Resolucion General 2281 - Afip

Fecha de disposición02 Agosto 2007
Fecha de publicación02 Agosto 2007
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta31209

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR RESUELVE:

Artículo 1º

Facúltese al señor Secretario de Seguridad Interior a disponer el desplazamiento de las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES que le sean requeridas con el fin de garantizar las tareas de custodia de las elecciones generales provinciales que se realizarán en la Provincia de San Juan, el día 12 de agosto de 2007.

Art. 2º

El señor Secretario de Seguridad Interior designará a un Oficial Superior como Comandante de las mismas quien se pondrá a disposición de la Autoridad Electoral correspondiente con el fin de garantizar las tareas de custodia de las mismas.

Art. 3º

Considérense como actos de servicio las distintas misiones que, en cumplimiento de lo dispuesto por la presente Resolución, sean encomendadas a las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES, subordinadas a la custodia de dicho comicio y que se designen al efecto.

Art. 4º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución deberá ser atendido con cargo a la Gobernación de la Provincia de San Juan.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Aníbal D. Fernández.

Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 2280

Impuesto al Valor Agregado. Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias. Resolución General Nº 39 y sus modificaciones. Nómina de sujetos comprendidos.

Bs. As., 30/7/2007

VISTO el régimen de retención del impuesto al valor agregado establecido por la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias, y la Resolución General Nº 39 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º de la norma citada en primer término, corresponde informar la identificación de los sujetos que han quedado excluidos del mencionado régimen y del agente de retención que se incorpora al mismo.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º

Modifícase el Anexo I de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias --texto según Anexo I de la Resolución General Nº 875--, en la forma que se detalla seguidamente:

- Elimínase al contribuyente que se indica a continuación:

'30-61293085-2 NUEVO FEDERAL S A ' Art. 2º -- Modifícase el Anexo de la Resolución General Nº 39 y sus modificaciones -texto según Anexo II de la Resolución General Nº 875-, en la forma que se detalla seguidamente:

- Elimínanse a los responsables que se indican a continuación:

'30-66296140-6 ARGEN TAIWAN S.A. ' '30-60089898-8 DIMON ARGENTINA S.A.' '33-56835959-9 FRUMAR FRUTOS MARINOS S.A.' '30-68082776-8 MALTEUROP ARGENTINA S.A.' '30-69064823-3 MALULA S.R.L.' '30-60449144-0 NORQUIMICA S.A.' '30-50463879-7 TEXTIL PUNILLA S.A.I.C.A.' '30-66296164-3 SAN TSAN INDUSTRY S.A.' Art. 3º -- Modifícase el Anexo V de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias --texto según Resolución General Nº 1126--, en la forma que se detalla seguidamente:

- Incorpórase al contribuyente que se indica a continuación:

'30-61872532-0 CERRO VANGUARDIASOCIEDADANONIMA' Art. 4º -- Lo establecido en los Artículos 1º, 2º y 3º tendrá efectos a partir del día 1 de septiembre de 2007, inclusive.

Art. 5º

Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Alberto R. Abad.

Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 2281

Impuesto a las Ganancias. Importación. Régimen de percepción. Requisitos, formas y demás condiciones. Resolución General Nº 3543 (DGI), sus modificatorias y complementarias. Sus sustitución. Texto actualizado.

Bs. As., 30/7/2007

VISTO la Resolución General Nº 3543 (DGI) sus modificatorias y complementarias, y CONSIDERANDO:

Que la citada norma estableció un régimen de percepción del impuesto a las ganancias, aplicable a los bienes que se importen con carácter definitivo.

Que esta Administración Federal, tiene como...

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