Resolucion General 2257 -afip

Fecha de disposición22 Mayo 2007
Fecha de publicación22 Mayo 2007
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta31160
  1. Requerimientos de 'hardware' y 'software' 2.1. PC 486 DX2 o superior.

    2.2. Memoria RAM mínima: 16 Mb.

    2.3. Memoria RAM recomendable: 32 Mb.

    2.4. Disco rígido con un mínimo de 3 Mb. disponibles.

    2.5. Disquetera 3½' HD (1.44 Mbytes).

    2.6. 'Windows' 95 o superior o NT.

    2.7. Instalación previa del 'S.I.Ap. Sistema Integrado deAplicaciones Versión 3.1 - Release 2'.

  2. Metodología general para la confección de la declaración jurada La confección del formulario de declaración jurada Nº 715 se efectúa cubriendo cada uno de los campos identificados en las respectivas pantallas, y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley Nº 25.063, Título V de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, sus modificaciones y sus normas reglamentarias y complementarias.

    Para todos los sujetos pasivos del impuesto, excepto los comprendidos en el Artículo 2º, incisos c) y e) del Título V de la Ley Nº 25.063 y sus modificaciones, que cierren ejercicios irregulares, la liquidación correspondiente al período complementario se identificará informando en el campo 'Establecimiento' el valor 90. Los responsables sustitutos que se encuentren en la misma situación, asignarán en el campo 'Establecimiento' los valores 91 a 99, en forma correlativa y progresiva.

    NOTA: El sistema prevé un módulo de 'Ayuda', al cual se accede con la tecla de función F1 o a través de la barra de menú, que contiene indicaciones para facilitar el uso del programa aplicativo.

    Administración Federal de Ingresos Públicos OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución General 2257

    Procedimiento. Vencimientos fijados entre el 14 y 18 de mayo de 2007. Presentación de declaraciones juradas y/o pago de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.

    Bs. As., 18/5/2007

    VISTO los vencimientos para la presentación de declaraciones juradas y, en su caso, pago de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, establecidos por las disposiciones vigentes, y CONSIDERANDO:

    Que razones de orden técnico aconsejan, con carácter de excepción, facilitar el cumplimiento de las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso de pago, con vencimiento previsto entre los días 14 y 18 de mayo de 2007.

    Que por lo expuesto, se entiende razonable contemplar la situación descripta, disponiendo la fecha hasta la cual las mencionadas obligaciones se considerarán cumplidas en término.

    Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Asuntos Jurídicos y la Dirección General Impositiva.

    Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades...

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