del nuevo tipo societario, previéndose el uso de medios digitales con firma digital y la implementación de un procedimiento de notificación electrónica para resolver las observaciones que se realicen a la documentación presentada.

Que asimismo, prevé que la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) inscripta en el registro público tenga derecho a obtener su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de haber presentado el trámite en el sitio "web", contadas desde el primer día hábil siguiente al del cumplimiento de la totalidad de los requisitos solicitados, siempre que se adopte el estatuto modelo aprobado por el Registro Público de la jurisdicción correspondiente.

Que a fin de facilitar la accesibilidad a los trámites -además de dotarlos de mayor...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR