Resolucion General 2328 - Afip

Fecha de disposición29 Octubre 2007
Fecha de publicación29 Octubre 2007
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta31269
  1. Venta por unidad, UNA (1) estampilla por disco compacto.

  2. Venta por 10 unidades, UNA (1) estampilla por 'Pack'.

  3. Venta en 'Packs' de 25, 50 ó 100 unidades, UNA (1) estampilla por 'Pack'.

  4. El importador podrá optar por estampillar en alguna de las formas previstas, independientemente de cómo se presente la mercadería acondicionada para su libramiento. Las estampillas solicitadas no podrán exceder a la cantidad de discos compactos documentados.

2. Para todas las importaciones de mercaderías que reúnan las características antes indicadas, los timbres fiscales se colocarán en el envase exterior de plástico, recubierto con cinta transparente en forma vertical y horizontal, teniendo en cuenta que las uniones finales de las cintas coincidan en un solo extremo (lugar) de manera tal que sea imposible extraer el contenido sin provocar la destrucción del elemento fiscal pertinente. La colocación de la estampilla no deberá afectar la visualización de la marca, modelo o alguna de las características de los discos compactos.

3. El adhesivo a utilizar en el pegado de tales instrumentos fiscales estará constituido a base de resina o caucho sintético en emulsión acuosa, que no permita el desprendimiento de los mismos, sin el deterioro parcial o total.

ANEXO XXV RESOLUCION Nº 2522/87 (ANA) (TEXTO SEGUN RESOLUCION GENERAL Nº 2327) LISTADO DE POSICIONES NCM TERMOS 1. Se identificarán únicamente:

2. FORMA DE IDENTIFICACION La estampilla deberá adherirse sobre el cuerpo de la ampolla de vidrio o del termo.

En los casos de embalaje termocontraíble, se deberá adherir sobre el film.

3. ESTAMPILLAS A UTILIZAR Se utilizarán exclusivamente las estampillas color VERDE descriptas en el Anexo XXIV 'B' de esta resolución.

ANEXO XXVI RESOLUCION Nº 2522/87 (ANA) (TEXTO SEGUN RESOLUCION GENERAL Nº 2327) LISTADO DE POSICIONES NCM NEUMATICOS Y CAMARAS DE CAUCHO PARA NEUMATICOS DE BICICLETAS Y MOTOCICLETAS 1. Se identificarán únicamente:

2. FORMA DE IDENTIFICACION La estampilla deberá adherirse sobre el neumático o la cámara, según corresponda.

3. ESTAMPILLAS A UTILIZAR Se utilizarán exclusivamente las estampillas color AZUL con código de barras descriptas en el Anexo XXIV 'B' de esta resolución.

ANEXO XXVII RESOLUCION Nº 2522/87 (ANA) (TEXTO SEGUN RESOLUCION GENERAL Nº 2327) LISTADO DE POSICIONES NCM BICICLETAS Y DEMAS VELOCIPEDOS SIN MOTOR 1. Se identificarán únicamente:

2. FORMA DE IDENTIFICACION La estampilla deberá adherirse sobre el cuadro de las...

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